viernes, 26 de marzo de 2021

Municipalidad Provincial de Chincha ACUERDO MUNICIPAL

 

Municipalidad Provincial de Chincha

ACUERDO MUNICIPAL No.   006  -2021-MPCH

                                               Chincha Alta, 19 de marzo del 2021

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA

    VISTO,

    En Sesi贸n Ordinaria Virtual de Concejo Municipal, V铆a Zoom, de Concejo de fecha 18 de marzo de 2021, el  EXPEDIENTE N° 010020-2020, con el OFICIO N°697-2020-SCG PNP/F PICA-DIVPOL CHINCHA-COM.CHINCHA, de la COMISAR脥A DE CHINCHA ALTA, solicitando Factibilidad de Puesto de Auxilio R谩pido (PAR), en el POLIDEPORTIVO SAN AGUSTIN,  e Informe N° 072-2021-GSC/MPCH, de fecha 14 de enero del 2021, del Gerente de Servicios al Ciudadano, Informe N° 024-2021-GSG/MPCH, de fecha  03 de febrero del 2021,del Gerente de Secretaria General , Informe N° 031-2021-SGRDDC/MPCH, de fecha 10 de febrero del 2021, del Subgerente de Gesti贸n del Riesgo de Desastres y Defensa Civil, Informe Legal N° 287-2021-GAJ/MPCH, de fecha 12 de febrero del 2021, de la Gerencia de Asesoria Jur铆dica,  Informe N° 063-2021-GM/MPCH, de fecha 12 de febrero del 2021, del Gerente Municipal, Memor谩ndum N° 0191-2021-GM/MPCH, de fecha 23 de febrero del 2021, del Gerente Municipal,  Memor谩ndum N° 193-2021-GM/MPCH, de fecha 23 de febrero del 2021,del Gerente Municipal,  Expediente N° 200-2021. de fecha 23 de febrero del 2021 Del Asentamiento Humano Upis San Agust铆n, Memor谩ndum N° 192-2021-GM/MPCH, de fecha 23 de febrero del 2021, del Gerente Municipal, Memor谩ndum N° 194.2021-GM/MPCH, de fecha 23 de febrero del 2021, del Gerente Municipal, Informe N° 422-2021-GAJ/MPCH,  de fecha 04 de marzo del 2021, de la Gerencia de Asesoria Jur铆dica, Informe N° 077-2021-GM/MPCH de fecha 08 de marzo del 2021,  y; 

   CONSIDERANDO:

   Que, el art铆culo 194° de la Constituci贸n Pol铆tica del Estado reformada mediante Ley N°27680, N° 28607, N° 30305 - Ley de Reforma Constitucional establece que las Municipalidades son los 贸rganos de gobierno local con personer铆a jur铆dica de derecho p煤blico, y tienen autonom铆a Pol铆tica, Econ贸mica y Administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que es concordante con el Art铆culo II y IV del T铆tulo Preliminar de la Ley N°27972 Ley Org谩nica de Municipalidades;

   Que, el Art. 41° de la Ley N° 27972, Ley Org谩nica de Municipalidades, establece que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos espec铆ficos de inter茅s p煤blico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del 贸rgano de Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

   Que, de acuerdo al numeral 25 del art铆culo 9° de la Ley Org谩nica de Municipalidades - Ley N° 27972, corresponde al Concejo Municipal aprobar la cesi贸n en uso de bienes inmuebles de la municipalidad a favor de entidades p煤blicas o privadas sin fines de lucro y la venta de sus bienes en subasta p煤blica;

   Que, en el art铆culo 55° de la Ley Org谩nica de Municipalidades - Ley N° 27972, se establece que los bienes, rentas y derechos de cada municipalidad constituyen su patrimonio; y, en los numerales 1,2,3 y 6 del art铆culo 56°, se establece que son bienes de las municipalidades, los bienes inmuebles y muebles de uso p煤blico destinados a servicios p煤blicos locales, los edificios municipales y sus instalaciones y, en general, todos los bienes adquiridos, construidos y/o sostenidos por la municipalidad, las acciones participantes de las empresas municipales, as铆 como los aportes provenientes de habilitaciones urbanas, en tanto que en el p谩rrafo final se indica que todo acto de disposici贸n o de garant铆a sobre el patrimonio municipal debe ser de conocimiento p煤blico;

  Que, en cuanto a la disposici贸n de bienes municipales, en el art铆culo 59° de la precitada Ley, se establece que pueden ser transferidos, concesionados en uso o explotaci贸n, arrendados o modificado su estado de posesi贸n o propiedad mediante cualquier otra modalidad, por acuerdo del Concejo Municipal (…);

  Que, el Art铆culo 64° de la norma citada se帽ala “Las municipalidades, por excepci贸n, pueden donar, o permutar, bienes de su propiedad a los Poderes del Estado o a otros organismos del Sector P煤blico”;

  Qu茅 asimismo, en el art铆culo 65°, se establece que las municipalidades est谩n facultadas para ceder en uso o conceder en explotaci贸n bienes de su propiedad, en favor de personas jur铆dicas del sector privado, a condici贸n de que sean destinados exclusivamente a la realizaci贸n de obras o servicios de inter茅s o necesidad social, y fijando un plazo; y en el art铆culo 66° se se帽ala que la donaci贸n, cesi贸n o concesi贸n de bienes de las municipalidades se aprueba con el voto conforme de los dos tercios del n煤mero legal de regidores que integran el concejo municipal;

  Que, de acuerdo al numeral 8 del art铆culo I del T铆tulo Preliminar de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, se establece que dicha ley ser谩 de aplicaci贸n para todas las entidades de la Administraci贸n P煤blica, entendi茅ndose por “entidad" o “entidades" de la Administraci贸n P煤blica a las personas jur铆dicas bajo el r茅gimen privado que prestan servicios p煤blicos o ejercen funci贸n administrativa, en virtud de concesi贸n, delegaci贸n o autorizaci贸n del Estado, conforme a la normativa de la materia;

  Que, conforme lo se帽ala nuestro C贸digo Civil, as铆 como la Ley Org谩nica de Municipalidades la cesi贸n en uso de los bienes inmuebles de propiedad municipal son por su propia naturaleza actos de administraci贸n, es decir, a trav茅s de ella s贸lo se otorga la posibilidad de usar y disfrutar del bien m谩s no implica transferencia de la propiedad a favor de la instituci贸n a quien se le cede el mismo.

   Que, la Directiva N" 001-2015/SBN, aprobada por Resoluci贸n N° 046-2015/SBN de fecha de publicaci贸n 09/07/2015, conceptualiza que los ACTOS DE ADMINISTRACI脫N son “aquellos actos que se producen con la entrega temporal de un bien a t铆tulo gratuito u oneroso, a favor de otra entidad p煤blica o instituciones privadas

   Que, el Art铆culo 59° de la Ley Org谩nica de Municipalidades, Ley N° 27972 se帽ala que “Los bienes municipales pueden ser transferidos, concesionados en uso o explotaci贸n, arrendados o modificado su estado de posesi贸n o propiedad mediante cualquier otra modalidad, por acuerdo del concejo municipal”.

   Que, el literal i) del Numeral 1 del Art铆culo 14° Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales Ley N° 29151 precisa que es una atribuci贸n de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales emitir opini贸n t茅cnica en los actos de disposici贸n de predios de propiedad del Estado, con excepci贸n de los bienes de propiedad municipal (…).

   Que, el Tercer p谩rrafo del Art铆culo 9潞 de la Ley 29151 indica “Los actos que realizan los gobiernos locales, respecto de los bienes de su propiedad, as铆 como los de dominio p煤blico que se encuentran bajo su administraci贸n, se ejecutan conforme a la Ley N潞 27972, Ley Org谩nica de Municipalidades, y a la presente Ley y su reglamento, en lo que fuera aplicable, estando obligados a remitir a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN informaci贸n de los referidos bienes para su registro en el Sistema de Informaci贸n Nacional de Bienes Estatales - SINABIP.

    Que, el Reglamento de la Ley N潞 29151 aprobado mediante D.S N潞 007-2008-VIVIENDA se帽ala en su Art铆culo 97潞 “Por la afectaci贸n en uso s贸lo se otorga el derecho de usar a t铆tulo gratuito un predio a una entidad para que lo destine al uso o servicio p煤blico y excepcionalmente para fines de inter茅s y desarrollo social. Las condiciones espec铆ficas de la afectaci贸n en uso ser谩n establecidas en la Resoluci贸n que la aprueba o en sus anexos, de ser el caso. Art铆culo 101潞 “La afectaci贸n en uso es a plazo determinado o indeterminado, de acuerdo a la naturaleza del proyecto para el uso o servicio  p煤blico, debiendo establecerse el mismo en la Resoluci贸n aprobatoria bajo sanci贸n de nulidad. La entidad que aprueba el acto podr谩 modificar el plazo de acuerdo con la naturaleza del uso o servicio p煤blico, para lo cual emitir谩 la respectiva Resoluci贸n debidamente sustentada. Art铆culo 102潞 “La entidad afectar铆a est谩 obligada a: 1. Cumplir con la finalidad de la afectaci贸n en uso. 2. Conservar diligentemente el bien afectado, debiendo asumir los gastos de conservaci贸n, mantenimiento y tributarios del bien afectado. 3. Devolver el bien con todas sus partes integrantes y accesorias, sin m谩s desgaste que el de su uso ordinario, al culminar la afectaci贸n en uso por cualquier causal. 4. Efectuar la declaratoria de la f谩brica de las obras que haya ejecutado sobre el bien afectado, estando autorizada para suscribir los documentos p煤blicos o privados que fueran necesarios para el efecto. 5. Las dem谩s que se establezcan por norma expresa. Art铆culo 105潞 “La afectaci贸n en uso se extingue por: 1. Incumplimiento y/o desnaturalizaci贸n de su finalidad. 2. Renuncia a la afectaci贸n. 3. Extinci贸n de la entidad afectar铆a. 4. Destrucci贸n del bien. 5. Consolidaci贸n del dominio. 6. Cese de la finalidad. 7. Otras que se determinen por norma expresa. En todos los casos, se deber谩 expedir una Resoluci贸n de la autoridad administrativa de la entidad que concedi贸 la afectaci贸n en la que se declare expresamente la extinci贸n; dicha Resoluci贸n deber谩 ser sustentada en un informe t茅cnico - legal. La Resoluci贸n constituye t铆tulo suficiente para su inscripci贸n en el Registro de Predios.

   Que, mediante INFORME N° 01-2021-SGSCYPM/MPCH, de fecha 13 de enero del 2021,  el Sub Gerente de Seguridad Ciudadana y Polic铆a Municipal, informa que de acuerdo a lo solicitado sobre el Polideportivo de San Agust铆n para Puesto R谩pido de Auxilio (PAR), debe de ser elevado al Pleno del Concejo para que se expida la autorizaci贸n.

  Que, mediante  INFORME N° 072-2021-GSC/MPCH, de fecha 14 de enero del 2021, el Gerente de Servicios al Ciudadano, deriva el expediente a la Secretaria Gerencia para que de acuerdo al informe de la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana y Polic铆a Municipal se habilite un Ambiente para el PUESTO DE AUXILIO R脕PIDO (PAR), en el Polideportivo de San Agust铆n, por lo que se tiene que considerar el pedido solicitado por el Ministerio del Interior – Comisar铆a de Chincha Alta “A”, al Pleno del Concejo Municipal, el mismo que deber谩 ser autorizado mediante Cesi贸n de Uso de 01 Ambiente de las Instalaciones del Polideportivo de San Agust铆n – Chincha para el desarrollo de las actividades del PUESTO DE AUXILIO R脕PIDO (PAR).

  Que, mediante  INFORME N° 024-2021-GSC/MPCH, de fecha 03 de febrero del 2021,  el Gerente de Secretar铆a General, deriva el expediente para que se anexe los informes t茅cnicos sustenta torios a efectos de formalizar como corresponde.

    Que, mediante INFORME N° 031-2021-SGRDDC/MPCH, de fecha 10 de febrero del 2021,  el Sub Gerente de Gesti贸n de Riesgo de Desastres y Defensa Civil, informa que realizada la Visita de Inspecci贸n, CONCLUYE:                                         

Que la Infraestructura se encuentra en Buen Estado, se aprecia  observaciones de Condiciones de Seguridad como: No Cuenta con Extintores, No Cuenta con Se帽alizaciones, Presencia de 脫xido de Material Met谩lico en la Barra de Protecci贸n, en cumplimiento de acuerdo a las Normas T茅cnicas de Seguridad, de acuerdo al Decreto Supremo N° 002-2018-PCM, asimismo se adjunta Panel Fotogr谩fico y Acta de Visita de Inspecci贸n de Seguridad en Edificaciones.

   Que, mediante  INFORME LEGAL N° 287-2021-GAJ/MPCH,  de fecha 12 de febrero del 2021, la Gerencia de Asesor铆a Jur铆dica,  realiza  el t茅rmino  que estando a la Cesi贸n en Uso del POLIDEPORTIVO SAN AGUSTIN, est谩 destinada para el funcionamiento de un PUESTO DE AUXILIO R脕PIDO (PAR), por lo que se帽ala  que la Cesi贸n en Uso del POLIDEPORTIVO SAN AGUSTIN, es atribuci贸n del Concejo Municipal, y  RECOMIENDA que se derive al PLENO DEL CONCEJO MUNICIPAL,  para su debate y aprobaci贸n, realizando la OPINI脫N que es FAVORABLE la CESI脫N EN USO solicitada, la cual debe ser Aprobada por los dos tercios del n煤mero legal de Regidores que integran el Concejo Municipal, conforme al Art铆culo 66 de la LEY N° 27972;

  Que,  mediante  INFORME N° 063-2021-GM/MPCH,  de fecha 12 de febrero del 2021, la Gerencia Municipal, solicita que se derive al Pleno del Concejo Municipal, para su debate y aprobaci贸n de la Cesi贸n de Uso del Polideportivo San Agust铆n, que con INFORME N° 029-2021-GSG/MPCH, 23 de febrero del 2021,  la Gerencia de Secretar铆a General, donde comunica que en la Sesi贸n Ordinaria Virtual de Concejo Municipal, V铆a Zoom, de fecha Lunes 22 de Febrero del 2021, en el Punto de Agenda de Factibilidad de Puesto de Auxilio R谩pido (PAR),  el Pleno del Concejo Municipal solicita que las 谩reas involucradas en el expediente, se sirvan ampliar sus Informes Emitidos;

   Que, con MEMOR脕NDUM N潞 0191-2021-GM/MPCH, de fecha 23 de febrero del 2021, la  Gerencia Municipal, solicita a la Gerencia de Acondicionamiento Territorial, Informe Pormenorizado Documentado, del ESTADO ACTUAL, 脕REA TOTAL DE LOS AMBIENTES, 脕REAS SANEADAS, ENTRE OTROS DEL 脕REA SOLICITADA DEL POLIDEPORTIVO SAN AGUSTIN, con la finalidad de dar Factibilidad de Puesto de Auxilio R谩pido (PAR) en el POLIDEPORTIVO SAN AGUSTIN, por lo que con INFORME N° 0624-2021-GAT/MPCH, de la Gerencia de Acondicionamiento Territorial, donde comunica que con INFORME N° 0446-2021-SGPUCS/GAT/MPCH, la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano, Catastro y Supervisi贸n,  informa lo siguiente:

         Que, el Predio donde se ubican dichas Instalaciones, cuenta con Saneamiento F铆sico Legal, realizado por COFOPRI, e inscrito en los Registro P煤blicos de Chincha, siendo un 脕rea de Aporte, cuyo Uso est谩 destinado al EQUIPAMIENTO URBANO, ubicado en la UPIS San Agust铆n Mz. H1 Lote 1, e inscrito en la Partida N° P07068080, Distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha, Departamento de Ica, y se encuentra afectado a favor de la Municipalidad Provincial de Chincha, seg煤n el Asiento Registral de dicha Partida Registral.

         Que, conforme los establece la Ley Org谩nica de Municipalidades – Ley N° 27972, en su Art铆culo 56°, los Aportes Provenientes de Habilitaciones Urbanas, y las V铆as son Bienes de Dominio y Uso P煤blico.

         Que, estando el Terreno Saneado F铆sica y Legalmente, el 脕rea de las Oficinas Administrativas, que se encuentran en dicha Infraestructura, a la fecha se encuentra en buen Estado de Conservaci贸n para su Uso, siendo de Disponibilidad para el Uso que destine la Entidad, asimismo anexa Plano, contando las siguientes caracter铆sticas:

AMBIENTE

脕REA

T脫PICO

11.00 m2

ADMINISTRACI脫N

8.50 m2

    Que, mediante  MEMOR脕NDUM N潞 0193-2021-GM/MPCH,  de fecha  23 de febrero del 2021,  la  Gerencia Municipal,  solicita al Secretario T茅cnico del Comit茅 Provincial de Seguridad Ciudadana, Informe Pormenorizado Documentado, de la NECESIDAD QUE ATENDER脥A BARRIO SEGURO SOBRE LA  IMPLEMENTACI脫N DE UN PUESTO DE AUXILIO R脕PIDO (PAR), EN CUANTO A LA LUCHA CONTRA LA DELINCUENCIA PARA LA SEGURIDAD CIUDADANA EN NUESTRA PROVINCIA DE CHINCHA, la cu谩l ser铆a INSTALADA en una 脕REA SOLICITADA DEL POLIDEPORTIVO SAN AGUSTIN, por lo que con INFORME N° 007-2021-ST-COPROSEC-CHINCHA, la Secretar铆a T茅cnica del Comit茅 Provincial de Seguridad Ciudadana, OPINA que es de vital relevancia la instalaci贸n de un PUESTO DE AUXILIO R脕PIDO en el SECTOR DE SAN AGUST脥N, no solo por ser una zona de Articulaci贸n Institucional, sino porque tambi茅n permitir铆a el que se pueda Patrullar de manera efectiva la parte alta del Distrito y las Zonas Aleda帽as, de acuerdo a los Anexos 1 y 2 que adjunta;

   Que, con EXPEDIENTE N° 2000-2021, el ASENTAMIENTO HUMANO UPIS SAN AGUST脥N, solicita Otorgar en Sesi贸n de Uso Dos Ambientes, del Polideportivo San Agust铆n, para Funcionamiento del Puesto Policial de Auxilio R谩pido, hasta que termine la Gesti贸n 2019-2022;

   Que, mediante MEMOR脕NDUM N潞 0192-2021-GM/MPCH, de fecha 23 de febrero del 2021, la Gerencia Municipal, solicita a la Gerencia de Administraci贸n, Informe Pormenorizado Documentado, del ESTADO SITUACIONAL DE LOS AMBIENTES, PAGOS DE SERVICIOS, ESTADO ACTUAL EN MARGES脥 Y BIENES, TIEMPO DE CESI脫N DE USO, ENTRE OTROS DEL 脕REA SOLICITADA DEL POLIDEPORTIVO SAN AGUSTIN, por lo que con INFORME N° 0218-2021-GA/MPCH, la Gerencia de Administraci贸n, indica que con INFORME N° 264-2021-SGL/MPCH,  la Sub Gerencia de Log铆stica, comunica que el Encargado de Control Patrimonial con INFORME N° 26-2021-CP/MPCH, informa  lo siguiente:

         Que, no cuenta con se帽alizaci贸n de Entrada y Salida.

         Que, la Malla Met谩lica del Cercado Perim茅trico, se encuentra en Estado de Oxidaci贸n. 

         Que, algunas Llaves de los Ba帽os, se encuentran malogradas.

    Que, mediante MEMOR脕NDUM N潞 0194-2021-GM/MPCH, de fecha 23 de febrero del 2021,  la Gerencia Municipal, solicita a la Gerencia de Desarrollo Humano y Promoci贸n Social, Informe Pormenorizado Documentado, de los AMBIENTES QUE SE BRINDAR脕N EN CESI脫N EN USO DEL POLIDEPORTIVO SAN AGUSTIN, asimismo del ESTADO ACTUAL DE CADA UNO DE ELLOS, y la PROPUESTA DE TIEMPO ESTIMADO QUE SE PODR脕 CEDER, con la finalidad de dar Factibilidad de Puesto de Auxilio R谩pido (PAR), por lo que con INFORME N° 0152-2021-GDHPS/MPCH, la Gerencia de Desarrollo Humano y Promoci贸n Social,  indica que con INFORME N° 007-2021-SGJECD/MPCH, la Sub Gerencia de Juventud, Educaci贸n, Cultura y Deporte,  comunica lo siguiente:

         Que, los ambientes ser铆an otorgados en Cesi贸n de Uso, en el Polideportivo San Agust铆n, son los ambientes conocidos como T贸pico y Administraci贸n, que en la Actualidad se encuentran en Buen Estado, pero sin Uso.

         El 脕rea de dichos ambientes suma un Total de 19.50 m2.

         El tiempo sugerido es desde que se otorgue la Cesi贸n de Uso hasta diciembre del 2022.

         Los Ambientes requeridos, no afectar谩n el Uso Deportivo y recreativo, para lo que est谩 destinado el Polideportivo, benefici谩ndose los Asistentes, con la Seguridad.

         Que, opina FACTIBLE la Cesi贸n de Uso de dichos Ambientes.

Que, mediante  INFORME N° 422-2021-GAJ/MPCH, de fecha 04 de marzo del 2021, la Gerencia de Asesor铆a Jur铆dica,  concluye que estando a que la Cesi贸n en Uso de las Oficinas Administrativas del Polideportivo San Agust铆n, es de atribuci贸n del Concejo Municipal, por lo que dicha Gerencia RECOMIENDA: Que se derive al Pleno de Concejo Municipal para su debate y aprobaci贸n, realizando la OPINI脫N: Que, es favorable la Cesi贸n de Uso solicitada por el Periodo que queda de la Actual Gesti贸n, la cual debe ser aprobada por los Dos Tercios del n煤mero legal de Regidores que integran el Concejo Municipal, conforme al Art铆culo 66° de la Ley N° 27972;

Que, mediante INFORME N° 0077-2021-GM/MPCH, de fecha 08 de marzo del 2021, la Gerencia Municipal, SUGIERE: Que, se derive al Pleno de Concejo Municipal para su debate y aprobaci贸n la Cesi贸n en Uso de las Oficinas Administrativas en el Polideportivo de San Agust铆n para el funcionamiento del PUESTO DE AUXILIO R脕PIDO (PAR), de acuerdo a los Informes emitidos adjuntos;

    Estando a lo expuesto, opini贸n Legal, a lo aprobado por UNANIMIDAD en Sesi贸n Ordinaria Virtual de Concejo Municipal, V铆a Zoom de fecha 18 de marzo de 2021, con la dispensa de la lectura y aprobaci贸n del Acta y a las facultades conferidas por la Ley 27972 Ley Org谩nica de Municipalidades;

ACORDO :

ARTICULO PRIMERO. – APROBAR, la Cesi贸n en Uso de las Oficinas Administrativas en el Polideportivo de San Agust铆n PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL PUESTO DE AUXILIO R脕PIDO (PAR), de parte de la Polic铆a Nacional del Per煤 – Chincha, hasta que culmine la actual gesti贸n municipal, que revertir谩 a su propietaria la Municipalidad Provincial de Chincha, de conformidad con las razones expuestas en la parte considerativa  referidas en el presente acuerdo.

AMBIENTE

脕REA

T脫PICO

11.00 m2

ADMINISTRACI脫N

 

8.50 m2

               ARTICULO SEGUNDO. – ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administraci贸n, y a la Gerencia de Asesoria Jur铆dica que elaborara la documentaci贸n pertinente, contrato CESION DE USO, y  a la Subgerencia de Log铆stica y Control Patrimonial y  de Contabilidad el cumplimiento del presente Acuerdo seg煤n lo que a cada uno corresponde.

  ARTICULO TERCERO. - ENCARGAR, al responsable del Portal de Transparencia la Publicaci贸n el presente Acuerdo  Municipal en la P谩gina WEB de la Municipalidad Provincial de Chincha.

 REG脥STRESE, COMUN脥QUESE Y PUBLIQUESE

Armando Huam谩n Tasayco

ALCALDE

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