TAMBIÉN PUEDEN CIRCULAR LOS VEHÍCULOS QUE
REPARTAN LA COMIDA DE LOS RESTAURANTES Y REPARTO DE ALIMENTOS, ASÍ COMO MEDICAMENTOS
DE BOTICAS Y FARMACIAS
Los servicios de abastecimientos de alimentos
están permitidos durante las horas de inmovilización social obligatoria a causa
de la Covid-19, aclaró el ministro de la Producción, José Luis Chicoma Lúcar.
De esta manera, el titular de Produce explicó
que los locales que expenden alimentos, como los restaurantes, podrán seguir
ofreciendo sus servicios mediante el modo delivery, al igual que las boticas y
las farmacias con los medicamentos.
“Con esta licencia, los restaurantes podrán
continuar con sus servicios de reparto de comida en las horas de la inmovilización
social obligatoria; de igual manera las boticas y las farmacias con los
medicamentos”, aseguró Chicoma.
Según el Decreto Supremo N° 184-2020-PCM,
artículo 8, sobre limitación al ejercicio del derecho a la libertad de tránsito
de las personas, se establece que durante la inmovilización se exceptúa el
personal de los servicios de abastecimiento de alimentos y restaurantes para
entrega a domicilio. Sobre este punto, el ministro de Producción comentó que
incluso los domingos, en las regiones nivel de alerta Alto y Muy Alto con
restricciones de tránsito vehicular, se permite la circulación de las unidades
motorizadas para el servicio de delivery, tanto en taxis autorizados y
motocicletas.
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