EL PASE PERSONAL LABORAL ES DE TRÁMITE OBLIGATORIO
PARA QUIENES LABOREN LOS DÍAS 31 DE ESTE MES Y 1 DE ENERO
Por
exigencias del sistema, los pases vehiculares requieren tramitar previamente el
pase personal laboral, que consigna los datos personales y del centro de
trabajo de los solicitantes, los cuales tienen rango de declaración jurada.
Cabe
recordar que el pase personal laboral es de trámite obligatorio para quienes laboren
en los horarios de inmovilización social obligatoria: de 11.00 pm a 04.00 am en
Lima y Callao; de 10.00 pm a 04.00 am en Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad
y la provincia del Santa (Ancash); y de 12.00 am a 04.00 am en el resto del
país.
Ambos
pases, laboral y vehicular, podrán ser tramitados por quienes trabajen en servicios
públicos esenciales de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas,
hidrocarburos, limpieza y recojo de residuos sólidos, así como en servicios
funerarios y de telecomunicaciones.
De
igual manera, por quienes laboren en actividades de transporte de carga,
mercancías y rubros conexos, así como de personal médico, enfermeras,
bomberos y personal de las Fuerzas Armadas y
Policía Nacional que participen en operativos de control.
El
procedimiento también comprende al personal de serenazgo y fiscalización de los
gobiernos locales, personal y vehículos de los medios de comunicación,
vehículos oficiales de transporte de salud, y automóviles particulares del
Poder Legislativo y Ministerio Público.
Además, incluye a los vehículos del personal del Instituto Nacional
Penitenciario (INPE), así como de servidores de empresas de seguridad y servicios
de farmacias y de restaurantes autorizados para realizar envíos a domicilio.
Durante los controles policiales, los
trabajadores de los servicios esenciales deberán mostrar su Documento Nacional
de Identidad (DNI), así como una credencial o fotocheck, que los identifique
como empleados de las instituciones y/o empresas declaradas.
Los
conductores que tramiten un pase vehicular y laboren en actividades distintas a
las señaladas serán sancionados con una multa de S/ 6,450 y se les retendrá la
licencia de conducir. Similar sanción se aplicará a quienes transiten sin
autorización con su vehículo particular durante los días de restricción, así
como en el horario de inmovilización social obligatoria.
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