Norma
publicada hoy en El Peruano precisa que aforo será no mayor a un tercio de la
capacidad de templos. El uso de mascarilla y escudo facial será obligatorio
Ya es
oficial, a partir del domingo 15 de
noviembre las iglesias y los lugares de culto podrán celebrar ritos y prácticas
religiosas de naturaleza colectiva, con un aforo no mayor a un tercio de la
capacidad total, según norma publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano.
El
Decreto Supremo N° 178-2020-PCM, que modifica una norma anterior, precisa que
la celebración de estas ceremonias religiosas se deberá desarrollar según los
protocolos debidamente acordados por la Autoridad Sanitaria Nacional y en
concordancia con las medidas del estado de emergencia nacional a causa del
covid-19.
Asimismo,
reitera que desde el 2 de noviembre las entidades religiosas están autorizadas
para abrir sus templos y lugares de culto para recibir a sus miembros, fieles y
público en general, para la profesión individual de su fe, con un aforo no
mayor a un tercio de su capacidad total.
Añade
que, excepcionalmente, podrán celebrar sacramentos y ceremonias especiales
afines según su culto, debiendo adoptar y cumplir las normas sanitarias
emitidas por la Autoridad Sanitaria Nacional y las medidas aplicables del
estado de emergencia nacional.
Protocolos
sanitarios
Al
respecto, el Ministerio de Salud (Minsa) estableció consideraciones, como la
obligatoriedad del uso de la mascarilla y el escudo facial de inicio, a fin del
servicio religioso y la realización de actividades con un tercio del aforo como
máximo permitido.
La
Directiva Sanitaria N°121-Minsa/2020/DGIESP, aprobada mediante Resolución
Ministerial Nº 899-2020/Minsa, prohíbe la realización de actividades que
concentren personas o fieles fuera de las iglesias o lugares de culto y
recomienda que los niños, adultos mayores y personas con discapacidad no asistan
a las ceremonias religiosas.
Los
templos y lugares de culto deben desarrollar sus actividades y ceremonias con
las puertas y ventanas abiertas para garantizar la buena ventilación, y los
asistentes no deben hablar y cantar para aminorar el riesgo de contagio del
covid-19.
De
acuerdo con la directiva del Minsa –que es de aplicación nacional–, las bancas
y el piso tienen que estar adecuadamente señalizados para que los asistentes a
las ceremonias cumplan con el distanciamiento de 1.5 metros, que debe existir entre
persona y persona como mínimo.
Al
ingreso del recinto hay que tomar la temperatura a todos los asistentes, los
que también deben lavarse las manos con agua y jabón o desinfectarse con
alcohol gel antes de ingresar al templo o iglesia.
Hay que
evitar en estos lugares los desplazamientos, las colas, el contacto físico, así
como la entrega o el intercambio de cualquier elemento tangible.
Las
donaciones y ofrendas se tendrán que hacer al final de la celebración, mediante
personas designadas previamente y sin tener contacto con el dinero.
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