CONTRALORÍA ALERTA QUE 12 UNIVERSIDADES NO MODIFICARON PRESUPUESTO PARA CONTAR CON MAYORES RECURSOS DURANTE LA PANDEMIA POR COVID-19
LA
CONTRALORÍA GENERAL ALERTÓ QUE DOCE UNIVERSIDADES PÚBLICAS A NIVEL NACIONAL
PUEDEN DISPONER DE HASTA DE S/ 69 MILLONES 971 MIL 538 PARA GARANTIZAR LA
CONTINUIDAD DEL SERVICIO EDUCATIVO DURANTE LA PANDEMIA POR COVID-19, SIN
EMBARGO, NO REALIZARON LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTALES PARA UTILIZAR DICHOS
RECURSOS
Cuatro
meses después de que el gobierno emitiera el Decreto de Urgencia N° 053-2020,
las autoridades universitarias no se han acogido a esta norma, la cual autoriza
a las universidades públicas, previa modificación presupuestaria, reorientar
sus recursos para para financiar su operatividad y funcionamiento mediante la
adquisición de bienes y/o servicios, por ejemplo, en mejorar su conectividad,
equipos informáticos, tecnologías de la información u otros que resulten
necesarios para garantizar la prestación del servicio educativo no presencial.
Durante los servicios de control simultáneo
realizados del 10 de agosto al 7 de setiembre del 2020, las comisiones de
control verificaron que universidades públicas ubicadas en Lima, Arequipa,
Callao, Loreto, San Martín, Cajamarca, Ucayali, Áncash, Ayacucho, Madre de
Dios, Huánuco y Cusco no implementaron medida presupuestaria alguna para
asegurar el funcionamiento del servicio educativo en el marco de las acciones
preventivas ante el riesgo de propagación del Covid-19.
Según los informes de control revisados, la
Universidad Nacional Mayor de San Marcos puede utilizar hasta S/ 29 344 667 de
su presupuesto y la Universidad Nacional San Agustín de Arequipa podría emplear
hasta S/ 14 604 796 para financiar su operatividad y funcionamiento durante el
año fiscal 2020, pero no modificaron su presupuesto para poder disponer de
estos recursos. Similar situación se observó en otros centros de estudios de
educación superior como se observa en el siguiente cuadro:
Universidad Monto máximo disponible S/ Número de informe de control
Universidad Nacional Mayor de San Marcos
(Lima) 29 344 667 N° 7099-2020-CG/SADEN-SVC
Universidad Nacional de San Agustín de
Arequipa 14 604 796 Nº 7130-2020-CG/SADEN-SOO
Universidad Nacional del Callao 6 361 719 N° 7140-2020-CG/SADEN-SOO
Universidad Nacional de la Amazonía Peruana
(Loreto 3 877 168 N° 7126-2020-CG/SADEN-SOO
Universidad Nacional de San Martín 3 781 860 Nº
7141-2020-CG/SADEN-SOO
Universidad Nacional de Cajamarca 3 507 104 N°
7128-2020-CG/SADEN-SOO
Universidad Nacional Intercultural de la
Amazonía (Ucayali) 2 192 151 N° 7129-2020-CG/SADEN-SOO
Universidad Nacional del Santa (Áncash) 1 907 534 N°
7142-2020-CG/SADEN-SOO
Universidad Nacional Autónoma de Huanta
(Ayacucho) 1 708 340 Nº 7143-2020-CG/SADEN-SOO
Universidad Nacional Amazónica de Madre de
Dios 1 437 587 Nº 7127-2020-CG/SADEN-SOO
Universidad Nacional Daniel Alomía Robles
(Huánuco) 1 105 016 N° 7145-2020-CG/SADEN-SOO
Universidad Nacional Diego Quispe Tito
(Cusco) 143 596 N° 7144-2020-CG/SADEN-SOO
Total 69
971 538
Fuente: Subgerencia de Atención de Denuncias de la Contraloría General
La Contraloría General comunicó a los
rectores de las doce universidades los hechos advertidos durante los servicios
de con-trol simultáneo a fin de que implementen las medidas correctivas
orientadas a asegurar la continuidad del servicio educativo duran-te la
pandemia por Covid-19. Los órganos de control institucional (OCI) se encargarán
de realizar un seguimiento al Plan de Acción presentado por las respectivas
autoridades educativas.
Universidad San Marcos Cabe destacar que
durante la Visita de Control (N° 7099-2020-CG/SADEN-SVC) realizada en la
Uni-versidad Nacional Mayor de San Marcos, la Comisión de Control también
constató que la entidad no realizó las nuevas proyecciones de sus ingresos y
gastos para el presente año, situación que no permite disponer de información
oportuna sobre los servicios que no generarán ingresos y sobre las actividades relacionadas
al servicio educativo virtual que permita seguir operando. Esta información
resulta relevante para proponer modificaciones presupuestarias que permitan
cumplir las actividades priorizadas durante la Emergencia Sanitaria por
COVID-19.
Otro hecho relevante es que no priorizaron
sus actividades ni actualizaron la programación del gasto en su plan operativo,
lo cual afectaría la adecuada reorientación de los recursos asignados para
garantizar la continuidad del servicio educativo.
A ello se suma que no elaboró su plan de
trabajo sugerido ni comunicó al Ministerio de Educación el contenido de dicho
plan, el cual debía incluir los nombres de los responsables de las actividades
priorizadas, el orden de prioridad de las actividades, así como las fechas en
que debían prestarse los servicios y adquirirse los bienes requeridos. Esta
situación afectaría el control y seguimiento de las actividades para asegurar
la calidad del servicio educativo.
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