MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE GROCIO PRADO
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006 –
2020-MDGP
Grocio Prado, 25 de agosto de 2020
POR
CUANTO:
EL
CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE GROCIO PRADO; en Sesión Ordinaria de fecha 21 de
agosto de 2020
VISTO:
Informe
N° 056-2020/MDGP/SG-RR.HH emitido por la Sub Gerencia de Recursos Humanos,
Memorándum N° 315-20250-MDGP/GM emitido por la Gerencia Municipal, Informe N°
0004-2020-MDGP/SGPP/ARF emitido por la Sub Gerencia de Planificación,
Programación y Presupuesto, Memorándum N° 452-2020-MDGP/GM de la Gerencia
Municipal, Opinión Legal N°
029-2020-MDGP-OAJ emitido por la de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica e
Informe N° 079-2020-MDGP/GM emitido por la Gerencia Municipal Proyecto de Cuadro para Asignación de
Personal Provisional (CAP-P) de la
Municipalidad Distrital de Grocio Prado, y;
CONSIDERANDO:
Que,
de acuerdo a lo previsto en el artículo 194° de la Constitución Política del
Estado, modificado por la Ley 27680 y artículo II del Título Preliminar de la
Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de
autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que,
el Cuadro para Asignación de Personal – CAP vigente, debe adecuarse a lo
establecido en la Ley 27658 – Ley Marco de la Modernización de la Gestión del
Estado, la Ley 28175 – Ley Marco del Empleo Público, la Ley 30879 – Ley de
Presupuesto del Sector Público 2019 y Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM –
Lineamientos para la Elaboración y Aprobación de Cuadros para Asignación de
Personal y su modificatoria por Decreto Supremo N°105-2013-PCM, previa a su
incorporación a lo establecido en la Ley N°30057 – Ley del Servicio Civil y su
Reglamento General aprobado por Decreto Supremo N°040-2014-PCM;
Que,
los dispositivos aludidos en el considerando precedente están orientados a
iniciar una acción de modernización en su estructuración y sus procedimientos,
con el propósito de mejorar la gestión pública local y contribuir a la
constitución de un Estado democrático, descentralizado y al servicio de los
ciudadanos, mediante un proceso de reestructuración y reordenamiento orgánico –
funcional se ha aprobado la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones, los
mismos que sirven de base para la formulación de los diversos documentos de
gestión municipal, en particular cumpliendo lo señalado en el Decreto Supremo
Nª 043-2004-PCM, que dispone que el reordenamiento de cargos,
previo proceso de clasificación, codificación y especificación, reducción del porcentaje de cargos previstos, cargos de
los órganos de asesoramiento y apoyo y cargos de confianza; velando, que no
incidan en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal – PAP de la
entidad, previa aprobación del Concejo Municipal, en armonía con lo dispuesto
en los artículos 9° numerales 3) y 32), 20° numeral 4), 39ª y 40ª de la Ley 27972
– Ley Orgánica de Municipalidades;
Que,
como se ha señalado en el segundo considerando, el citado documento está
orientado a constituirse en una herramienta de gestión municipal, que permitirá
el inicio de acciones para implementar la Ley 30057 – Ley del Servicio Civil,
su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº040-2014-PCM, la Directiva
N°01-2014-SERVIR/GPGSC, aprobada por Resolución Ejecutiva N°152-2014-SERVIR/PE,
modificada a través de la Resolución Ejecutiva
N°234-2014-SERVIR/PE, se dicta “Reglas de aplicación progresiva para la
aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades;
Que, en
este orden de ideas, el artículo 5° de la
Resolución Ejecutiva N°234-2014-SERVIR/PE aludida en el considerando
precedente, señala que en el caso de los gobiernos locales, la aprobación del
CAP Provisional se efectúa por Ordenanza Municipal; asimismo, las Oficinas de
Planificación y Presupuesto – Unidad de Racionalización e Informática y la
Oficina de Administración y Finanzas – Unidad de Recursos Humanos, ha emitido
sus informes favorables y conformidad, sumado que dentro del proceso de
socialización, ha posibilitado la participación de los funcionarios
responsables de los órganos y unidades orgánicas, quienes han hecho valiosos
aportes para optimizar el aludido documento;
Que,
a fin de lograr una reestructuración y reordenamiento orgánico – funcional de
los cargos, se hace necesario aprobar la adecuación del Cuadro para Asignación
de Personal a las nuevas figuras jurídicas establecidas por la nueva Estructura
Orgánica de la Municipalidad a la que deberán responder la formulación de los
diversos documentos de gestión, actividades y tareas de la Corporación Edil;
Que,
estando a lo expuesto, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas en
los artículos 9° y 40° de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, con
el voto unánime del pleno del Concejo Municipal, ha aprobado emitir lo
siguiente:
ORDENANZA
QUE APRUEBA EL CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITO
DE GROCIO PRADO
Artículo
1º.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la
Municipalidad Distrital de Grocio Prado; por los fundamentos expresados en la
parte considerativa, el mismo que consta de Treinta y seis (36) páginas,
conteniendo Doscientos Treinta y Tres
cargos funcionales, Cuadro Resumen e Informe Técnico Sustentatorio, que forman
parte de la presente.
Artículo
2º.- ESTABLECER que la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente
de su publicación.
Artículo
3°.- DEROGAR las disposiciones administrativas que se opongan a lo dispuesto en
la presente Ordenanza.
Artículo
4º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal,
Sub Gerencia de Planificación y Presupuesto y la Sub Gerencia de de Administración
y Finanzas.
Artículo
5°.- FACULTAR al Sr. ALCALDE la
aprobación del Manual de Clasificación de Cargos - MCC, Manual de Organización
y Funciones – MOF, Cuadro Nominal de Personal - CNP y Presupuesto Analítico de
Personal – PAP según corresponda.
Artículo
6°.- DISPONER la publicación y promulgar de la presente, bajo el procedimiento
establecido por Ley.
POR
TANTO:
Regístrese,
comuníquese, publíquese y cúmplase.
Prof.
ORLANDO MANUEL TORRES VALENZUELA
ALCALDE
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