EL RÉGIMEN EXCEPCIONAL ESTÁ ORIENTADO A
GOBIERNOS LOCALES Y REGIONALES EN LUGARES DONDE NO HAYA COBERTURA DE ALGUNA
ESTACIÓN DE RADIO Y TELEVISIÓN

Mediante el Decreto Supremo N° 019-2020-MTC, publicado hoy en el Diario
Oficial El Peruano, que modifica los artículos 31, 40 y 46 del Reglamento de la
Ley de Radio y Televisión, se simplifican requisitos para los gobiernos
regionales, municipalidades y universidades públicas y se establece un régimen
excepcional de autorizaciones educativas para los gobiernos locales y
regionales hasta el 31 de diciembre del 2020.
En ese
sentido, las solicitudes presentadas hasta fin de año estarán exoneradas del
pago por derecho de tramitación y serán atendidas por Resolución Directoral en
un plazo no mayor de 30 días hábiles.
“Con
esta medida, por ejemplo, una municipalidad dejará de presentar los formatos de
la hoja de datos personales del alcalde, la relación de miembros y el acuerdo
del concejo para prestar el servicio de radio y televisión, dado que la
solicitud de autorización es presentada por el alcalde y los decanos, quienes
actúan en representación de sus instituciones y están acreditados por el Jurado
Nacional de Elecciones y por la SUNEDU”, informó Mariella Carrasco, directora
general de Autorizaciones en Telecomunicaciones del MTC.
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