SE FISCALIZARÁ QUE TODAS LAS FARMACIAS Y
BOTICAS DEL PAÍS CUENTEN CON DEXAMETASONA, EPINEFRINA Y METILPREDNISOLONA
Tres
medicamentos que se están utilizando para el tratamiento del Covid-19 deberán
ser comercializados obligatoriamente por todas las farmacias del país en su
versión genérica, según quedó establecido por el Ministerio de Salud a través
de la R. M. 302-2020-MINSA.
La norma
incorporó la Dexametasona fosfato (como sal sódica) de 4 mg, Epinefrina (como
clorhidrato o tartrato) de 1 mL 1 mg/mL y la Metilprednisolona (como succinate
sódico) de 500 mg en el Listado de Medicamentos Esenciales Genéricos en
Denominación Común Internacional contenidos en el Petitorio Nacional Único de
Medicamentos.
Con estas
incorporaciones, el listado mencionado pasa a estar compuesto por 34 fármacos,
los cuales son de existencia obligatoria en las farmacias
y boticas, en su versión genérica.
La
fiscalización del cumplimiento de esta norma está a cargo de las oficinas de
control de medicamentos de las Direcciones de Redes Integradas de Salud y de
las Direcciones Regionales de Salud.
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