ASIMISMO, SE
PUBLICARON LOS CRITERIOS DE FOCALIZACIÓN QUE PRIORIZAN LOS PROYECTOS INMOBILIARIOS
A RETOMAR EN LA PRIMERA FASE DE REACTIVACIÓN PARA ESTE MES DE MAYO
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) aprobó
el Protocolo Sanitario del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento para el
inicio gradual e incremental de las actividades en la Reanudación de las
Actividades, que detalla las responsabilidades y las disposiciones que se debe
cumplir en todos los proyectos de construcción a nivel nacional.
El protocolo, aprobado mediante la Resolución Ministerial N°
087-2020-VIVIENDA, publicada el viernes 8 de mayo en el diario oficial El
Peruano, establece que los actores del proceso edificatorio deben elaborar un
“Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo”, bajo
el criterio de los lineamientos del MINSA y el protocolo del MVCS.
Cabe precisar que este documento es complementario a los
Lineamientos para la Vigilancia de la Salud de los Trabajadores con Riesgo de
Exposición al COVID-19, aprobados por el Ministerio de Salud (MINSA), y deja
sin efecto los Lineamientos de Prevención y Control Frente a la Propagación del
Covid-19 en la Ejecución de Obras de Construcción, que el MVCS había aprobado
mediante Resolución Ministerial N° 085-2020-VIVIENDA.
El protocolo establece que los responsables de hacer cumplir las
medidas preventivas deben realizar evaluaciones de descarte y registrar los
datos de todas las personas que ingresan a una obra.
Asimismo, se debe garantizar el distanciamiento social, dotar
de productos sanitarios y de desinfección, e implementar alternativas de
transporte para el personal. Y si en caso los trabajadores debieran
movilizarse en servicio de transporte público, escalonar el horario de ingreso
por intervalos no menores de 30 minutos.
Las medidas preventivas se realizarán diariamente en las zonas
dispuestas para el control previo, los controles de desinfección y de
vestuarios y además la zona de trabajo propiamente dicha.
El personal externo a una obra, sean proveedores, subcontratistas o
visitas, también deberán pasar por un estricto control.
De confirmarse algún caso positivo, se identificará todas las áreas
donde haya estado la persona contagiada en las últimas 72 horas, y se procederá
a suspender los trabajos en dichas áreas y la utilización de los materiales,
equipos y herramientas con los que estuvo en contacto el trabajador, en tanto
no se desinfecten. Asimismo, el hecho se reportará a través del portal del
Sistema Integrado de COVID-19 (SICOVID-19). Una vez desinfectadas las áreas, se
reiniciarán las obras en las mismas.
PROYECTOS
PRIORIZADOS
El MVCS también publicó la Resolución Ministerial
089-2020-VIVIENDA, que aprueba los “Criterios de focalización territorial y la
obligatoriedad de informar incidencias”, en los cuáles se detalla los proyectos
inmobiliarios incluidos en la fase 1 de la reanudación de actividades económicas,
que son los que están en fase de excavación, estructura y acabados, y viviendas
en el ámbito rural.
Dicha norma prioriza los proyectos que están ubicados en zonas
geográficas con menor exposición al COVID-19; y en zonas rurales, a las obras
que beneficien a los centros poblados con mayor vulnerabilidad a infecciones
respiratorias.
Las empresas que cumplan los requisitos solicitarán, a través de la
plataforma virtual para trámites del MVCS, la reanudación de ejecución de la
obra.
En 5 días hábiles, el MVCS revisará que se cumplan todos los
requisitos y dará opción a subsanar algún faltante en 3 días hábiles. De no
cumplirse, la solicitud será archivada.
Luego de completar la documentación, se informará a través de un
correo la reanudación del proyecto inmobiliario, comunicando a las autoridades sanitarias, los gobiernos
locales, y la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL),
para la fiscalización y supervisión correspondiente. Una vez obtenida la
autorización, el solicitante generará un usuario y clave en el sistema
integrado COVID-19.
Asimismo, los responsables de las obras se comprometen a través de
una declaración jurada a informar a las autoridades competentes sobre las
incidencias en la detección de casos de COVID-19.
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