Para evitar
riesgos de contaminación el personal debe contar con equipos de protección
El Ministerio de Salud (Minsa) capacitó sobre el manejo adecuado de
los fallecidos a causa del Covid-19 a directores, personal de entidades del
sector Salud y a los periodistas de los diversos medios de comunicación, con la
finalidad de establecer las pautas correctas a desarrollar luego de la defunción
para evitar cualquier riesgo de contaminación y diseminación de la enfermedad.
El biólogo Elmer Quichiz Romero, director ejecutivo de la Dirección
General de Salud Ambiental, lideró la capacitación y explicó los detalles del
manejo exacto de los cadáveres en caso de que la persona haya fallecido en un
establecimiento de salud, en su vivienda o en otro lugar.
Cuando el paciente fallece en un hospital o centro de salud, no se
debe movilizar el cadáver. Se debe retirar los dispositivos médicos no
invasivos y remojarlos en una solución desinfectante y si tiene dispositivos
médicos invasivos, éstos deben mantenerse en el cuerpo hasta su disposición
final.
Asimismo, antes de proceder a la preparación del cuerpo, podrá
permitirse el acceso a una distancia no menor de 2 metros de dos familiares
directos, para que puedan despedirse de su pariente.
El personal de salud que realizará el manejo del cadáver debe
contar con el Equipo de Protección Personal, y procederá a colocar el cuerpo en
una bolsa impermeable, resistente y con cierre hermético para luego proceder a
su cremación o entierro (inhumación). Cabe destacar que, una vez envuelto, el
cadáver deja de ser un agente contaminante.
En el caso de que la persona haya fallecido en una vivienda u otro
lugar, se debe aislar el cadáver y llamar a la policía para que constate que la
muerte no se produjo de manera violenta y luego de ello, llamará a la autoridad
sanitaria de la jurisdicción: hospital (del Minsa o EsSalud), Dirección de
Redes Integradas o Dirección y Gerencia Regional de Salud.
El personal encargado de manejar el cadáver deberá llegar dentro de
las 24 horas y lo colocará dentro de una bolsa hermética. Una vez cerrada, ésta
no debe abrirse por ningún motivo. De hecho, la cremación del cuerpo se
realizará sin sacarlo de esa bolsa hermética, o de lo contrario, lo colocarán
en al ataúd para inhumar el cuerpo sin abrir en ningún momento el féretro.
El personal de los servicios funerarios deberá estar capacitado y
disponer de los equipos de protección personal para transportar el cadáver. No
se puede trasladar el cuerpo fuera de la provincia donde ocurrió el fallecimiento.
Este mismo procedimiento debe realizarse para los cuerpos
encontrados fuera de su domicilio o los que sean sospechosos de haber sido
afectados por el Covid-19. Si hay evidencia de un acto criminal, el profesional
de salud dará cuenta al Ministerio Público para que autorice la necropsia de
ley, la que se realizará con los cuidados exigidos y el número mínimo necesario
de participantes.
De no contar con seguro de salud, el financiamiento para su cremación
o entierro (inhumación) será asumido por el Seguro Integral de Salud (SIS),
quien realizará las acciones administrativas y financieras que corresponden.
Este protocolo está establecido por la modificatoria de la Directiva
Sanitaria N° 087-2020-DIGESA/MINSA, aprobada por Resolución Ministerial N°
100-2020-MINSA.
Equipos de
protección personal
El personal que atenderá el acto deberá contar con equipos de
protección personal: guantes de látex, ropa quirúrgica descartable, mandilón
descartable, gafas oculares antiniebla, protector facial, respirador N95 o FPP2
y botas o cobertores de zapatos impermeables y descartables.
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