
Asimismo, dispone que los Jueces Penales del
Distrito Judicial de Ica, incluidos los que integran los órganos jurisdiccionales
de emergencia, están en la obligación de resolver las solicitudes de variación
del mandato de detención o de cese de prisión preventiva según corresponda al
modelo procesal que se aplique, que se presenten en los procesos judiciales a
su cargo
Precisa, que en los casos que se requiera
realizar una audiencia, esta se llevará a cabo virtualmente o mediante el uso
de un medio tecnológico idóneo que permita garantizar la tutela judicial
efectiva y el debido proceso.
Para prevenir el contagio del COVID-19,
recomienda que las audiencias, se realicen en forma virtual; o mediante el uso
de un medio tecnológico idóneo que permita garantizar la tutela judicial
efectiva y el debido proceso, contando para ello con el apoyo el Área de
Informática de ésta Corte Superior.
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