viernes, 13 de diciembre de 2019

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO - DECRETO


MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO
DECRETO Nº 009-2019-MPP
Pisco, 11 de diciembre del 2019
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional  Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local, y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal la función normativa a través de ordenanzas las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del Art. 200º de nuestra Constitución, y son competentes para administrar sus bienes y rentas, concordante con los Arts. 56º y 69º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;
Que, mediante Informe Nº 931-2019-MPP-GDUT-SGIP de fecha 18 de Noviembre del 2019, la Sub Gerencia de Inversiones Privadas, remite el Proyecto de Decreto de Alcaldía para poder ampliar la vigencia de la Ordenanza Nº 009-2019-MPP, que se refiere a realizar una Campaña de Regularización de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, que se otorgará a las edificaciones que se hayan construido sin la respectiva autorización municipal;
Que, la Tercera Disposición Final de la citada Ordenanza, establece FACÚLTESE al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas  reglamentarias o complementarias, necesarias para  cumplir con los fines de la presente Ordenanza, incluyendo la ampliación del plazo de su vigencia,   que, al estar del artículo 1º la ordenanza tiene como propósito regularizar los procesos de habilitaciones urbanas y edificaciones en la jurisdicción del distrito de Pisco que se hayan ejecutado sin la Licencia de habilitación urbana y/o edificación, de acuerdo con los procedimientos establecidos en la normativa urbanística y municipal vigente, consecuentemente para cumplir este fin, el Alcalde mediante Decreto de Alcaldía está facultado para dictar disposiciones complementarias, y estando al Expediente Nº 022212, concordante con el Informe Nº 931-2019-MPP-GDUT-SGIP, es atendible se apruebe vía Decreto de Alcaldía la ampliación de la vigencia  hasta el 31 de Diciembre del 2019, para dar cumplimiento al objeto de la Ordenanza;
Que, en atención a lo antes indicado se emitió el Decreto Nº 008-2019-MPP de fecha 25 de noviembre de 2019, que determina AMPLIAR EL PLAZO DE VIGENCIA de la Ordenanza Municipal Nº 009-2019-MPP Que aprueba la CAMPAÑA DE REGULARIZACION DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES EJECUTADAS SIN LICENCIA, hasta el 31 de DICIEMBRE 2019;
Que, no habiéndose remitido la información completa, del pedido de ampliación de vigencia de la Ordenanza Nº 009-2019-MPP, se ha advertido que esta Ordenanza tuvo una vigencia de  30 días calendarios que vencieron el 30 de Abril del 2019, por tanto la ampliación de su vigencia debió efectuarse en ese plazo, y no posteriormente en el mes de Noviembre del 2019, por lo que el Decreto Nº 008-2019-MPP debe dejarse sin efecto, a fin de no transgredir el debido procedimiento;
Contando con la opinión Legal emitida por la Oficina General de Asesoría Jurídica con Informe Nº 2138-2019-MPP/OGAJ;
Que, en ejercicio de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades y demás normas que corresponden.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- DEJAR SIN EFECTO el Decreto Nº 008-2019-MPP de fecha 25 de noviembre de 2019.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Lic. Juan Enrique Mendoza Uribe
Alcalde

0 comentarios:

Publicar un comentario

Con la tecnología de Blogger.