lunes, 2 de diciembre de 2019

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL




MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL PARA PRIORIZACIÓN
DE PROYECTOS Y DESIGNACIÓN DEL COMITÉ ESPECIAL
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL N° 043-2019-A/MPCH
Chincha Alta, 20 de noviembre del 2019
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de la Provincia de Chincha, en Sesión EXTRAORDINARIA, de fecha viernes 25 de octubre del 2019, convocado y presidida por el Se-ñor alcalde Armando Huamán Tasayco, y; los miembros del Concejo Municipal.
VISTO:
El Informe N° 0323-GM/MPCH, emitido con fecha15 de octubre, por la Oficina de la Gerencia Municipal; manifiesta que con Informe  N°01675-2019-GAT/MPCH, de la Gerencia de Acondicionamiento Territorial, comunica que con informe  N°637-2019-MPCH/GAT/SGO de la Sub Gerencia de Obras; manifiesta que el PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2019 de la Municipalidad Provincial de Chincha, ha priorizado la ejecución del Proyecto, mediante la modalidad OBRAS POR IMPUESTOS. La inversión denominada: “Mejoramiento del Servicio de Transitabilidad Vehicular y Peatonal en el CC.PP. Condorillo Alto, Distrito de Chincha Alta, Provincia  de Chincha – Ica”.
Que actualmente el CC.PP. Condorillo Alto, presenta inadecuadas condiciones de transitabilidad vehicular y peatonal en la Av. Progreso y calles del CC.PP. Condorillo Alto según lo detalla el estudio de pre inversión del Proyecto Pistas y Veredas y la ejecución del Proyecto, beneficiara a aproximadamente 4385 habitantes.
En el Presupuesto Participativo 2019 y en aras de dar solución a las actuales problemáticas, es necesario tomar acciones para la búsqueda  y financiamiento, por ello sería conveniente adecuarse  y/o acogerse a la Inversión Privada.
CONSIDERANDO:
Que, conforme a los artículos 194° y 195° de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes de Reforma Constitucional N° 27680 y N° 30305, concordante en los artículos l y II del Título preliminar de la Ley N° 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, mediante los cuales regula asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresa la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme lo establece el artículo 41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, aprobado por el Decreto Supremo N° 294-2018-EF (en adelante TUO de la Ley N° 29230) establece el marco normativo para que los Gobiernos Regionales, Municipalidades y Universidades Públicas puedan suscribir convenios  con las empresas privadas que impulsen la ejecución de proyectos de inversión de impacto regional y local con la participación del sector privado mediante la suscripción de convenios para el financiamiento y ejecución de proyectos en armonía con las políticas y planes de desarrollo nacional, regional o local, que cuenten con la declaración de viabilidad en el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones – Invierte.pe;
Que, de acuerdo al numeral 10.1 del artículo 10 del Texto Único Ordenado del  Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado por el Decreto Supremo N° 295-2018-EF(en adelante, el TUO del Reglamento de la Ley N° 29230),  la lista de proyectos priorizados a ejecutarse en el marco del mecanismo de Obras por Impuestos, deben ser consistentes con los objetivos, las metas y los indicadores establecidos en la Programación Multianual de Inversiones - PMI y contar con la declaración de viabilidad conforme a los criterios establecidos en el Invierte.pe; y cuando corresponda, podrán incluir investigación aplicada y/o innovación tecnológica;
Que, el inciso 1) del numeral 10.2 del artículo 10 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, señala que la lista de proyectos priorizados a ejecutarse en el marco de la citada norma debe ser aprobada por el Consejo Regional, Concejo Municipal o Consejo Universitario. Esta facultad es indelegable; precisándose en el numeral 10.3 del aludido artículo que, en el mismo acto, la Entidad Pública designa al Comité Especial, conforme al procedimiento establecido en el artículo 20º del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230;
Que, de acuerdo con el numeral 12.1 del artículo 12 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, la lista de proyectos priorizados es remitida a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, a fin de que la publique en su Portal Institucional dentro de los tres (3) días de recibida. Las entidades públicas deben actualizar dichas listas periódicamente y como mínimo una vez al año.
Que, en ese contexto, la Municipalidad Provincial de Chincha ha establecido como política de gestión, promover la participación del sector privado para la ejecución de proyectos de inversión pública en infraestructura y servicios públicos de competencia local en el ámbito de su jurisdicción;
Que, con la promoción de la participación de la inversión privada en la ejecución de estos proyectos, se busca favorecer el desarrollo de nuevas fuentes de generación de bienes, servicios y empleo, contribuyendo a mejorar la calidad de vida de la población;
Que, conforme al numeral 6.1 del artículo 6º del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, las Entidades Públicas pueden suscribir un convenio de asistencia técnica con PROINVERSIÓN, bajo la modalidad de asesoría o encargo, previo acuerdo del Consejo Regional, del Concejo Municipal, del Consejo universitario, o previa resolución del Titular de la Entidad Pública del Gobierno Nacional, según corresponda.
Que, el monto de inversión de los Proyectos en el presente acuerdo no supera el tope de capacidad anual de la Municipalidad Provincial de Chincha, asimismo, cumple con Reglas Fiscales establecidas en el Decreto Legislativo N° 1275, por tanto, el Titular de la Entidad puede suscribir convenios bajo el mecanismo de Obras por Impuestos;
Que, en este marco legal, Municipalidad Provincial de Chincha, por convenir a los intereses de la población de su jurisdicción, de contar con servicios públicos e infraestructura adecuada y eficiente, ha
decidido ejecutar bajo la modalidad de obras por impuestos, los proyectos que son priorizados por el presente acuerdo; 
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y demás normas aplicables, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el concejo Municipal adopto por  MAYORÍA, el siguiente:
ACUERDO:
ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR la priorización de los proyectos para su financiamiento y ejecución en el marco del TUO de la Ley N° 29230, los mismos que se indican a continuación:


NOMBRE DEL PROYECTO
CÓDIGO ÚNICO DE PROYECTO
MONTO DE INVERSIÓN (S/)
1
MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LA TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LA AV. PROGRESO Y EN LAS CALLES DEL CENTRO POBLADO CONDORILLO ALTO DEL DISTRITO DE CHINCHA ALTA - PROVINCIA DE CHINCHA - DEPARTAMENTO DE ICA



2457771



14,229,033.62
2
AMPLIACION DE LAS REDES DE AGUA Y DESAGUE EN EL C.C.P.P. CONDORILLO ALTO, PROVINCIA DE CHINCHA – ICA

2302850

1,100,875.13
TOTAL

15,329,908.75

ARTÍCULO SEGUNDO. - CONSTITUIR el Comité Especial responsable de organizar y  conducir el proceso de selección de la EMPRESA PRIVADA que financiará y ejecutará el Proyecto viable y previamente priorizado. El Comité Especial estará conformado por tres (3) miembros titulares y tres (3) miembros suplentes; el mismo que estará integrado por las siguientes personas:

MIEMBROS TITULARES
MIEMBROS SUPLENTES
NOMBRE DE PROYECTO
CÓDIGO DE PROYECTO
1
A.-JUAN JOSE MAYAUTE            CORDOVA
B.- HENRRY A. SOTO    HEREDIA
C.- ARMANDO G.  HUAMACTO VIVANCO
A.- MIGUEL VALENTIN  MARCOS MORALES
B.- ISIS KEYLA CAMARGO  GUTIERREZ
C.- CESAR SARAVIA MATEO
MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LA TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LA AV. PROGRESO Y EN LAS CALLES DEL CENTRO POBLADO CONDORILLO ALTO DEL DISTRITO DE CHINCHA ALTA - PROVINCIA DE CHINCHA - DEPARTAMENTO DE ICA
                2457771
2





ARTÍCULO TERCERO. - CONSTITUIR el Comité Especial responsable de organizar y conducir el proceso de selección de la ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA que se contratará  para la supervisión desde la elaboración del Expediente Técnico y la ejecución del Proyecto previamente priorizado. El Comité Especial estará conformado por tres (3) miembros titulares y tres (3) miembros suplentes; el mismo que estará integrado por las siguientes personas:

MIEMBROS TITULARES
MIEMBROS SUPLENTES
NOMBRE DE PROYECTO
CÓDIGO DE PROYECTO
1
A.-JUAN JOSE MAYAUTE    CORDOVA
B.-HENRRY A. SOTO   HEREDIA
C.- ARMANDO G. HUAMANCTO VIVANCO
A.- MIGUEL VALENTIN MARCOS MORALES
B.- ISIS KEYLA CAMARGO  GUTIERREZ
C.- CESAR SARAVIA MATEO
AMPLIACION DE LAS REDES DE AGUA Y DESAGUE EN EL C.C.P.P. CONDORILLO ALTO, PROVINCIA DE CHINCHA - ICA
                            2302850
N





ARTÍCULO CUARTO.- FACULTAR al Alcalde Provincial aprobar y convenir todas las variaciones o modificaciones que resulten necesarias durante la fase de ejecución, para el cumplimiento de los objetivos de los proyectos priorizados hasta la emisión de los Certificados de “Inversión Pública Regional y Local –Tesoro Público” CIPRL, considerando que se encuentra facultado a suscribir los Convenios de Inversión Pública Local con las Empresas Privadas, sí como a aprobar, autorizar y supervisar los procedimientos del mecanismo de Obras por Impuestos, conforme lo establece el artículo 6 del TUO de la Ley N° 29230.
ARTÍCULO QUINTO. - SOLICITAR la Asistencia Técnica, en la modalidad de asesoría, a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, según los alcances del numeral 6.3 del artículo 6º del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230.
ARTÍCULO SÉXTO. - FACULTAR al Titular del Pliego a suscribir el Convenio de Asistencia Técnica con PROINVERSIÓN”.
ARTÍCULO SEPTIMO. - AUTORIZAR a la administración realizar las afectaciones presupuestales y financieras en el Sistema Integrado de Administración Financiera SIAF que origine la emisión de los Certificados de “Inversión Pública Regional y Local –Tesoro Público” CIPRL, así como las modificaciones presupuestarias dirigidas a la emisión de los CIPRL, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
ARTÍCULO OCTAVO. - PUBLICAR el presente Acuerdo en el Portal Institucional de la Entidad Pública y REMITIRLO a PROINVERSIÓN, según lo dispuesto en el numeral 12.1 del artículo 12 del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE y ARCHÍVESE.
ARMANDO HUAMÁN TASAYCO
ALCALDE

TOPES CIPRIL 2019
ICA


CHINCHA



ALTO LARAN
5,645,427

CHAVIN
16,432,005

CHINCHA ALTA
25,559,592

CHINCHA BAJA
6,281,360

EL CARMEN
9,740,918

GROCIO PRADO
4,233,864

PUEBLO NUEVO
25,466,771

SAN JUAN DE YANAC
249,235

SAN PEDRO DE HUACARPANA
878,817

SUNAMPE
11,933,139

TAMBO DE MORA
0


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