MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
ACUERDO DE
CONCEJO MUNICIPAL PARA PRIORIZACIÓN
DE PROYECTOS Y
DESIGNACIÓN DEL COMITÉ ESPECIAL
ACUERDO DE CONCEJO
MUNICIPAL N° 043-2019-A/MPCH
Chincha Alta, 20 de noviembre del 2019
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de la
Provincia de Chincha, en Sesión EXTRAORDINARIA, de fecha viernes 25 de octubre
del 2019, convocado y presidida por el Se-ñor alcalde Armando Huamán Tasayco,
y; los miembros del Concejo Municipal.
VISTO:
El Informe N° 0323-GM/MPCH, emitido con
fecha15 de octubre, por la Oficina de la
Gerencia Municipal; manifiesta que con Informe
N°01675-2019-GAT/MPCH, de la Gerencia de Acondicionamiento Territorial,
comunica que con informe
N°637-2019-MPCH/GAT/SGO de la Sub Gerencia de Obras; manifiesta que el
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2019 de la Municipalidad Provincial de Chincha, ha
priorizado la ejecución del Proyecto, mediante la modalidad OBRAS POR
IMPUESTOS. La inversión denominada: “Mejoramiento del Servicio de
Transitabilidad Vehicular y Peatonal en el CC.PP. Condorillo Alto, Distrito de
Chincha Alta, Provincia de Chincha –
Ica”.
Que actualmente el CC.PP. Condorillo Alto, presenta inadecuadas
condiciones de transitabilidad vehicular y peatonal en la Av. Progreso y calles
del CC.PP. Condorillo Alto según lo detalla el estudio de pre inversión del
Proyecto Pistas y Veredas y la ejecución del Proyecto, beneficiara a
aproximadamente 4385 habitantes.
En el Presupuesto Participativo 2019 y en aras de dar solución a
las actuales problemáticas, es necesario tomar acciones para la búsqueda y financiamiento, por ello sería conveniente
adecuarse y/o acogerse a la Inversión
Privada.
CONSIDERANDO:
Que, conforme a
los artículos 194° y 195° de la Constitución Política del Perú, modificado por
las Leyes de Reforma Constitucional N° 27680 y N° 30305, concordante en los
artículos l y II del Título preliminar de la Ley N° 27972 “Ley Orgánica de
Municipalidades”, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de
gobierno local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia;
Que, los
acuerdos son decisiones, que toma el concejo, mediante los cuales regula
asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresa la
voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse
a una conducta o norma institucional, conforme lo establece el artículo 41° de
la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública
regional y local con participación del sector privado, aprobado por el Decreto
Supremo N° 294-2018-EF (en adelante TUO de la Ley N° 29230) establece el marco normativo para que los Gobiernos Regionales,
Municipalidades y Universidades Públicas puedan suscribir convenios con las empresas privadas que impulsen la ejecución de proyectos de inversión
de impacto regional y local con la participación del sector privado mediante la
suscripción de convenios para el financiamiento y ejecución de proyectos en
armonía con las políticas y planes de desarrollo nacional, regional o local,
que cuenten con la declaración de viabilidad en el Sistema Nacional de
Programación Multianual y Gestión de Inversiones – Invierte.pe;
Que, de acuerdo al numeral 10.1 del artículo 10 del Texto Único
Ordenado del Reglamento de la Ley N°
29230, aprobado
por el Decreto Supremo N° 295-2018-EF(en
adelante, el TUO del Reglamento de la Ley N° 29230), la lista de proyectos priorizados a
ejecutarse en el marco del mecanismo de Obras por Impuestos, deben ser
consistentes con los objetivos, las metas y los indicadores establecidos en la
Programación Multianual de Inversiones - PMI y contar con la declaración de
viabilidad conforme a los criterios establecidos en el Invierte.pe; y cuando corresponda, podrán incluir investigación aplicada y/o
innovación tecnológica;
Que, el inciso 1) del numeral 10.2 del artículo 10 del TUO del
Reglamento de la Ley N° 29230, señala que la lista de proyectos priorizados a
ejecutarse en el marco de la citada norma debe ser aprobada por el Consejo
Regional, Concejo Municipal o Consejo Universitario. Esta facultad es
indelegable; precisándose en el numeral 10.3 del aludido artículo que, en el
mismo acto, la Entidad Pública designa al Comité Especial, conforme al
procedimiento establecido en el artículo 20º del TUO del Reglamento de la Ley
N° 29230;
Que, de acuerdo con el numeral 12.1 del artículo 12 del TUO del
Reglamento de la Ley N° 29230, la lista de proyectos
priorizados es remitida a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada –
PROINVERSIÓN, a fin de que la publique en su Portal Institucional dentro de los
tres (3) días de recibida. Las entidades públicas deben actualizar dichas
listas periódicamente y como mínimo una vez al año.
Que, en ese
contexto, la Municipalidad Provincial de Chincha ha establecido como política
de gestión, promover la participación del sector privado para la ejecución de
proyectos de inversión pública en infraestructura y servicios públicos de
competencia local en el ámbito de su jurisdicción;
Que, con la
promoción de la participación de la inversión privada en la ejecución de estos
proyectos, se busca favorecer el desarrollo de nuevas fuentes de generación de
bienes, servicios y empleo, contribuyendo a mejorar la calidad de vida de la
población;
Que, conforme
al numeral 6.1 del artículo 6º del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, las
Entidades Públicas pueden suscribir un convenio de asistencia técnica con
PROINVERSIÓN, bajo la modalidad de asesoría o encargo, previo acuerdo del
Consejo Regional, del Concejo Municipal, del Consejo universitario, o previa
resolución del Titular de la Entidad Pública del Gobierno Nacional, según
corresponda.
Que, el monto
de inversión de los Proyectos en el presente acuerdo no supera el tope de
capacidad anual de la Municipalidad Provincial de Chincha, asimismo, cumple con Reglas Fiscales establecidas en
el Decreto Legislativo N° 1275, por tanto, el Titular de la Entidad puede
suscribir convenios bajo el mecanismo de Obras por Impuestos;
Que, en este
marco legal, Municipalidad Provincial de Chincha, por convenir a los intereses
de la población de su jurisdicción, de contar con servicios públicos e
infraestructura adecuada y eficiente, ha
decidido
ejecutar bajo la modalidad de obras por impuestos, los proyectos que son
priorizados por el presente acuerdo;
Estando a lo
expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política
del Perú, Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y demás normas
aplicables, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el
concejo Municipal adopto por MAYORÍA, el siguiente:
ACUERDO:
ARTÍCULO
PRIMERO. - APROBAR la priorización de los
proyectos para su financiamiento y ejecución en el marco del TUO de la Ley N° 29230, los mismos que se indican a continuación:
Nº
|
NOMBRE DEL PROYECTO
|
CÓDIGO ÚNICO DE PROYECTO
|
MONTO DE INVERSIÓN (S/)
|
1
|
MEJORAMIENTO
Y AMPLIACION DE LA TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LA AV. PROGRESO Y
EN LAS CALLES DEL CENTRO POBLADO CONDORILLO ALTO DEL DISTRITO DE CHINCHA ALTA
- PROVINCIA DE CHINCHA - DEPARTAMENTO DE ICA
|
2457771
|
14,229,033.62
|
2
|
AMPLIACION DE
LAS REDES DE AGUA Y DESAGUE EN EL C.C.P.P. CONDORILLO ALTO, PROVINCIA DE
CHINCHA – ICA
|
2302850
|
1,100,875.13
|
TOTAL
|
|
15,329,908.75
|
ARTÍCULO
SEGUNDO. - CONSTITUIR el Comité
Especial responsable de organizar y
conducir el proceso de selección de la EMPRESA PRIVADA que financiará y ejecutará el Proyecto viable y
previamente priorizado. El Comité Especial estará conformado por tres (3)
miembros titulares y tres (3) miembros suplentes; el mismo que estará integrado
por las siguientes personas:
N°
|
MIEMBROS
TITULARES
|
MIEMBROS
SUPLENTES
|
NOMBRE DE
PROYECTO
|
CÓDIGO DE
PROYECTO
|
1
|
A.-JUAN JOSE MAYAUTE CORDOVA
B.- HENRRY A. SOTO HEREDIA
C.- ARMANDO G. HUAMACTO VIVANCO
|
A.- MIGUEL VALENTIN MARCOS MORALES
B.- ISIS KEYLA CAMARGO GUTIERREZ
C.- CESAR SARAVIA MATEO
|
MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LA
TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN LA AV. PROGRESO Y EN LAS CALLES DEL
CENTRO POBLADO CONDORILLO ALTO DEL DISTRITO DE CHINCHA ALTA - PROVINCIA DE
CHINCHA - DEPARTAMENTO DE ICA
|
2457771
|
2
|
|
|
|
|
ARTÍCULO
TERCERO. - CONSTITUIR el Comité
Especial responsable de organizar y conducir el proceso de selección de la ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA que se
contratará para la supervisión desde la
elaboración del Expediente Técnico y la
ejecución del Proyecto previamente priorizado. El Comité Especial estará
conformado por tres (3) miembros titulares y tres (3) miembros suplentes; el
mismo que estará integrado por las siguientes personas:
N°
|
MIEMBROS
TITULARES
|
MIEMBROS
SUPLENTES
|
NOMBRE DE
PROYECTO
|
CÓDIGO DE
PROYECTO
|
1
|
A.-JUAN JOSE MAYAUTE CORDOVA
B.-HENRRY A. SOTO HEREDIA
C.- ARMANDO G. HUAMANCTO VIVANCO
|
A.- MIGUEL VALENTIN MARCOS MORALES
B.- ISIS KEYLA CAMARGO GUTIERREZ
C.- CESAR SARAVIA MATEO
|
AMPLIACION DE LAS REDES DE AGUA Y
DESAGUE EN EL C.C.P.P. CONDORILLO ALTO, PROVINCIA DE CHINCHA - ICA
|
2302850
|
N
|
|
|
|
|
ARTÍCULO CUARTO.- FACULTAR al Alcalde Provincial aprobar y
convenir todas las variaciones o modificaciones que resulten necesarias durante
la fase de ejecución, para el cumplimiento de los objetivos de los proyectos
priorizados hasta la emisión de los Certificados de “Inversión Pública Regional
y Local –Tesoro Público” CIPRL, considerando que se encuentra facultado a
suscribir los Convenios de Inversión Pública Local con las Empresas Privadas,
sí como a aprobar, autorizar y supervisar los procedimientos del mecanismo de
Obras por Impuestos, conforme lo establece el artículo 6 del TUO de la Ley N°
29230.
ARTÍCULO QUINTO. - SOLICITAR la Asistencia Técnica, en la modalidad de asesoría, a la Agencia
de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, según los alcances del
numeral 6.3 del artículo 6º del TUO del Reglamento de la Ley N° 29230.
ARTÍCULO SÉXTO. - FACULTAR al Titular del Pliego a suscribir el Convenio de Asistencia
Técnica con PROINVERSIÓN”.
ARTÍCULO
SEPTIMO. - AUTORIZAR a la
administración realizar las afectaciones presupuestales y financieras en el
Sistema Integrado de Administración Financiera SIAF que origine la emisión de
los Certificados de “Inversión Pública Regional y Local –Tesoro Público” CIPRL,
así como las modificaciones presupuestarias dirigidas a la emisión de los
CIPRL, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo
del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
ARTÍCULO OCTAVO. - PUBLICAR el presente Acuerdo en el Portal Institucional de la Entidad
Pública y REMITIRLO a PROINVERSIÓN,
según lo dispuesto en el numeral 12.1 del artículo 12 del TUO del Reglamento de
la Ley N° 29230.
REGÍSTRESE,
COMUNÍQUESE, CÚMPLASE y ARCHÍVESE.
ARMANDO HUAMÁN
TASAYCO
ALCALDE
TOPES CIPRIL
2019
ICA
|
|
|
CHINCHA
|
|
|
|
ALTO
LARAN
|
5,645,427
|
|
CHAVIN
|
16,432,005
|
|
CHINCHA
ALTA
|
25,559,592
|
|
CHINCHA
BAJA
|
6,281,360
|
|
EL
CARMEN
|
9,740,918
|
|
GROCIO
PRADO
|
4,233,864
|
|
PUEBLO
NUEVO
|
25,466,771
|
|
SAN
JUAN DE YANAC
|
249,235
|
|
SAN
PEDRO DE HUACARPANA
|
878,817
|
|
SUNAMPE
|
11,933,139
|
|
TAMBO
DE MORA
|
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