MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
ACUERDO
DE CONCEJO N° 0036-2019-A-MPCH
Chincha
Alta, 23 de Septiembre de 2019
Visto; el 0ficio N° 018-2019-SEMAPACH S.A/G.OP. MANT. Rgto. 14171, de
fecha 26 de Julio del 2019, Presentado
por el Gerente de Operaciones y Mantenimiento
de SEMAPACH, E.P.S. SEMAPACH -OTASS, representado por Ángel Felipe Sánchez
Sánchez, remite expediente denominado “Renovación de la red matriz de
alcantarillado y conexiones domiciliarias en la calle Mayo de la Torre- Chincha
Alta-Chincha-Ica”, para que se evalúa a la posibilidad de suscribir un Convenio
Interinstitucional entre la Municipalidad Provincial de Chincha y la EPS
SEMAPACH S.A.
CONSIDERANDO
Que, el
Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Articulo
Único de la Ley 30305, señala que “Las
municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local,
tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia”;
Que, el Art. 41 de la Ley 27972- Ley
Orgánica de Municipalidades señala que los Acuerdos son decisiones, que toma el
Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o
institucional, que expresan la voluntad del órgano, de gobierno para practicar
un determinado acto o sujetarse, a una conducta o norma institucional;
Que, en el Artículo 9° (26), atribuciones
del Concejo Municipal, en el cual se manifiesta que es atribución del Concejo
Municipal el de “Aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional
e internacional y convenios Interinstitucionales”, convenios que apoyaran
en mejorar la prestación de servicios de Salud, Educación y otros en el
Distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha.
Que, con Informe N°
597-2019-MPCH/GAT/SGO de fecha 02 de Setiembre del 2019, el Sub Gerente de Obras
de la Entidad Municipal, informa que con la finalidad de mejorar los servicios
de alcantarillado y terminar con los atoros los cuales generan aniegos en
cuatro zonas de la Urbanización Magisterial del Distrito de Chincha Alta,
Provincia de Chincha, Ica, cuyos tramos de alcantarillado cuentan con más de 30
años de antigüedad y son de material de concreto simple normalizado por lo que
la EPS SEMAPACH S.A. ,ha venido gestionando lo siguiente: Elaboración del
expedientillo denominado “Renovación de la red matriz de alcantarillado y conexiones
domiciliarias en la Calle Mayo de la Torre –Chincha Alta-Chincha-Ica”, con la finalidad de concretar dicha
ejecución mediante convenio Interinstitucional, y que dicha Sub Gerencia de
Obras a revisado y da conformidad
a los documentos presentados como (Memoria descriptiva, especificaciones
técnicas, metrados, presupuesto, análisis de precios unitarios, relación de
insumos y planos);
Que, con Informe N°
1376-2019-GAT/MPCH, de fecha 02 de Setiembre del 2019, el Gerente de
Acondicionamiento Territorial traslada el Informe del Sub Gerente de Obras y
recomienda SUSCRIBIR UN CONVENIO INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE CHINCHA Y LA EPS SEMPACH S.A., para la ejecucion del Proyecto““Renovación de la red matriz de
alcantarillado y cone- xiones domiciliarias en la Calle Mayo de la Torre
-Chincha Alta-Chincha-Ica”;
Que, con
Informe N° 149-MQ-2019/MPCH de fecha 18 de Setiembre del 2019 el encargado del
Taller de Maquinarias de la Entidad, informa sobre las maquinarias solicitadas
en el convenio que actualmente se cuenta con ellas, las mismas que se
encuentran operativas.
Que, con
Informe N° 1001-2019-GRUS/MPCH, el Gerente de Residuos Solidos informa sobre el
estado actual de las unidades que serán utilizadas en la ejecucion de dicho Proyecto,
que se adjunta en el Informe N° 149-MQ-2019/MPCH.
Que, con Informe N°
2992-2019-GAJ/MPCH, de fecha 18 de Septiembre del 2019, la Gerente de Asesoria Juridica , señala que,
teniendo en cuenta que dicho proyecto tiene como finalidad mejorar los
servicios de alcantarillado y terminar con los atoros, los cuales generan
aniegos en 04 zonas de la Urbanización Magisterial del Distrito de Chincha Alta
conforme al Informe N° 1376-2019-GAT/MPCH; y que se cuenta con la maquinaria necesaria
por parte de la municipalidad de acuerdo al proyecto, ésta Gerencia de Asesoría
Jurídica RECOMIENDA que se derive al
Pleno del Concejo Municipal para su debate y aprobación, siendo nuestra OPINION: Que, es favorable la
suscripción del CONVENIO INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE CHINCHA Y LA EMPRESA DE SERVICIO MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO
DE CHINCHA –EPS SEMAPACH S.A.
Que, en
Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 18 de Septiembre del 2019, se debatido la
propuesta de suscribir un Convenio Interinstitucional entre la Municipalidad
Provincial de Chincha y la EPS SEMAPACH S.A. y que tiene como finalidad
mejorar los servicios de alcantarillado
y terminar con los atoros, los cuales generan aniegos en 04 zonas de la
Urbanización Magisterial del Distrito de Chincha Alta, y la Municipalidad de Chincha aportara la Maquinaria que equivale a un
monto de inversión de S/. 16,219.74 soles (inc. IGV) conforme a los metrados
contenidos en el presupuesto correspondiente al proyecto; cabe indicar que las
especificaciones de dicha maquinaria se encuentran detallados en el convenio a
fs. 11.
Estando a lo expuesto y de
conformidad con lo establecido en el Artículo 41 de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nro. 27972 y con el voto UNÁNIME de los Señores miembros del
Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de la
presente Acta.
SE ACORDÓ: ARTICULO
PRIMERO.-APROBAR la firma del CONVENIO DE INTERINSTITUCIONAL
ENTRE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA Y LA EMPRESA DE SERVICIO MUNICIPAL
DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE CHINCHA-EPS SEMPACH, para la ejecución del
Proyecto: Renovación de la red matriz de
alcantarillado y conexiones domiciliarias en la Calle Mayo de la Torre –Chincha
Alta-Chincha-Ica”,
ARTÍCULO SEGUNDO.-AUTORIZAR
al Señor Armando Huamán Tasayco Alcalde
de la Municipalidad Provincial de Chincha, para que pueda suscribir el referido
convenio.
ARTÍCULOTERCERO.-DESIGNAR
a la Gerencia de Acondicionamiento Territorial, de la Municipalidad Provincial
de Chincha para realizar el seguimiento a los objetivos y cumplimiento del
compromiso de dicho Convenio, debiendo
informar al Concejo del resultado de las acciones desarrolladas del referido
Convenio.
ARTÍCULO CUARTO.-
Publicar y Difundir el presente Acuerdo Municipal em el Portal Web
Institucional, y a las Unidades Órganica de la Municipalidad Provincial, en
cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo44 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
REGÍSTRESE
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Armando Huamán Tasayco
Alcalde
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