viernes, 5 de julio de 2019

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO - ORDENANZA


MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO
ORDENANZA N° 005-2019-MPP
Pisco,  28 de febrero de 2019
VISTO:
El Concejo Provincial de Pisco, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de febrero de 2019 y en Sesión Extraordinaria de fecha 06 de Diciembre de 2016, el Dictamen N° 001-2015-MPP-CM/CDU y su ampliación Dictamen N° 002-2016-MPP-CM/CDU, de la Comisión de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Provincial de Pisco, el Dictamen en Minoría 001-2016-MPP-CM/JNV de la Regidora Jessica Nogami Vera miembro integrante de la de la Comisión de Desarrollo Urbano, respecto al cambio de Zonificación a Gran Industria 1-3, del predio denominado Jorge Chávez con UC N° 10377 con un área de 19.0536 hectáreas según la Partida Registral 40004589, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo dispuesto por el inciso 6)  del Artículo 195 de la Constitución  Política  del Perú es competencia de los gobiernos locales, planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial;
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, en el artículo 9 inciso 5 faculta al Concejo Municipal aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamiento Humano y demás planes específicos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial, y en el artículo 79 inciso 1 apartado 2 en la cual las Municipalidades, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo se encuentra facultada para aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial;
Que, mediante Ordenanza N° 001-2012-A/MPP, se aprueba el Plan de Desarrollo Urbano de la provincia de Pisco dentro del Marco de la Ley 29800, vigente hasta el año 2021;
Que, de acuerdo al Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano aprobado mediante DS. N° 004-2011-Vivienda de fecha J7/06/2011, y que deroga el D.S. N°  027-2003 Vivienda, establece el marco normativo para los procedimientos que deben seguir las  municipalidades en el ejercicio de sus competencias en materia de planeamiento y gestión de acondicionamiento territorial y desarrollo urbano. En su Capítulo XIV regula  lo pertinente at  cambio de zonificación.
Que, de conformidad al Artículo 49 del Decreto Supremo N° 004-2011-VIVIENDA, los cambios de la zonificación Comercial, Industrial, Pre Urbana, Recreación, Usos Especiales, Servicios Públicos Complementarios, Zona de Reglamentación Especial, y Zona Monumental o impliquen la modificación, de Zona Residencial de Baja Densidad, a Densidad Media a Residencial de Alta Densidad se someten al procedimiento establecido en la citada norma legal, por cuanto implican modificación y/o actualización del Plan de Desarrollo Urbano, debiendo en consecuencia ser este aprobado por el Concejo Municipal Provincial;
Que, mediante Expediente Administrativo N° 8625-2014 de fecha 05 de Junio del 2014, la Empresa CALIZA CEMENTO INCA S.A., representado por su Gerente General Sr. Carlos Emilio Pedro Choy Koosau con poderes inscritos vigentes,  con RUC  N° 20471744493,  Inscrito en el Asiento C 00006 de la Partida N° 70208795 del Libro de Sociedades  mercantiles  SUNARP  LIMA  sede  Callao, solicita el cambio de zonificación a Gran Industria 1-3,  del predio  denominado  Jorge  Chávez  con UC N° 10377 con un área de 19.0536 hectáreas según  la Partida Registral N° 40004589  que publicita la jurisdicción del Predio el Distrito de San Andrés y Provincia de Pisco, Departamento  de lca, siendo la propiedad obtenida mediante escritura de compra y venta otorgada por el Sr. Luis Cceccaño Almora y sus hijos José Luis Cceccaño Bendezu y María Elena Cceccano Bendezú herederos sucesorios conforme a la partida N° 11041822 del registro  de Sucesión  Intestada  de quien en vida fuera Elena Samuela Bendezu Bendezu;
Que, la Municipalidad Distrital de San Andrés, emitió el Informe N° 0688-2015-ETC-DPUC-DIOP- DDT/MDSA, con fecha 03 de Julio del 2015, en la que se pronuncia por la Procedencia del Cambio de zonificación, atendiendo a que la Resolución Directoral N° 0174-2015-PRODUCE/DVMYPE- I/DIGGAM emitido por la Directora General Dirección General de Asuntos Ambientales Viceministerio de MYPE e Industria; donde se Resuelve en su Artículo Primero, Aprobar el estudio de Impacto Ambiental (EIA) presentado por la empresa CALIZA CEMENTO INCA S.A. para el proyecto “Fabricación de Cemento Planta Molienda Pisco” a desarrollarse en el Predio Jorge Chávez, con UC N° 10377, ubicado a la altura del Km 236 de la Panamericana Sur, Distrito de San Andrés, Provincia de Pisco y Departamento de lca;
Que, de los documentos adjuntos se tiene el informe N° 01226-2014-MPP/GDC  de  fecha  13 de Junio del 2014, que da cuenta del Informe N’ 739-2014-ETC-SGPUC-GDC/MPP emitida por la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, los  que  presentan  su  Opinión  Técnica  favorable para el Cambio de Zonificación solicitado por el Sr. CARLOS EMILIO PEDRO CHOY KOOSAU Gerente General de la Empresa CALIZA CEMENTO INCA S.A.  sobre  cambio  de Zonificación  a Gran Industria (13) del predio ubicado en Jorge Chávez con UC N° 10377 con un área de 19.0536 hectáreas según Partida  Registral  N° 40004589  ubicado en el Distrito  de San  Andrés  y Provincia de Pisco, Departamento de Ica, amparándose en lo dispuesto por la Ordenanza Municipal N° 001- 2012-MPP, señalando que revisado el expediente técnicamente conforme a las coordenadas UTM PSAD 56 se ubica en Zona Reservada (ZR) la cual señala  que  los  parámetros  se  asignaran  cuando se incorpore at casco urbano o Industria, siendo  COMPATIBLE  CON  EL  USO PROPUESTO según los usos generales y específicos por lo que resulta procedente aprobarse el cambio de zonificación;
Que, mediante Informe Técnico N° 043-2014-AAPH-GDC//MPP de fecha 13 de Junio del 2014, se aprecia que el expediente contiene el plano de ubicación, localización, plano perimétrico, memoria descriptiva y la copia literal de dominio, Declaración Jurada del Ingeniero que suscribe los Planos y memoria descriptiva, recibo de Pago N° 050033248 por derecho  de Cambio de Zonificación,  copia de la escritura de compraventa, así mismo adjunta la factibilidad de uso de energía eléctrica y la Empresa señala que no requerirá agua, el consumo será para el uso doméstico;
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica  mediante  informe  N° 1193-2015-MPP-GAJ de fecha 24 de Agosto de 2015, informe N° 1661-2015-MPP-GAJ, informe  N°1138-2016-MPP-OGAJ  opina que es PROCEDENTE el Cambio de Zonificación de Zona reservada (ZR) a Gran Industria (1-3) formulado por la Empresa CALIZA CEMENTO INCA S.A at cumplirse  con  el  procedimiento contenido en el Decreto Supremo N° 004-2011-VIVIENDA, aprueba el “Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano”, concordante con la Ley N° 29090 y sus modificatorias, por haberse tramitado ante la Municipalidad Distrital de  San  Andrés  que  ha evacuado su informe técnico favorable al cambio de zonificación y derivado a la Municipalidad Provincial de Pisco, para  la continuación  del procedimiento  que implica  que el pedido sea tratado  en sesión de concejo municipal, toda vez que el cambio de zonificación genera la adecuación de la Ordenanza N° 001-20123-A-MPP que aprueba el Modelo del Plan de Desarrollo urbano de  la provincia de Pisco, cambiando la Zonificación de Zona Reservada (ZR) a Zona Industrial1-3;
Que, mediante Acta de Sesión  Extraordinaria  el Pleno del Concejo  de la Municipalidad 
Provincial de Pisco, por Mayoría de votos acuerda  aprobar  Dictamen  en Minoría  N° 001-2016-MPP-CM/JNV de la Regidora Jessica Nogami Vega, y consecuentemente aprueba el Cambio de Zonificación de Zona  reservada  (ZR)  a Gran Industria  (1-3)  formulado por la Empresa CALIZA  CEMENTO INCA S.A.;
Que, debiendo aprobarse el texto de la Ordenanza que no se adjuntó al Dictamen en Minoría Nº 001-2016-MPP-CM/JNV, en Sesión Ordinaria de fecha 27 de febrero de 2019; los Regidores por MAYORÍA DE VOTOS acuerdan aprobar el Texto de la Ordenanza que aprueba el cambio de zonificación solicitado por la empresa CALIZA CEMENTOS INCA S.A.;
Que, estando a las consideraciones expuestas, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 9, numeral 5 de la Ley Nº 27972 y  aprueba lo siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DEL PREDIO DENOMINADO JORGE CHÁVEZ CON UC 10377 CON UN ÁREA DE 19.0536 HECTÁREAS INSCRITA EN LA PARTIDA REGISTRAL Nº 40004589 DEL DISTRITO DE SAN ANDRÉS, PROVINCIA DE PISCO, REGIÓN ICA.
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN  de Zona Reservada (ZR) a Gran Industria (I-3) del predio denominado Jorge Chávez con UC 10377 con un área de 19.0536 hectáreas inscritas en la Partida Registral Nº 40004589 del Registro de Propiedad Inmueble, propiedad de la Empresa CALIZA CEMENTO INCA S.A. y cuyas medidas perimétricas y linderos son:
Por el Oeste.- En línea recta de 175.00 ml. colinda con el margen izquierdo de la carretera Panamericana Sur.
Por el Sur.- En línea sinuosa de 825.00 ml colinda con el fundo Santa Fe.
Por el Norte.- En línea recta de 951.00 ml colinda con la posesión de Rubén con Casapo.
Por el Oeste.- En línea sinuosa de 259.00 ml colinda con cerros
Área inscrita de 19.05636 hectáreas y Perimétrico de 2,210.00 ml.
ARTÍCULO SEGUNDO: APROBAR LA MODIFICACION del Plano de Zonificación aprobado con el Plan de Desarrollo Urbano de la ciudad de Pisco, mediante Ordenanza Municipal Nº 001-2012-MPP, en el extremo pertinente conforme al artículo primero.
ARTÍCULO TERCERO: ENCÁRGUESE a la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.
ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR la publicación en el Portal Institucional a la Unidad de Sistemas de la Municipalidad Provincial de Pisco.
ARTÍCULO QUINTO: La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Lic. Juan E. Mendoza Uribe
Alcalde

0 comentarios:

Publicar un comentario

Con la tecnología de Blogger.