viernes, 5 de julio de 2019

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRÉS RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE HABILITACION URBANA


MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRÉS
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE
HABILITACION URBANA  Nº 034-2019-MDSA-GDT
San Andrés, 21 de junio del 2019
VISTO:
El Expediente Administrativo Nº 3114-2014, con referencia a los Expedientes Administrativos Nº 1834-2019, Nº 065-2017, Nº 2005-2017, Nº 1371-2017, Nº 752-2017, Nº 3200-2015 y Nº 3297-2017 promovido por DON: CARLOS EMILIO PEDRO CHOY KOOSAU, identificado con DNI Nº 09178431, en representación de la empresa CALIZA CEMENTO INCA S.A. quien solicita RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE HABILITACION URBANA – MODALIDAD D, TIPO A para el predio denominado JORGE CHAVEZ, con U.C. 10377, inscrito con partida Nº 40004589, con un área total de 19.0536 Ha, Distrito de San Andrés, Provincia de Pisco, Región Ica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establece el Art. II, del título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en concordancia con el Art.194º de la Constitución Política del Perú, Modificada por Ley Nº 28607, bajo este contexto, es de señalar que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La Autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de Gobierno, Administrativos y de Administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, de acuerdo la Ley Nº 29090, Ley de regulaciones de Habilitaciones Urbana  y Edificaciones establece entre otros el procedimiento de Habilitación Urbana; así como su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2017 – VIVIENDA.
Que, la Ley 29090 en el artículo 3º - definiciones – define la habilitación Urbana como el proceso de convertir un terreno rustico o eriazo mediante la ejecución de obras de accesibilidad (…), asimismo en el Decreto Supremo Nº 011-2017 – Vivienda, señala el proceso y procedimiento de las Habilitaciones Urbanas en los Artículos 16º, 17º y 54º numeral 4º para la obtención de la licencia de Habilitación Urbana Modalidad D con evaluación previa de comisión técnica.
Que, en concordancia, al Artículo 16º, numeral 16.8, letra C, del Decreto Supremo 011-2017 – VIVIENDA, Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificaciones, se dispone que “En los casos que corresponda, el monto de los aportes reglamentarios se podrá redimir en dinero. Calculando al valor de tasación arancelaria por metro cuadrado del terreno urbano”.
Que, conforme a lo dispuesto por el Artículo 195º inciso 6) de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, las municipalidades son competentes para planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial.
Que, de acuerdo al artículo 79º numerales 1.1) y 1.2) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, son funciones exclusivas de las Municipalidades Provinciales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo. Aprobar el Plan de acondicionamiento territorial en el ámbito provincial que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales, las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental y aprobar el plan de desarrollo urbano, el plan de desarrollo rural, el esquema de zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de asentamientos humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial.
Que, mediante Ordenanza Nº 001-2012-A/MPP de fecha 26 de enero del 2012 la Municipalidad de Pisco aprobó el Modelo de Urbano de la Provincia de Pisco dentro del Marco de la Ley 29800, aprobándose los lineamientos Generales y los usos genéricos el suelo de los distritos de Pisco, San Clemente, Túpac Amaru, San Andrés y Paracas.
Que, mediante Oficio Nº 2269-2016 – VIVIENDA-VMVU/DGPRVU, la Dirección General de Políticas y Regulaciones en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento indica que; serán de aplicación los Usos Generales de Suelo contemplado para la provincia de Pisco, en razón de la Ordenanza Nº 001-2012-A/MPP, aprueba el modelo del Plan de Desarrollo Urbano de la Provincia de Pisco, dentro del marco de la Ley Nº 29800 “Ley que promueve la intervención de las entidades de los Gobiernos Nacionales, Regionales y Local en las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto del 2017”. En ese sentido el área libre de la Habilitación Urbana será determinado por el proyectó.
Que, mediante Expediente Administrativo Nº 3114-2014, de fecha 15 de Diciembre del 2014, promovido por la empresa CALIZA CEMENTO INCA S.A  representado por DON: CARLOS EMILIO PEDRO CHOY KOOSAU, solicita la APROBACION DE LA HABILITACION URBANA MODALIDAD D del predio denominado JORGE CHAVEZ con U.C. 10377, con un área total 19.0536 Ha, distrito de San Andrés, Provincia de Pisco y Región Ica, amparando su pedido en los fundamentos de hecho y de derecho que se exponen en su petitorio así como las documentaciones que se anexan al presente expediente administrativo.
Que, mediante Expediente Administrativo Nº 3200-2015 de fecha 24 de Junio del 2015, la empresa CALIZA CEMENTO INCA S.A, representado por DON: CARLOS EMILIO PEDRO CHOY KOOSAU, solicita anexar documentación al expediente Nº 3114-2014.
Que, mediante Expediente Administrativo N° 752-2017 de fecha 21 de Febrero del 2017 y Expediente Administrativo N° 1371-2017 de fecha 06 de Abril del 2017, la empresa CALIZA CEMENTO INCA S.A., representada por DON: CARLOS EMILIO PEDRO CHOY KOOSAU, solicita anexar documentación al expediente N° 3200-2015. 
Que, en respuesta a la revisión realizada por la COMISIÓN TÉCNICA DE HABILITACIONES URBANAS, se dictaminó bajo ACTA N° 01 de fecha 18 de Abril del 2017, como NO CONFORME, describiendo las siguientes observaciones:
- Carencia estudio de impacto ambiental.
- Carencia del planeamiento integral aprobado.
- Carencia de estudio mecánica de suelos.
Que, mediante Carta N° 067-2017-PELB-GDT/MDSA, se notifica al administrado, para la subsanación correspondiente de las observaciones en cuanto a los documentos faltantes en su expediente, estableciendo un plazo de siete (07) días de notificado el presente.
Que, mediante Expediente Administrativo N° 2005 - 2017 con fecha 05 de Junio del 2017, la empresa CALIZA CEMENTO INCA S.A., representada por DON: CARLOS EMILIO PEDRO CHOY KOOSAU, solicita LA  APROBACION DEL PLANEAMIENTO INTEGRAL, materia de observación de la revisión correspondiente a la COMSION TECNICA DE HABILITACIONES URBANAS, en referencia al ACTA N° 01 de fecha 18 de Abril del 2017.
Que, en respuesta al Expediente Administrativo  N° 2005 - 2017 con fecha 05 de Junio del 2017, la COMISIÓN TÉCNICA DE HABILITACIONES URBANAS, dictamina bajo ACTA N° 01 de fecha 13 de Junio del 2017, como CONFORME, aprobando el planeamiento integral presentado, y mediante RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 037-2017-MDSA-GDT, se resuelve APROBAR el planeamiento integral del predio denominado JORGE CHAVEZ con U.C. 10377, inscrito con partida N° 40004589, con un área total 19.0536 Ha, Distrito de San Andrés, Provincia de Pisco y Región Ica.
Que, mediante Expediente Administrativo N° 065 - 2017 con fecha 22 de Junio del 2017, la empresa CALIZA CEMENTO INCA S.A., representada por DON: CARLOS EMILIO PEDRO CHOY KOOSAU, presenta la documentación requerida para el LEVANTAMIENTO DE OBSERVACIONES referidos en el dictamen del ACTA N° 01 de fecha 18 de Abril del 2017.
Que, en respuesta a los Expedientes Administrativos N° 065, 1371, 752 – 2017, 3200-2015 y 3114-2014, la COMISIÓN TÉCNICA DE HABILITACIONES URBANAS, dictamina mediante ACTA N° 02 de fecha 28 de junio del 2017, como CONFORME, aprobando la HABILITACION URBANA - MODALIDAD D, Tipo A propiedad de la empresa CALIZA CEMENTO INCA S.A, del predio denominado JORGE CHAVEZ con U.C. 10377, inscrito con partida N° 40004589, con un área total 19.0536 Ha, Distrito de San Andrés, Provincia de Pisco y Región Ica.
Que, el administrado ha cumplido con acreditar la propiedad e inscripción del terreno de la Habilitación Urbana, el mismo que corre en la Partida Nº 40004589, del Registro de predios de pisco, según lo señalado en la Ley 29090 y sus modificatorias y  complementarias concordando con el Decreto Supremo Nº 011-2017- VIVIENDA, el presente procedimiento de Habilitación Urbana, se encuentra bajo la Modalidad D, Tipo A, por lo cual su clasificación, evaluación y aprobación correspondiente a la Municipalidad Distrital; así mismo se establece un Déficit de Aportes según los planos y memoria descriptiva presentada correspondiente a Parques Zonales (1%) con un déficit 1,837.10 m2 y de otros fines (2%) con un déficit 3,674.19 m2, habiendo sido redimidos en dinero con recibo Nº 008852 con fecha 12 de junio del 2019.
Que, mediante Informe Nº 579-2019-ACN-SGOPPU-GDT/MDSA, con fecha 20 de Junio del 2019, emitido por la Sub Gerencia de Obras Privadas y Planeamiento Urbano determina que realizada la revisión de los Expedientes Administrativos antes mencionados lo siguiente:
- Que, HABILITACION URBANA–MODALIDAD D, del predio denominado JORGE CHAVEZ con U.C. 10377, con un área total 19.0536 Ha, está determinado bajo las condiciones referidas en el Decreto Supremo Nº 011-2017 – VIVIENDA Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificaciones, norma vigente.
- Que, el procedimiento administrativo de HABILITACION URBANA– MODALIDAD D, del predio denominado JORGE CHAVEZ con U.C. 10377, con un área total 19.0536 Ha, se realiza en conformidad a la Ordenanza N° 026-2016-MPP y Ordenanza N° 05-2019-MPP, ordenanza que aprueba la modificación del plano de zonificación aprobado por la Ordenanza 001-2012-MPP, indicando el cambio de zonificación a I3- GRAN INDUSTRIA.
- Que, visto el informe Informe Nº 532 - 2019-ACN-SGOPPU-GDT/MDSA, se ratifica el área de aporte por HABILITACION URBANA - MODALIDAD D, con un área de 5,511.29 m2, a redimir en dinero, en concordancia al ACTA DE VERIFICACIÓN Y DICTAMEN DE HABLITACION URBANA, otorgada por los delegados de la comisión técnica, con fecha 28 de junio del 2017.
- Que, habiendo realizado la tasación respectiva del predio denominado JORGE CHAVEZ con U.C. 10377, se emite la CARTA N° 089-2019-ALC/MDSA, solicitando redimir en dinero por derecho de aportes de la HABILITACIÓN URBANA – MODALIDAD D, por la suma de S/. 275, 564.50 soles, importe cancelado por la empresa CALIZA CEMENTO INCA S.A.  con Recibo N° 008852 con fecha 12 de junio del 2019.
Verificándose el trámite del procedimiento Administrativo CONFORME a la Normatividad vigente de esta Municipalidad.
Que, en uso de las facultades conferidas en la R.A .Nº 080–2019–MDSA–AL, donde delega facultades a la Gerencias, emitir Resoluciones Administrativas en primera instancia.
Con la Visación de la Gerencia de Desarrollo Territorial y la Sub Gerencia de Obras Privadas y Planteamiento Urbano.
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.-APROBAR la HABILITACION URBANA – MODALIDAD D,TIPO A del predio denominado JORGE CHAVEZ con U.C. 10377, inscrito en la partida Nº 40004589, con un área total 190,536.00 m2, Distrito de San Andrés, Provincia de Pisco, Región Ica, solicitada por la empresa CALIZA CEMENTO INCA S.A con R.U.C. 20471744493, representado por DON: CARLOS EMILIO PEDRO CHOY KOOSAU, siendo los linderos, medidas perimétricas y coordenadas conforme a la memoria descriptiva y planos aprobados, en la forma siguiente:
HABILITACION URBANA – MODALIDAD D
§ PROPIETARIO :   Empresa CALIZA CEMENTO INCA S.A, con  R.U.C:
            20471744493, representado por el Gerente General
            DON: CARLOS EMILIO PEDRO CHOY KOOSAU,
            identificado con DNI: 09178431
  •  AREA INSCRITA                    :190,536.00 m2
  • PERIMETRO INSCRITO         : 2,210.00 ml.
  • PERIMETRO APROBADO     : 2,265.67 ml.

 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS APROBADAS:
  • POR EL FRENTE: mediante línea recta (A-B), de 175.00 ml, que colinda con la carretera panamericana sur.
  • POR EL LADO DERECHO: mediante una línea recta (B, C), de 825.00 ml, que colinda con el fundo Santa Fe.
  • POR EL FONDO: mediante una línea quebrada de tres tramos que colindan con cerros:

- PRIMER TRAMO: mediante una línea recta (C, D) de 111.16 ml.
- SEGUNDO TRAMO: mediante una línea recta (D-E) de 135.39 ml.
- TERCER TRAMO: mediante línea recta (E-F) de 68.12 ml.
  • POR EL LADO IZQUIERDO: mediante una línea recta (F-A) de 951.00 ml. que colinda con la posesión de Rubén con Casapo.

ARTICULO SEGUNDO.- AUTORIZAR  a los propietarios a ejecutar en un plazo de 36 meses a partir de la recepción de la presente Resolución, las obras de Habilitación Urbana – Modalidad D, Tipo A del terreno de 190,536.00 m2, cuyo proyecto se aprueba debiendo sujetarse a los planos firmados y sellados por la Gerencia de Desarrollo Territorial de acuerdo a las especificaciones siguientes:
Ø CUADRO GENERAL DE AREAS:

CUADRO GENERAL DE AREAS
AREA DE TERRENO  BRUTO
AREA AFECTADA
POR VIAS
AREA UTIL
AREA DE APORTE
190,536.00 m2
6,826.36 m2
183,709.64 m2
 5,511.29 m2

Ø APORTES REGLAMENTARIOS

CUADRO DE APORTES
ZONIFICACION I-3

%
     m2
PROYECTO m2
DEFICIT m2
APORTES
PARQUES ZONALES
1
1,837.10
0.00
1,837.10
OTROS FINES
2
3,674.19
0.00
3,674.19

(*) El déficit de los aportes para los parques zonales y otros fines han sido redimidos en dinero a la Municipalidad Distrital de San Andrés con Recibo Nº 008852 con fecha 12 de junio del 2019.
ARTICULO TERCERO.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y el diario de mayor circulación de la Región, a cargo del propietario del predio objeto de la Habilitación Urbana, en un plazo no mayor de 30 días calendarios,  contando a partir de la notificación de la presente Resolución, de igual forma el propietario deberá registrar la presente Habilitación Urbana en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos – SUNARP.
Regístrese, Comuníquese y Archívese
Ciro Alejandro Bertolotti Montalván
Gerente de Desarrollo Territorial

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