viernes, 12 de abril de 2019

Municipalidad Distrital de Chavín - ORDENANZA MUNICIPAL


Municipalidad Distrital de Chavín

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004 -2019-MDCH

Chavín, 10 de abril de 2019

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHAVIN

POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Chavín en Sesión Ordinaria Nº 07 de la fecha 10 de abril del 2019, con el voto unánime de los señores regidores y con la dispensa del trámite de lectura y Aprobación del Acta; y,

VISTO:
El Informe Nº 112-2019-MDCH/GM emitido por el gerente municipal, Informe Nº24-2019-MDCH/OAL emitido por el Jefe de la Oficina de Asesoría Legal, Informe Nº 017-2019-MDCH/SG emitido por la Secretaria General e Informe Nº136 -2019-MDCH/OPP del Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y;

CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el Artículo IX del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con los vecinos; y que los artículos 9º, 53º, 97º y la Décimo Sexta Disposición Complementaria prescriben que las municipalidades se rigen por sus presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertado; asimismo, las municipalidades regulan la participación vecinal en la formulación de los presupuestos participativos;
Que, los artículos 18º y 20º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establecen que los Planes y Presupuestos Participativos son de carácter territorial y expresan los aportes y participación del sector público y privado, de las sociedades regionales y locales, y la cooperación técnica internacional; dichas herramientas de inversión se elaboran y ejecutan en función a Planes de Desarrollo y Programas de Inversiones debidamente concertados, con sujeción a las normas técnicas del Sistema Nacional de Inversión Pública;
Que, mediante la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, y su modificatoria Ley Nº 29298, se establecen disposiciones que aseguran la efectiva participación de la sociedad civil en el Proceso de Programación Participativa del Presupuesto de los Gobiernos Locales; constituyendo un aspecto fundamental para dicho proceso los Planes de Desarrollo Concertado;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010-EG/76.01 se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el marco de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;
Que, mediante informe Nº 136-2019-MDCH/OPP, el jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, remite el Proyecto de Ordenanza que regula el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2020 de la Municipalidad Distrital de Chavín, adjuntando el proyecto del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo;
Que, mediante informe Nº 017-2019-MDCH/SG, la Secretaria General adjunta copia del acta de sesión de Concejo de Coordinación Local Distrital – CCLD de fecha 10 de abril del 2019, por el cual expresan opinión sobre la revisión, evaluación y aprobación del proyecto del Reglamento de regula el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados para el año 2020 y el cronograma del mencionado proceso, acordando elevar al Pleno de Concejo Municipal dicho proyecto de Reglamento y Cronograma del PP 2020, para su aprobación mediante Ordenanza Municipal;
Que, mediante Informe Nº24 -2019/MDCH-AL, el Jefe de la Oficina de Asesoría Legal, expresa que el proyecto de Ordenanza del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2020 de la Municipalidad Distrital de Chavín está orientado al cumplimiento de las Leyes que la rigen y especialmente del Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, aprobado con Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, que establece mecanismos y pautas para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Locales; opinando que corresponde al Concejo aprobar la Ordenanza;
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; con el voto por UNANIMIDAD de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó lo siguiente;

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN
RESULTADOS DEL DISTRITO DE CHAVÍN PARA EL AÑO 2020

Artículo 1º.- APROBAR el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Chavín para el año 2020, el mismo que consta de veinte y siete (27) artículos y dos (02) Disposiciones Complementarias y Finales, el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 2º.- APROBAR el Cronograma de Actividades y el Plan de Trabajo del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Chavín para el año 2020, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 3º.- FACÚLTESE al Señor Alcalde Distrital para que expida las normas complementarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza.
Artículo 4º.- DEJAR sin efecto cualquier disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Artículo 5º.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial La Verdad del Pueblo, la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Asimismo, se dispone la publicación de la presente Ordenanza y del Reglamento en la vitrina de avisos oficiales de la Municipalidad Distrital de Chavín.
Artículo 6º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Sub Gerencia de Desarrollo Humano e Inclusión Social y demás unidades orgánicas pertinentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dr. Richard H. Solano De la Cruz
Alcalde




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