jueves, 7 de marzo de 2019

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO - ACUERDO



ACUERDO N° 031 -2019-MPP.
Pisco, 27 de Febrero del 2019.
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de  Febrero del 2019, tratado en estación Orden del día, El Memorando Múltiple N° 012-2019-MPP-GM, para conocimiento de otorgamiento de la compensación económica para los Regidores, así como de los Alcaldes Distritales,  y Provinciales,  y Gobernadores, y el Oficio N° 098-2019-MPP/OCI, sobre prohibición de otorgamiento de la compensación económica,
CONSIDERANDO
Que, de conformidad preceptúa el Art. II  del Título Preliminar de la Ley N° 27972, las Municipalidades son Órganos de Gobierno  Local que gozan de autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que radica en las facultades de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, mediante Oficio N° 098-2019-MPP/OCI, sobre prohibición de otorgamiento de la compensación económica, para los regidores  así como de los alcaldes Distritales, y Provinciales,  y Gobernadores, a efectos de garantizar una sucesión efectiva  eficiente y oportuna  de la gestión que permita facilitar la continuidad  del servicio público que se preste, así como asegurar  la adecuada gestión de los recursos,  conforme a los principios de legalidad, transparencia, y servicio públicos al ciudadano;
Que, el Gerente Regional de Control  de la Contraloría General de la Republica, mediante correo electrónico, de fecha 13 de febrero  del 2019,  ha dispuesto que el despacho de la Oficina del Órgano de Control Institucional designada en la Municipalidad Provincial de Pisco ,  se encargue  de cautelar el cumplimiento normativo respecto  al otorgamiento de la compensación  económica para los regidores , así como para los alcaldes Distritales, y Provinciales, y Gobernadores , en cumplimiento a lo indicado  en el oficio N° 098-2019-MPP/OCI;
Que, en este acto el Señor Alcalde Lic. Juan Enrique Mendoza Uribe, informa a los señores regidores del presente documento en líneas arriba descrito, y reitera a su vez que este Concejo Municipal y el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Pisco, no ha realizado ningún aumento en la dieta de regidores ni en su remuneración, debido a que es conocedor de que dicha acción estaría contraviniendo la  Ley N° 30879, “Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año fiscal 2019”,  de fecha 6 de diciembre del 2018;
Que, por Lo antes expuestas, y de conformidad con el Acuerdo de Concejo N° 005 – 2015,   de fecha  29 de enero del 2015, se ratifica fijar el mismo sueldo del Alcalde , el cual se deduce  de los impuestos y  retenciones de Ley  en concordancia  con el D.S N° 025 – 2007-PCM
Que, sometido a consideración del pleno del concejo, en uso de las facultades conferidas por el artículo 11° y 41° y 9 ° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, con el voto UNANIME del pleno del Concejo Municipal, con la dispensa del trámite y aprobación de  Acta;
ACORDO:
ARTICULO PRIMERO: RATIFICAR  el Acuerdo de Concejo N° 005 – 2015 – MPP, de fecha  29 de enero del 2015,  el mismo que fija el sueldo del Señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Pisco, en S/. 7,150.00 soles mensuales, el cual se deduce  de los impuestos, y  retenciones de Ley  en concordancia  con el D.S N° 025 – 2007-PCM,  que es el mismo que percibía el Alcalde de la anterior Gestión Municipal.
ARTICULO SEGUNDO: RATIFICAR  las dietas, de los Señores Regidores  Municipales de la Provincia de Pisco en la suma equivalente  al 30% de la remuneración mensual  del Señor Alcalde, computándose esta, por la asistencia  efectiva  a sesiones de concejo Municipal,  con un mínimo de dos sesiones pagadas por mes.
ARTICULO TERCERO: DISPONER,  que la Directora de la Oficina General de Secretaria, efectué la publicación del presente acuerdo en el diario de mayor circulación a nivel Regional.
Regístrese, Comuníquese Publíquese y Archívese
JUAN ENRIQUE MENDOZA URIBE
ALCALDE



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