sábado, 23 de marzo de 2019

Municipalidad Distrital de Sunampe - RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA


Municipalidad Distrital de Sunampe
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 260-2019-MDS-A
Chincha Alta, 20 de Marzo del 2019.
AUTOS Y VISTOS.-
 Estando al Informe N° 001-2019-MDS-OPMI/KCF, de fecha 20 de Marzo del 2019, expedido por el Encargado de la Oficina de Programación Multianual de Inversión, el mismo mediante el cual aprueba criterios de priorización de PMI - 2020-2022, presentado por el Sub Gerente de OPMI y demás recaudos que contiene;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N°27972 se establece que “Las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local Que emanan de la voluntad popular y disfrutan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”.
Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1252, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país, derogando la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. Posteriormente se aprobó su Reglamento con el Decreto Supremo N° 027-2017-EF, el cual fue modificado por Decreto Supremo N° 104-2017-EF y el Decreto Supremo N° 248-2017-EF.
Que, de la “Fase de Programación Multianual de Inversiones del Ciclo de Inversión”, La programación multianual de inversiones tiene como objetivo lograr la vinculación entre el planeamiento estratégico y el proceso presupuestario, mediante la elaboración y selección de una cartera de inversiones orientada al cierre de brechas prioritarias, ajustada a los objetivos y metas de desarrollo nacional, sectorial y/o territorial.
Que, el numeral 9.1 del artículo 9 de la Directiva N° 001 – 2019-EF/63.01, en el Capítulo II de la “Fase de Programación Multianual de Inversiones del Ciclo de Inversión”, La OPMI de los GR y GL propone los criterios de priorización para las inversiones que se enmarquen en sus competencias, los cuales consisten en la priorización de las funciones de su competencia. Estos criterios de priorización deben ser concordantes con los criterios de priorización sectoriales, así como con los planes nacionales sectoriales, regionales y locales establecidos en el planeamiento estratégico de acuerdo al SINAPLAN.
Que, asimismo es de señalar que los criterios de priorización de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, de acuerdo a lo establecido en el párrafo 13.7 del referido artículo, son aprobados por el Órgano Resolutivo y publicados por la OPMI.
Que, asimismo se debe de señalar que “Los criterios de priorización de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales son aprobados por el Órgano Resolutivo y publicados por la OPMI en su portal institucional, de acuerdo a los plazos establecidos en el Anexo N° 06: Plazos para la Fase de Programación Multianual de Inversiones.”
Que, asimismo, con la Resolución Ministerial N° 035-2018-EF/15, se aprobó, la Directiva para la programación multianual que regula y articula la fase de programación del Sistema Nacional de Programación y Gestión de Inversiones y la Fase de Programación del Sistema Nacional de Presupuesto;
Que, de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 027-2017-EF; y estando a las facultades conferidas, en virtud de los dispuesto en el artículo 20° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades,
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO - APROBAR el Informe N° 001-2019-MDS-OPMI/KCF "Criterios de Priorización”, a ser aplicadas en la elaboración de la Programación Multianual de Inversiones 2020-2022 de la Municipalidad Distrital de Sunampe”.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONE la publicación de la presente Resolución de Alcaldía, en el diario de mayor circulación de la localidad y el portal Web institucional.
ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a Secretaría General, la debida Notificación y distribución de la presente Resolución.
REGÍSTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.-
JOSE MIGUEL MATIAS ROJAS
Alcalde

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