jueves, 15 de noviembre de 2018

Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo



DECRETO DE ALCALDÍA N° 005-2018/MDPN
Pueblo Nuevo, 31 de Octubre de 2018.
LA ALCALDESA  DE  LA  MUNICIPALIDAD   DISTRITAL  DE  PUEBLO  NUEVO – CHINCHA.
VISTO:
i)  La Ordenanza Municipal N° 006-2018/MDPN, de fecha 20 de setiembre de 2018.
ii) Informe N° 0252-2018-OATR/MDPN, de fecha 29 de Octubre de 2018.
iii)Informe N° 0139-2018-ACT/MDPN, de fecha 31 de Octubre de 2017.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Art. II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; establece que: “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”.
Que, el Artículo 74° de la norma glosada establece que: “Los tributos se crean, modifican o derogan, o se establece una exoneración, exclusivamente por ley o decreto legislativo en caso de delegación de facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan mediante decreto supremo. Los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción, y con los límites que señala la Ley.
Que, el Artículo 41° del D.S. N° 133-2013-EF, Texto Único Ordenando del Código Tributario establece que la deuda tributaria sólo podrá ser condonada por Norma expresa con rango de Ley, excepcionalmente los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren;
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 006-2018/MDPN, de fecha 20 de setiembre de 2018, se aprobó el beneficio de Amnistía Tributaria para los contribuyentes del Distrito de Pueblo Nuevo, con la que se busca incentivar al pago voluntario de las obligaciones tributarias.
Que, de conformidad con la Primera Disposición Complementaria de la Ordenanza N° 006-2018-MDPN, se faculta a la Señorita Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de la norma en mención y dicte las disposiciones que resulten necesarios para su mejor aplicación;
Que, con Informe N° 252-2018-OATR/MDPN, de fecha 29 de Octubre de 2018, el Sub Gerente de Administración Tributaria y Rentas  informa que satisfaciendo el requerimiento de un sector mayoritario del Distrito de Pueblo Nuevo y por otro lado siendo también política de la presente Administración Municipal brindar facilidades a sus contribuyentes a efectos de que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias.
Que, con Informe Legal N° 139-2018-ACT/MDPN, de fecha 31 de Octubre de 2018, el Asesor Legal de la Municipalidad concluye que es procedente la prórroga hasta los días 28 de diciembre del año en curso, con los alcances y beneficios establecidos en la Ordenanza N° 006-2018/MDPN, solicitada por el Encargado de la Sub Gerencia de Administración Tributaria y Rentas.
Que, estando a lo expuesto; de conformidad con el artículo 40° de la Ley Organiza de Municipalidades N° 27972; D.S. N° 133-2013-EF y Artículo 41° del Texto único Ordenado del Código Tributario;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza N° 006-2018-MDPN, que regula el Beneficio de Amnistía Tributaria para los contribuyentes del distrito de Pueblo Nuevo hasta del 28 de diciembre de 2018, con los alcances y beneficios establecidos en la mencionada Ordenanza.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Oficina de Administración Tributaria y Rentas el Control, responsabilidad y ejecución del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a su competencia y atribución.
ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario de circulación local, y a la Oficina de Tecnologías de Información y Comunicación, la publicación en la página web de la Municipalidad.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
Patricia Roxana Torres Sánchez
Alcaldesa

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