DECRETO DE
ALCALDÍA N° 005-2018/MDPN
Pueblo
Nuevo, 31 de Octubre de 2018.
LA
ALCALDESA DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
PUEBLO NUEVO – CHINCHA.
VISTO:
i) La
Ordenanza Municipal N° 006-2018/MDPN, de fecha 20 de setiembre de 2018.
ii) Informe
N° 0252-2018-OATR/MDPN, de fecha 29 de Octubre de 2018.
iii)Informe
N° 0139-2018-ACT/MDPN, de fecha 31 de Octubre de 2017.
CONSIDERANDO:
Que,
de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en
concordancia con el Art. II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades; establece que: “Las municipalidades provinciales y
distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su competencia”.
Que,
el Artículo 74° de la norma glosada establece que: “Los tributos se crean,
modifican o derogan, o se establece una exoneración, exclusivamente por ley o
decreto legislativo en caso de delegación de facultades, salvo los aranceles y
tasas, los cuales se regulan mediante decreto supremo. Los Gobiernos Regionales
y los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y
tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción, y con los límites que
señala la Ley.
Que, el
Artículo 41° del D.S. N° 133-2013-EF, Texto Único Ordenando del Código Tributario
establece que la deuda tributaria sólo podrá ser condonada por Norma expresa
con rango de Ley, excepcionalmente los gobiernos locales podrán condonar, con
carácter general el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos
que administren;
Que,
mediante Ordenanza Municipal N° 006-2018/MDPN, de fecha 20 de setiembre de
2018, se aprobó el beneficio de Amnistía Tributaria para los contribuyentes del
Distrito de Pueblo Nuevo, con la que se busca incentivar al pago voluntario de
las obligaciones tributarias.
Que,
de conformidad con la Primera Disposición Complementaria de la Ordenanza N°
006-2018-MDPN, se faculta a la Señorita Alcaldesa para que mediante Decreto de
Alcaldía prorrogue la vigencia de la norma en mención y dicte las disposiciones
que resulten necesarios para su mejor aplicación;
Que,
con Informe N° 252-2018-OATR/MDPN, de fecha 29 de Octubre de 2018, el Sub
Gerente de Administración Tributaria y Rentas
informa que satisfaciendo el requerimiento de un sector mayoritario del
Distrito de Pueblo Nuevo y por otro lado siendo también política de la presente
Administración Municipal brindar facilidades a sus contribuyentes a efectos de
que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias.
Que,
con Informe Legal N° 139-2018-ACT/MDPN, de fecha 31 de Octubre de 2018, el
Asesor Legal de la Municipalidad concluye que es procedente la prórroga hasta
los días 28 de diciembre del año en curso, con los alcances y beneficios
establecidos en la Ordenanza N° 006-2018/MDPN, solicitada por el Encargado de
la Sub Gerencia de Administración Tributaria y Rentas.
Que,
estando a lo expuesto; de conformidad con el artículo 40° de la Ley Organiza de
Municipalidades N° 27972; D.S. N° 133-2013-EF y Artículo 41° del Texto único
Ordenado del Código Tributario;
SE
RESUELVE:
ARTÍCULO
PRIMERO.- PRORROGAR la
vigencia de la Ordenanza N° 006-2018-MDPN, que regula el Beneficio de Amnistía
Tributaria para los contribuyentes del distrito de Pueblo Nuevo hasta del 28 de
diciembre de 2018, con los alcances y beneficios establecidos en la mencionada
Ordenanza.
ARTÍCULO
SEGUNDO.- ENCARGAR a la
Oficina de Administración Tributaria y Rentas el Control, responsabilidad y
ejecución del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a su competencia y
atribución.
ARTÍCULO
TERCERO.- ENCARGAR a la
Secretaría General la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en
el Diario de circulación local, y a la Oficina de Tecnologías de Información y
Comunicación, la publicación en la página web de la Municipalidad.
Regístrese,
comuníquese, publíquese y cúmplase.
Patricia Roxana
Torres Sánchez
Alcaldesa
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