Confirma Cadena Perpetua a Sujeto por el Delito de Violación
de la Libertad Sexual
PENA DRÁSTICA SE IMPUSO TENIENDO EN CUENTA LAS CIRCUNSTANCIAS
AGRAVANTES DEL DELITO
El pasado
miércoles la Primera Sala Penal de Apelaciones
y de Flagrancia de Ica, conformada por los señores jueces superiores
doctores Osmar Albujar De La Roca (Presidente), José Javier Magallanes Sebastián
y Leodan Cristóbal Ayala (Director de Debates), confirmaron la sentencia de CADENA
PERPETUA impuesta a Jerico Antonio
Cabrera Meléndez, como autor del delito contra la libertad, violación de la
libertad sexual, en su modalidad de violación sexual de menor, en agravio de la
persona de iniciales K.E.E.G.
El Colegiado con las pruebas aportadas estableció en
el proceso N°. 1252-2014-0-1401-JR-PE-01, que la menor fue víctima de abuso
sexual desde el año 2010 al 2012, esta última cuando contaba con 13 años de
edad, por el acusado que viene a ser su
tío, hechos ocurridos en la casa de la abuela materna de la menor ubicada en el
distrito de la Tinguiña, aprovechando que la madre de la víctima radicaba en
Chile.
Cabe indicar que este delito se encuentra tipificado
en el inciso 2 del artículo 173° del Código Penal, que describe: “El que tiene
acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal o realiza otros actos análogos
introduciendo un objeto o partes del cuerpo por alguna de las primeras vías con
un menor de edad, será reprimido con las siguientes penas privativas de la libertad
(…) 2. Si la victima tiene entre diez años de edad y menos de catorce (…).
En el caso del numeral 2 (…)
la pena será de
cadena perpetua si el agente tiene (….) vínculo familiar que le dé
particular autoridad sobre la víctima o
le impulse a depositar en él su confianza.
Ica, 17 de Setiembre del 2018
Oficina de Imagen Institucional
Corte Superior de Justicia de Ica
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