ORDENANZA MUNICIPAL N° 007-2018-MDGP
Grocio Prado, 02 de agosto de 2018.
EL ALCALDE
DEL DISTRITO DE GROCIO PRADO
POR
CUANTO:
El Concejo Municipal Del Distrito DeGrocio Prado,en su
Sesión Ordinaria del dia 23 de julio del
año 2018, ha aprobado la siguiente Ordenanza Municipal:
VISTO:
El Informe N°
041-2018-MDGP-UDJ, de fecha 04 de julio de 2018, emitido por el Jefe de la
Unidad de Deporte y juventud quien está solicitando APROBACIÓN DE ORDENANZA MUNICIPAL QUE CREA LA MESA DE CONCERTACION DEL
DEPORTE, y:
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo
dispuesto en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante
con el artículo II del Título
Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, las
Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, el artículo 9°,
numeral 8 de la Ley Orgánica de
Municipalidades N° 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal
aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;
Que, el artículo 82° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972,
establece las competencias y funciones específicas compartidas con el gobierno
nacional y regional sobre Educación, Cultura, Deporte y Recreación;
Que el artículo 3° de la
Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte N° 28036, tiene por objeto normar,
desarrollar y promover el deporte como actividad física de la persona en sus
diferentes disciplinas y modalidades a través de sus componentes básicos: la
educación física, la recreación y el deporte, en forma descentralizada, a nivel
del ámbito local, regional y nacional;
Que, mediante Decreto
Supremo N° 003-2017-MINEDU, se aprueba la Política Nacional del Deporte y
consideran como actores principales y miembros del Sistema Nacional de Deporte
(SISDEN), entre otros, a los Gobiernos Locales y Regionales;
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades
establece la conformación de espacios de concertación como mecanismo de
participación ciudadana; siendo atribución de los Concejos Municipales aprobar
y reglamentar los espacios de concertación y participación vecinal;
Estando a lo expuesto, en
ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 9°, 29° y 40° de la
Ley N° 27972, con el voto UNANIME de sus miembros, y con la dispensa del
trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE CREA LA MESA DE CONCERTACIÓN DEL DEPORTE
Artículo Primero: Mediante la presente Ordenanza se crea la MESA DE CONCERTACIÓN DEL
DEPORTE, como
un espacio de gestión concertada, dialogo y participación para el desarrollo
local, a fin de unir esfuerzos para el fomento y promoción del deporte en
nuestro distrito.
Artículo Segundo: Objeto.-La presente Ordenanza Municipal fomentará la participación
activa de los agentes deportivos, organizaciones civiles, conjuntamente con la
comunidad edil y el ente rector del deporte IPD.
Artículo Tercero: Finalidad.- La MESA DE CONCERTACIÓN DEL
DEPORTE tiene
las siguientes finalidades:
a)Promover y fomentar los programas municipales y nacionales a favor del
Deporte.
b)Implementar acciones para el cumplimiento de la Política Nacional del
Deporte de competencia Municipal.
c) Fomentar, convocar y articular la participación del sector privado en el
desarrollo del deporte a nivel local.
d)Fomentar actividades de Masificación Deportiva.
e)Implementar programas deportivos a favor de las poblaciones vulnerables
salvaguardando la inclusión social.
f) Garantizar la continuidad de las Escuelas Deportivas Municipales.
g)Formular, implementación y ejecución de los proyectos deportivos
municipales.
h)Efectuar una coordinación multisectorial entre el Gobierno Local y los
sectores públicos nacionales e internacionales en función a la promoción de
deporte.
Artículo Cuarto: Conformación.- La Mesa de
Concertación del Deporte, estará integrada por:
a)El Alcalde en
representación del Gobierno Local, quien lo preside.
b)Un Regidor de la Comisión
de Educación y Deporte.
c) El Subgerente de Desarrollo
Humano y Económico.
d)El jefe de la Unidad de Deporte
y Juventud.
e)Un representante del
Instituto Peruano de Deporte.
f) Un representante de las
Organizaciones Sociales.
g)Un representante de las
Organizaciones Vecinales.
Artículo Quinto: Sesiones.-La Mesa de
Concertación del Deporte sesionará en forma ordinaria cada treinta días y en
sesiones extraordinarias cuando las circunstancias lo ameriten. Y serán
convocadas por el alcalde o secretario técnico.
Artículo Sexto: Secretario Técnico.-Un funcionario de la Municipalidad Distrital de
Grocio Prado designado por el acalde, será el secretario técnico de laMESA DE CONCERTACIÓN, quien se encargará de la coordinación directa entre la presidencia y
sus integrantes.
Artículo Séptimo: Del Reglamento.- La Mesa de Concertación del Deporte, contará con un Reglamento Interno
que será propuesto por el alcalde, y que deberá ser aprobado por el Consejo
Directivo en pleno.
DISPOSICIONES FINALES
Primero.-
Encargar a la Gerencia Municipal, a la Subgerencia de Desarrollo Humano y
Económico y, a la Unidad de Deporte y Juventud el cumplimiento de la presente
Ordenanza.
Segunda.-La
presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su
aprobación y será publicado en el Diario Oficial de la Localidad y en el portal
de la Municipalidad.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE,
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
LUIS ALFREDO TASAYCO TASAYCO
ALCALDE
0 comentarios:
Publicar un comentario