ACUERDO No. 015-2018-MPCH.
Chincha
Alta, 22 de Febrero de 2018.
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Vistos;el
Informe No. 061-2017-GM/MPCH, de fecha 12 de Febrero de 2018, presentado por la
Gerente Municipal, sobre Saneamiento de propiedad Municipal ubicado en esquina
de la calle Alfonso Ugarte No.398 y Av. Arenales No. 200 del distrito de
Chincha Alta, Provincia de Chincha.
CONSIDERANDO:
Que, el
Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, dentro de las
atribuciones del concejo municipal, artículo 9°, numeral 8, de la Ley No.
27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe (…) 8. Aprobar, modificar o derogar
las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos.
Que, el
artículo 39° y 41° de la Ley 27972, prescriben
“Los
concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación
de ordenanzas y acuerdos” y ”Los
acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos
de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del
órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una
conducta o norma institucional”.
Que, el Artículo 58° de la Ley 27972 Ley Orgánica
de Municipalidades respecto a la Inscripción de Bienes Municipales en el Registro
de la Propiedad, señala lo siguiente: “Los bienes inmuebles de las
Municipalidades a que se refiere el presente capitulo, se inscriben en los
Registros Públicos, a petición del Alcalde y por el mérito del Acuerdo de Concejo
correspondiente.
Que, la Octava Disposición
Complementaria de la antes citada Ley, señala que los predios que correspondan
a las municipalidades en aplicación de la presente ley se inscriben en el
Registro de Predios por el sólo mérito del acuerdo de concejo que lo disponga,
siempre que no se encuentren inscritos a favor de terceros. En este único supuesto, la regularización
de la titularidad municipal estará exonerada del pago de derechos registrales,
siempre que se efectúe en el plazo de un año a partir de la vigencia de la
presente ley.
Que,
por Informe No. 093-2018-GAT/MPCH, de fecha 11 de Enero de 2018, el Gerente de
Acondicionamiento Territorial remite el informe de la Sub Gerencia de
Planeamiento Urbano, Catastro y Supervisión, quien a través de la División de
Catastro y Supervisión — Margesí de Bienes de la Municipalidad Provincial de
Chincha, vienen realizando el Saneamiento Físico Legal del Predio Municipal en Esquina
Calle Alfonso Ugarte N°398 y Av. Arenales N°200, declarando la PROCEDENCIA
del Certificado Negativo de Catastro, Certificado Numeración y Visación de Planos y Memorias Descriptivas, del predio urbano referido, con un área de 3,308.00 m2, de propiedad de la MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE CHINCHA; por lo que solicita se derive la documentación para
la APROBACION POR EL CONCEJO MUNICIPAL para su inmatriculación en el Registro
de Propiedad Inmueble de la
Sede Registral de Chincha — SUNARP.
Que, por Informe Legal No. 289-2018-GAJ/MPCH, de
fecha 12 de febrero de 2018, el Gerente de Asesoría Jurídica de la Entidad, de
conformidad con el Artículo 9°,
Artículo 41° y el Artículo 58 de la Ley
N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, donde este último Artículo señala
respecto a la INSCRIPCIÓN DE BIENES MUNICIPALES EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD
"Los bienes inmuebles de las municipalidades a que se refiere el presente
capítulo, se inscriben en los Registros Públicos, a petición del alcalde y por
el mérito del acuerdo de concejo correspondiente recomienda se eleve el
presente al Pleno del Concejo Municipal para su aprobación, autorizándose la
inmatriculación del predio en la SUNARP, con el acuerdo pertinente, debiendo
encargarse el cumplimiento del Acuerdo a la Gerencia de Acondicionamiento
Territorial de la Entidad.
Estando a lo expuesto, a lo
aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 12 de abril de 2017, con dispensa de la
lectura y aprobación del actay a las facultades conferidas por la Ley
27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Que, con documentos de
vistos, la Gerente Municipal en base a los informes emitidos eleve el presente
al despacho de la Alcaldía con la documentación respectiva para que sea
planteado ante el Pleno del Concejo Municipal para su aprobación, autorizándose
la inmatriculación del predio en la SUNARP, con el acuerdo pertinente.
Estando a lo dispuesto en el
artículo 41 de la Ley 27972 Ley Orgánica
de Municipalidades, el Concejo Provincial de Chincha, en Sesión Ordinaria de
fecha 14 de Febrero de 2018, aprobó por unanimidad, con la dispensa del trámite y aprobación del
Acta.
ACUERDA:
ARTÍCULO
PRIMERO.- Disponer la Inmatriculación en el Registro
de la Propiedad Inmueble, el predio urbano ubicado Esquina de Calle Alfonso Ugarte N°398 y Av. Arenales
N°200, del
distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha, Departamento de Ica, con un
área de 3,308.00 m2, a favor de la Municipalidad Provincial de Chincha con la calidad
de dominio privado del Estado, conforme a los documentos técnicos que se adjunta
los mismos que forman parte del presente acuerdo; encomendando al Alcalde
expedir el Certificado Negativo de Catastro, Certificado Numeración y Visación de
Planos y Memorias Descriptivas, del
predio urbano referido; así como el oficio dirigido al Registrador Publico para
su Inscripción en el Registro de Predios
y otros que sean necesarios para el
saneamiento respectivo.
ARTICULO SEGUNDO.- Encargar
a la Gerencia de Acondicionamiento Territorial el cumplimiento de lo aprobado
en el artículo precedente del presente acuerdo y a la Gerencia de Secretaria
General la expedición de las Copias Certificadas de la Sesión de Concejo que
origino el presente Acuerdo de Concejo para remisión conjunta a los Registros
Públicos de Chincha.
Regístrese, publíquese,
comuníquese y cúmplase.
Ing. César Antonio Carranza
Falla
Alcalde
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