lunes, 26 de marzo de 2018

Municipalidad Provincial de Chincha



ACUERDO No. 015-2018-MPCH.
Chincha Alta,  22 de  Febrero de 2018.
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Vistos;el Informe No. 061-2017-GM/MPCH, de fecha 12 de Febrero de 2018, presentado por la Gerente Municipal, sobre Saneamiento de propiedad Municipal ubicado en esquina de la calle Alfonso Ugarte No.398 y Av. Arenales No. 200 del distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales  son los órganos de gobierno local. Tienen  autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, dentro de las atribuciones del concejo municipal, artículo 9°, numeral 8, de la Ley No. 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe (…) 8. Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos.
Que, el artículo 39° y 41° de la Ley 27972,  prescriben “Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos” y  ”Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”.
Que,  el Artículo 58° de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades respecto a la Inscripción de Bienes Municipales en el Registro de la Propiedad, señala lo siguiente: “Los bienes inmuebles de las Municipalidades a que se refiere el presente capitulo, se inscriben en los Registros Públicos, a petición del Alcalde y por el mérito del Acuerdo de Concejo correspondiente.
Que, la Octava Disposición Complementaria de la antes citada Ley, señala que los predios que correspondan a las municipalidades en aplicación de la presente ley se inscriben en el Registro de Predios por el sólo mérito del acuerdo de concejo que lo disponga, siempre que no se encuentren inscritos a favor de terceros. En este único supuesto, la regularización de la titularidad municipal estará exonerada del pago de derechos registrales, siempre que se efectúe en el plazo de un año a partir de la vigencia de la presente ley.
Que, por Informe No. 093-2018-GAT/MPCH, de fecha 11 de Enero de 2018, el Gerente de Acondicionamiento Territorial remite el informe de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano, Catastro y Supervisión, quien a través de la División de Catastro y Supervisión — Margesí de Bienes de la Municipalidad Provincial de Chincha, vienen realizando el Saneamiento Físico Legal del Predio Municipal en Esquina Calle Alfonso Ugarte N°398 y Av. Arenales N°200, declarando la PROCEDENCIA del Certificado Negativo de Catastro, Certificado Numeración y Visación de Planos y Memorias Descriptivas, del predio urbano referido, con un área de 3,308.00 m2, de propiedad de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA; por lo que solicita se derive la documentación para la APROBACION POR EL CONCEJO MUNICIPAL para su inmatriculación en el Registro de Propiedad Inmueble de la Sede Registral de Chincha — SUNARP.
Que, por Informe Legal No. 289-2018-GAJ/MPCH, de fecha 12 de febrero de 2018, el Gerente de Asesoría Jurídica de la Entidad, de conformidad con el Artículo 9°, Artículo 41°  y el Artículo 58 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, donde este último Artículo señala respecto a la INSCRIPCIÓN DE BIENES MUNICIPALES EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD "Los bienes inmuebles de las municipalidades a que se refiere el presente capítulo, se inscriben en los Registros Públicos, a petición del alcalde y por el mérito del acuerdo de concejo correspondiente recomienda se eleve el presente al Pleno del Concejo Municipal para su aprobación, autorizándose la inmatriculación del predio en la SUNARP, con el acuerdo pertinente, debiendo encargarse el cumplimiento del Acuerdo a la Gerencia de Acondicionamiento Territorial de la Entidad.
Estando a lo expuesto, a lo aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha  12 de abril de 2017, con dispensa de la lectura y aprobación del actay a las facultades conferidas por la Ley 27972,  Ley Orgánica de Municipalidades.
Que, con documentos de vistos, la Gerente Municipal en base a los informes emitidos eleve el presente al despacho de la Alcaldía con la documentación respectiva para que sea planteado ante el Pleno del Concejo Municipal para su aprobación, autorizándose la inmatriculación del predio en la SUNARP, con el acuerdo pertinente.
Estando a lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley  27972 Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Provincial de Chincha, en Sesión Ordinaria de fecha   14 de Febrero de 2018,  aprobó por unanimidad,  con la dispensa del trámite y aprobación del Acta.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Disponer la Inmatriculación en el Registro de la Propiedad Inmueble, el predio urbano ubicado Esquina de Calle Alfonso Ugarte N°398 y Av. Arenales N°200,  del distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha, Departamento de Ica, con un área de 3,308.00 m2, a favor de la Municipalidad Provincial de Chincha con la calidad de dominio privado del Estado,  conforme a los documentos técnicos que se adjunta los mismos que forman parte del presente acuerdo; encomendando al Alcalde expedir el Certificado Negativo de Catastro, Certificado Numeración y Visación de Planos y Memorias Descriptivas, del predio urbano referido; así como el oficio dirigido al Registrador Publico para su Inscripción en el Registro de Predios   y otros que sean necesarios para el saneamiento respectivo.
ARTICULO SEGUNDO.- Encargar a la Gerencia de Acondicionamiento Territorial el cumplimiento de lo aprobado en el artículo precedente del presente acuerdo y a la Gerencia de Secretaria General la expedición de las Copias Certificadas de la Sesión de Concejo que origino el presente Acuerdo de Concejo para remisión conjunta a los Registros Públicos de Chincha.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing. César Antonio Carranza Falla
Alcalde

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