En el marco
de la campaña informativa “Tips de Control”, la Contraloría General de la República
recuerda que el funcionario o servidor público está prohibido de obtener o
procurar beneficios o ventajas indebidas para sí u otras personas, mediante el
uso del cargo, autoridad, influencia o apariencia de influencia.
En
tal sentido, el funcionario o servidor público debe actuar con rectitud,
honradez y honestidad, procurando satisfacer el interés general y dejando de lado
todo provecho o ventaja personal obtenidos por sí mismo o por medio de otra
persona.
Por
ejemplo, el funcionario o servidor público de un hospital no debe efectuar
cobros indebidos a pacientes para que sean atendidos. Un servidor público que
labora en el área de trámite documentario de una entidad del Estado no debe
recibir obsequios con la finalidad de ingresar un documento fuera de plazo.
La
Entidad Fiscalizadora Superior precisa que infringir esta prohibición es
sancionada con la inhabilitación para el ejercicio de la función pública no
menor de 3 años ni mayor de 5 años a través del Procedimiento Administrativo
Sancionador (PAS) de la Contraloría General.
Ante
un caso de presunta inconducta funcional puede formular una alerta ante el
Órgano de Control Institucional de la Entidad, la Contraloría Regional o la
sede central de la Contraloría General en Lima en forma presencial o virtual a
través de https://appscgr.contraloria.gob.pe/sinad
También
puede comunicarse con la Central de Denuncias: 330-3000, anexos 1302 ó 1307.
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