MEDIANTE LA PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE MEDIDAS CAUTELARES
El Poder Judicial y la Superintendencia Nacional de
los Registros Públicos anunciaron que a partir de la fecha, la inscripción de
las medidas cautelares para casos de delitos de crimen organizado vinculadas al
Registro de Predios de la Sunarp se realizará de manera electrónica. Con ello
se busca reducir plazos y eliminar la posibilidad de cualquier acto de
corrupción durante la realización de los procesos judiciales.
La presentación de este nuevo procedimiento estuvo a
cargo del presidente del Poder Judicial, Duberlí Rodríguez Tineo; la
Superintendente Nacional de los Registros Públicos, Angélica Portillo Flores; y
el presidente de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal
Penal del Poder Judicial, Augusto Ruidías Farfán; quienes resaltaron la importancia
de esta nueva funcionalidad, que además de constituir un importante aporte
contra el crimen organizado, reducirá “el peregrinaje de documentos” al
prescindir del soporte papel y optar por la firma digital.
Actualmente los juzgados envían a la Sunarp, en
soporte papel, el parte judicial disponiendo la incautación de los bienes de
los involucrados en delitos de crimen organizado.
La jefa de la Sunarp señaló que esta nueva
funcionalidad representa “un avance en la interoperabilidad y la modernización
del Estado”, constituyendo un paso importante en la “lucha contra la
criminalidad”.
Por su parte, el titular del Poder Judicial, indicó
que la emisión electrónica de las medidas cautelares constituye “un avance
en la lucha contra la corrupción, en un marco de modernidad, transparencia y
celeridad”.
CÓMO
FUNCIONA
Con esta nueva funcionalidad, la presentación
electrónica del parte judicial se realizará mediante un servicio web que
admitirá el envío a la Sunarp de la solicitud de inscripción y de los
documentos que conforman el parte judicial en formato PDF, firmados
digitalmente por el juez y el secretario del juzgado correspondiente. Con ello,
se gana prioridad registral, permitiendo la generación del asiento de
presentación y la calificación e inscripción de la medida de incautación en el
Registro de Predios.
La presentación de la solicitud es efectuada
directamente por el juez que dispone la medida de incautación. Simultáneamente,
todo el trámite registral (presentación de título, pedido de aclaración e
inscripción) se comunicará por correo electrónico al Programa Nacional de
Bienes Incautados (PRONABI), entidad encargada de la custodia, administración,
uso temporal o definitivo y/o venta en subasta pública de aquellos objetos y
ganancias generadas por la comisión de delitos en agravio del Estado.
EL PROCEDIMIENTO
El órgano jurisdiccional, mediante el servicio web a
cargo del Poder Judicial, genera la solicitud de inscripción y adjunta los
documentos que conforman el parte judicial sobre medida de incautación, en
formato PDF, para ser enviado a la Sunarp.
Efectuado el envío, el órgano jurisdiccional recibirá
automáticamente una comunicación de la Sunarp donde se le indicará el número de
solicitud asignada a la presentación electrónica.
La solicitud de inscripción se genera con el envío de
la siguiente información a través del servicio web:
a) Nombre, número de documento de identidad y domicilio
del juez que actúa en calidad de presentante.
b) El registro y oficina registral donde corresponda
inscribirse el título.
c) El acto cuya inscripción se solicita, para estos
efectos será la medida de incautación.
d) La indicación que se acompaña a la solicitud de inscripción,
el oficio y la resolución judicial correspondiente.
Cabe señalar que la solicitud electrónica ingresará a
la oficina registral correspondiente, en los horarios hábiles en que ésta
funcione.
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