lunes, 26 de febrero de 2018

Municipalidad Provincial de Chincha



ACUERDO No. 014 -2018-MPCH
Chincha Alta,   16 de Febrero de 2018

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; el Oficio No. 007-2017-COPEMACH, Rgto. 20204-2017, presentado por el Presidente y Secretario del Comité de Comerciantes del Pasaje Este del Mercado de Abastos – Chincha, sobre autorización para Instalación de Cobertura Metálica en el Pasaje Este del Mercado de Abastos del distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha.

CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales  son los órganos de gobierno local. Tienen  autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala en el numeral 29 del artículo 9° de que entre otras atribuciones del Concejo Municipal, establece lo siguiente: Corresponde al concejo municipal: (…) “Aprobar el régimen de administración de los bienes y rentas, así como el régimen de administración de los bienes y rentas, así como el régimen de administración de los servicios públicos locales”.
Que, el Artículo 41, de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades referido a los Acuerdos, señala “Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o normal institucional.
Que, el Artículo IV del Título Preliminar del TUO de la Ley N°27444 Ley del Procedimiento Administrativo aprobado por el D.S N°006-2017-JUS, el Artículo IV. Principios del procedimiento administrativo, 1. El procedimiento administrativo se sustenta fundamentalmente en los siguientes principios, sin perjuicio de la vigencia de otros principios generales del Derecho Administrativo: 1.1. Principio de legalidad.- Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas”, las cuales deben detentar en cada procedimiento administrativo, máxime si incide sobre un bien municipal que brinda un servicio público.
Que, con Informe N°012-2018-MPCH/GAT/SGO-OAÑQ, de fecha 08 de Enero de 2018, el Sub Gerente de Obras, de acuerdo a los documentos remitidos, opina que  se evalúe la declaratoria de fábrica que tiene registrada la municipalidad respecto a dicho bien inmueble en sede registral, si es factible o no, lo solicitado por los recurrentes.
Que, con Informe N°050-2018-MPCH/GAT/SGO-OAÑQ, de fecha 26 de Enero de 2018, La Sub Gerencia de Obras, indica que habiendo verificado que la ubicación donde se va a ejecutar la instalación de una estructura metálica, se encuentra inscrita como zona de propiedad común, consignada en el punto 2.- PASAJE ESTE, con un área de 540.00 m2; por lo que cualquier modificación estructural conllevaría a una modificación en su declaratoria de fábrica y habiendo revisado los planos; se recomendó aislar la fijación de las estructuras metálicas, y de esta forma evitar modificaciones estructurales en la edificación; por lo tanto, habiendo superado dicho inconveniente, esta Dependencia indica que es procedente técnicamente la autorización para la Instalación de Cobertura Metálica en el Pasaje este del Mercado de Abastos, debiendo considerarse la procedencia legal y administrativa por las dependencias correspondientes¸ por lo que de otro lado, el costo de la presente intervención, deberá ser asumido por la Junta Directiva del Comité de Comerciantes del Pasaje Este del Mercado de Abastos de Chincha.
Que, con Informe Legal N°245-2018-GAJ/MPCH, de fecha 06 de Febrero de 2018, el Gerente de Asesoría Jurídica, comunica que previamente se recomienda se derive el presente a la Sub Gerencia de Gestión de Riesgos en Defensa Civil, para que evalúe y emita el respectivo pronunciamiento, sobre si es factible o no se puede autorizar en forma temporal y hasta cuando el propietario lo permita, la colocación de cobertura metálica en Pasaje Público (Este) del Mercado de Abastos de esta ciudad.
Que con Informe Técnico 002-2018-CEGV/SGRDDC/MPCH, de fecha 12 de Febrero de 2018, el Ing. Cesar Eduardo Guillen Vásquez,  Secretario Técnico de Defensa Civil de la Municipalidad Provincial de Chincha, comunica que habiendo realizado el ACTA DE VISITA DE INSPECCIÓN DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES – VISE AL PASAJE ESTE DEL MERCADO DE ABASTOS, se obtuvo los siguientes datos:
DATOS DEL OBJETO DE INSPECCIÓNESTABLECIMIENTO: PASAJE ESTE DEL MERCADO DE ABASTOS
NOMBRE COMERCIAL           :          PASAJE ESTE DEL MERCADO DE ABASTOS
GIRO                                        :         LIBRERÍA, PASAMANERIA, CONFECCIONES,
                                                     ZAPATERÍA, BAZAR, VENTA DE PAN, ABARROTES
UBICACIÓN                             :         PASAJE ESTE DEL MERCADO DE ABASTOS
ÁREA                                       :         533.50 M2
FECHA DE INSPECCIÓN       :         12-02-2018
De la visita de Inspección de seguridad en edificaciones – VISE al Pasaje Este del Mercado de Abastos se determinó el Nivel de Riesgo Medio en la situación actual, para lo cual al realizar la evaluación de los componentes del Expediente Técnico de la referencia se observa que Cumple con las condiciones de seguridad para disminuir el nivel de riesgo existente.
Que, con Informe Legal N°319-2018-GAJ/MPCH, de fecha 14 de Febrero de 2018, el Gerente de Asesoría Jurídica de la Entidad, comunica que la Municipalidad Provincial de Chincha es propietaria del Mercado de Abastos dentro del cual se encuentra el Pasaje Este con un área de 540.00 M2; conforme aparece en la Partida No. 02007575 expedida por la SUNARP – Sede Chincha;  y con las consideraciones emitida por el Sub Gerente de Obras en el que entre otros comunica que el Costo de la presente intervención deberá ser asumida  por la Junta Directiva del Comité del Pasaje Este del Mercado de Abastos de Chincha,  y que el referido informe ha sido ratificado por la Gerencia de Acondicionamiento Territorial con el Informe No. 257-2018-GAT/MPCH en el que considerando que el costo de dicha intervención debe ser asumida por la Junta Directiva del Comité del Pasaje Este del Mercado de Abastos de Chincha; donde se tiene acreditada dicha conformación con la copia de actas de Acuerdos 1661-2015 autorizado por el Notario Público Juan Ramón Pardo Neyra Notario de Chincha que obra en los actuados; con el Informe del Sub Gerencia de Gestión de Riesgos de Desastres y Defensa Civil; a las normas legales citadas, RECOMIENDA se derive el presente al Pleno del Concejo Municipal para su debate y determinación pertinente, con el respecto Acuerdo de Concejo, bajo las condiciones técnicas y supervisión permanente de la Sub Gerencia de Obras.
Estando a lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972, el Concejo Provincial de Chincha, en Sesión Ordinaria de fecha   14 de Febrero de 2018,  aprobó por unanimidad,  con la dispensa del trámite y aprobación del Acta.
ACUERDA
ARTICULO PRIMERO.- AUTORIZARla Instalación de Cobertura Metálica en el Pasaje este del Mercado de Abastos, PASAJE ESTE, del distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha, con un área de 540.00 m2, de propiedad Municipal; debiendo la Junta Directiva del Comité de Comerciantes del Pasaje Este del Mercado de Abastos de Chincha asumir la responsabilidad del costo de la Intervención solicitada.
ARTICULO SEGUNDO.- Encargar a la Sub Gerencia de Obras de la Gerencia de Acondicionamiento Territorial  y a la Sub Gerencia de Gestión de Riesgos y Defensa Civil  y a la Gerencia de Servicios al Ciudadano la respectiva supervisión de lo autorizado; estableciéndose el carácter de temporal, que podrá ser desautorizado; procediéndose su desinstalación cuando puedan surgir aspectos contrarios a la Seguridad Publica de dicha estructura metálica.
ARTICULO TERCERO.-  Notificar la presente a don Miguel Sarango Marchan y Enrique de Lama Magallanes, Presidente y Secretario del Comité de Comerciantes del Pasaje Este del Mercado de Abastos de esta ciudad; para fines que se cumpla con lo autorizado en el artículo primero del presente acuerdo.

Regístrese, comuníquese y publíquese

CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
ALCALDE



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