Bosque de Banderas Avenida Massaro - Chincha.

Pileta Central - Plaza de Armas de Chincha

Plaza de Armas del distrito de El Carmen - Chincha.

Atardecer en la Plaza de Armas de Larán.

Plaza de Armas de Pueblo Nuevo.

martes, 3 de enero de 2017

Aguas de Acequia Ñoco se desbordan e inunda viviendas en Balconcito: Chincha


Como en otros años, las aguas que discurren por el cauce de la Acequia Ñoco en Chincha se desbordaron hoy martes (5.30 a.m.), y a su paso por la UPIS Mario Biggio, Félix Amoretti, Techo Propio y Santa Rosa, ingresó a las viviendas, afectando sus construcciones de adobes, muebles y artefactos eléctricos.
Numerosos moradores han sido los perjudicados, entre ellos, Toribio Lévano Correa, Julio Saravia Tasayco, familia Yataco Huamán, Marcela Lé-vano Tasayco, Luis Sánchez Oriendo, Karina Padilla Tasayco, Juli Romero Saravia y Vicente Tasayco Chico, entre otros, quienes dijeron que este problema no es de ahora sino que en otros años, pasaron lo mismo, pero que hasta ahora ninguna autoridad, incluyendo la Junta de Usuarios Chincha, se han preocupado por prevenir esa situación.
Aquí, dijeron hay responsabilidad compartida; de un lado personas irresponsables que arrojan basuras en el cauce de la Acequia Ñoco, y en otro, se puede atribuir al personal de la Baja Policía que no circulan por las zonas afectadas. Ellos se preguntan: ¿quién remedia nuestra situación?.
Dicen los moradores, que en el barrio Liguria las aguas han quedado empozadas, pueden generar el incremento de zancudos, causar enfermedades como paludismo, aparte de los fétidos olores por acumulación y descomposición de este líquido.
Las aguas discurridas por la Av. Victoria hasta llegar a la acequia Pilpa, a pocos metros de la Carretera Panamericana Sur y colegio Chinchaysuyo, han dañado el asfaltado por donde pasa el agua.
En esta zona, los moradores con baldes y otros envases sacan las aguas de sus viviendas, teniendo que utilizar sacos de arenas para no verse más perjudicados.
Una de las personas, sostuvo que habían concurrido a la Junta de Usuarios, y le respondieron por secretaría que los directivos no estaban en sus despachos por estar en trabajo de campo.




  



En la recta final: vigencia de zona rígida para comercio ambulatorio en vías cercanas al Mercado de Chincha


El día jueves 5 de este mes de enero, se realizará la desocupación de las vías públicas adyacentes y cercanas al mercado de Abastos de Chincha Alta, donde por muchos años, se habían ubicado comerciantes informales.
De acuerdo al mandato constitucional, las calles, avenidas, jirones y pasajes, son inalienables e imprescriptibles y no pueden darse uso distinto a su naturaleza.
Para cumplirse este cometido, la casi totalidad de comerciantes informales apostados en diversas zonas aledañas al mercado de abastos, son conscientes de la iniciativa en que está empeñado el Municipio Provincial de Chincha y han procedido desde el inicio de esta semana a retirarse de esas calles y pasajes y están ubicándose en lugares cerrados, formados por Asociaciones legalmente constituidas.
De hoy martes por su propia voluntad, -sin esperar que llegue la madrugada del jueves- los comerciantes de la tercera cuadra de la calle Italia, entre la esquina de la Calle Mariscal Castilla, hasta la esquina de Caquetá se están yendo tal vez a ambientes cerrados donde han decidido con antelación.
Por su parte el Municipio Provincial de Chincha que preside el alcalde, Cesar Carranza Falla, ha puesto dos camiones de propiedad de la comuna y ha alquilado otras cuatro movilidades grandes para ponerlas a disposición de los comerciantes que están desarmando sus andamios donde expendían productos, para que sean transportados al lugar que ellos decidan, dándoles así las facilidades para la desocupación de las vías, protegiendo así sus mercaderías y sus enseres.
Ayer lunes, al parecer la empresa Electrodunas, ha procedido a retirar el cableado por el cual los comerciantes ambulantes se abastecían de energía eléctrica.

La tarea continuará hasta el miércoles, y desde la hora cero, inicio del jueves 05 comienza la operación desalojó de comerciantes ambulantes, dando cumplimiento así, a la resolución Municipal que fue dada en el año 2015.

Se aperturó el año Judicial 2017


Se realizó ayer la apertura del Año Judicial 2017, en la ciudad de Lima como en las Cortes Superiores de Justicia de los diversos departamentos del país.
En la ciudad de Lima el  mandatario de la nación Pedro Pablo Kuczynski, asistió a la ceremonia  de juramentación del nuevo Presidente del Poder Judicial, benio 2017-2018, Dr. Duberlí Rodríguez.
   En su primer mensaje a la Nación, el presidente del Poder judicial, doctor Duberlí Rodríguez Tineo, afirmó que al Poder judicial le corresponde un papel central en el objetivo de conducir nuestra Nación a mejores destinos.
    Refirió en uno de los pasajes de su discurso, que facilitar el acceso a la justicia y dotar de mayor transparencia al sistema judicial se constituyen en directrices de su gestión. En ese sentido, destacó que se trabajará para lograr el expediente electrónico, que supone la digitalización de los procesos a fin de imprimirles rapidez y mayor seguridad.
Hizo el anuncio de fortalecer el subsistema nacional de justicia especializada en delitos de corrupción, para afrontar con solvencia los grandes casos de corrupción nacional e internacional.
Recordó el flamante presidente de la judicatura que la ciudadanía pide al Poder Judicial eficiencia, transparencia y probidad, ya que solo una justicia real otorga las condiciones vitales para el desarrollo del Estado, indicó entre otros pasajes importantes de su primera intervención.
De igual forma se realizó en la ciudad de Ica, la juramentación del nuevo Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica, Dr.  Julio Leyva Pérez,  para el período 2017-2018, acto que contó con la asistencia de autoridades de la Región, como representantes de instituciones locales.
 En su discurso trató diversos puntos a cumplir en su gestión, estando a favor del incremento de las remuneraciones a los servidores del poder judicial.
Consideró necesario la implementación y adecuación de Salas de Audiencias virtuales en el Penal de Chincha, con instalaciones de antena de radio enlace con la sede central de Chincha.
Al referirse al presupuesto asignado, adelantó que de los 53 millones de soles, el 85% está destinado al pago de las remuneraciones de los trabajadores y el saldo para la ejecución de obras.
La conformación de Salas para el ejercicio 2017-2018 es la siguiente:
ICA
Primera Sala Penal de Ica
Osmar Albújar de la Roca
José Magallanes Sebastián
Rafael Salazar Peñaloza
Segunda Sala Penal de Ica
Alfredo Sedano Nuñez
Florencio Jara Peña
José Luis Herrera Ramos
Primera Sala Civil de Ica
Mery Luz del Carpio Muñoz
Jacqueline Riega Rondón
Brenda Mesías Gandarillas
Segunda Sala Civil de Ica
María Gonzales Nuñez
Eulogio Cáceres Monzón
Alejandro Aquije Orozco
CHINCHA
Sala de Apelaciones
de Chincha
Eduardo Conde Gutierrez
Luis Leguía Loayza
Edgar Rojas Domínguez
Sala Mixta de Chincha
José Páucar Félix
Nelson Martin Pinedo Ob
Simón Nevado de la Peña

PISCO
Sala Mixta de Pisco
Víctor Malpartida Castillo
Elizabeth Quispe Mamani
Luis Gutiérrez Remón

NASCA
Sala Mixta de Nasca
   Tony Changaray Segura
Elmer Salas Miranda
Luis Ortiz Yumpo


MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO


ORDENANZA N° 031-2016-MPP
Pisco, 30 de Diciembre de 2016
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO
POR CUANTO:
Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de Diciembre del 2016, el informe N° 801-2016-MPP-OGPPR, de fecha 19 de Diciembre del 2016, de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Racionalización, e Informe N° 2134-2016-MPP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica respecto a la Actualización e Incorporación de Procedimientos Administrativos vinculados a la Ley Nº 28976 – Ley Marco de la Licencia de Funcionamiento y a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 058-2014-PCM, al Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Pisco, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que “Las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”, en concordancia con lo previsto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), es un documento de gestión que simplifica los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad las Municipalidades, facilitando de esta manera a los administrados el conocimiento de los requisitos, las instancias que decidirán sobre los procedimientos o prestaciones de los servicios, los plazos de resolución y demás detalles relevantes en su tramitación;
Que mediante el Informe Nº 74-2016-MPP-OGPPR-UPRE, la Unidad de Planificación y Racionalización, remite a la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Racionalización el proyecto de modificación y actualización del TUPA para incluir procedimientos administrativos vinculados a la Ley Nº 28976 - Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, cada cual con sus respectivos requisitos, plazos y propuesta de Derecho de Tramitación; y el Decreto Supremo Nª 058-2014 PCM Reglamento de Inspección Técnicas de Seguridad en Edificaciones, así como lo planteado en la Resolución Ministerial Nº 088-2015-PCM;
Que, mediante el Informe N° 2134 - 2016 - MPP - OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, opina que es legalmente viable que el Concejo Municipal apruebe la propuesta realizada sobre la actualización e incorporación de los citados procedimientos administrativos;
Que, la propuesta se enmarca dentro del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal en su Meta 34: “Exigir los requisitos contemplados en la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, emitir la licencia en los plazos consignados en el instructivo y publicar en el portal web Institucional la información vinculada con el procedimiento de licencia y de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones” la que exige en su actividad 1: “Actualización de medios de difusión y orientación adecuada a los administrados sobre los procedimientos de licencia de funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones (ITSE) en base a la normativa vigente”, debiéndose actualizar el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, los extremos de las unidades orgánicas ya señaladas;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 088- 2015-PCM se aprueba el Modelo de los Procedimientos Administrativos de Licencia de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones para las Municipalidades Provinciales y Distritales los mismos que cumplen con los criterios legales para la formulación de un procedimiento a iniciativa de parte y la forma en que se determinan los plazos de atención y derechos de tramitación de los procedimientos ITSE y la diligencia de levantamiento de observaciones,encontrándose acorde con el marco legal previsto en el Reglamento de ITSE aprobado por Decreto Supremo Nº 058- 2014 - PCM y la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;
Que, asimismo, los procedimientos vinculados a la Ley Nº 28976, Decreto Supremo Nª 058-2014 - PCM y Resolución Ministerial Nº 088- 2015-PCM, se adecuara la modificación en relación al cambio de denominación de la unidad orgánica, inicio de trámite, autoridad competente para resolver e instancias de resolución de recursos; planteamiento que permitirá una mejor precisión del procedimiento y por consiguiente una mejor atención del mismo;
Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que “Las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley (…).
Asimismo, el artículo 9º inciso 8) de la misma norma, señala que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”.
Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Provincial por UNANIMIDAD, y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta, aprobó lo siguiente;
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN E INCORPORACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS VINCULADOS A LA LEY Nº 28976 - LEY MARCO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Y A LO ESTABLECIDO EN EL DECRETO SUPREMO Nº 058-2014 - PCM, AL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR la actualización e incorporación de procedimientos administrativos vinculados a la Ley Nº 28976 - Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 058-2014- PCM, Inspecciones técnicas de seguridad en edificaciones, al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), en los procedimientos de Defensa Civil, Registro y Recaudación de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la presente ordenanza.
ARTÍCULO SEGUNDO.- MODIFICAR la Ordenanza N° 012-2013-MPP que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Provincial de Pisco, en el extremo pertinente conforme al artículo primero.
ARTÍCULO TERCERO.- Publicar la Presente Ordenanza en el diario local , en los paneles de la municipalidad y en la página Web de conformidad con el artículo 44° de la Ley Orgánica de Municipalidades.
ARTÍCULO CUARTO.- DEROGAR todas las disposiciones Municipales que se opongan a la presente ordenanza.
REGISTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
TOMAS VILLANUEVA ANDIA CRISOSTOMO
ALCALDE






Padres de familias podrán verificar legalidad de Colegios Privados a través de herramienta virtual del MINEDU


Al haberse iniciado la matrícula en algunos colegios particulares del país, el Ministerio de Educación (Minedu) recomienda a las madres y padres de familias utilizar la herramienta virtual IDENTICOLE (wwwidenticole.minedu.gob.pe) con el fin de verificar las características de las instituciones educativas que están autorizadas para operar.
   Se precisa que Identicole cuenta con un buscador que permite ubicar a los colegios privados o públicos según localidad o distrito, pues cuenta con datos de la ubicación de cada plantel, su número telefónico, el nombre del director (a), como los montos de las pensiones que cobra, entre otros aspectos relevantes.
    De no encontrarse el colegio que se busca en el sitio Web Identicole, se podría presumir que esa institución, no estaría registrada en el sistema educativo o no contaría con autorización para operar.
   De esta manera, los padres podrán detectar oportunamente qué instituciones educativas funcionan ilegalmente, evitando ser estafados por inescrupulosos; si se presentara esta situación, podrán denunciar el hecho al Ministerio de Educación –Minedu, llamando al teléfono 01224-7777, y reclamos en el mismo sitio Web.
      Los planteles que operan al margen de la ley están prohibidos de expedir certificados de estudios o utilizar el código modular de otra institución educativa para hacerlo. Los colegios privados y públicos deben cumplir con actualizar sus datos de manera oportuna ante el Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE) del Minedu.


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