sábado, 30 de diciembre de 2017

Municipalidad Provincial de Chincha


ACUERDO No. 086-2017-MPCH
Chincha Alta, 28 de Diciembre  de 2017
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; el Proyecto de Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2018, emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto de la Entidad.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley N° 30305, modificado por el concordante con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que los gobiernos locales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, administrativa y económica en los asuntos de su competencia; con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, el Artículo 41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, señala que "Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidos a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
Que, el Artículo 53º, de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, señala que el Presupuesto de los gobiernos locales Las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. El presupuesto participativo forma parte del sistema de planificación. Las municipalidades, conforme a las atribuciones que les confiere el artículo 197° de la Constitución Política del Perú, regulan la participación vecinal en la formulación de los presupuestos participativos. El presupuesto municipal debe sustentarse en el equilibrio real de sus ingresos y egresos y estar aprobado por el concejo municipal dentro del plazo que establece la normativa sobre la materia.
Que, el Presupuesto elaborado se encuentra contenida en la Directiva N°002-2015-EF/50.01 "DIRECTIVA PARA LA PROGRAMACIÓN Y FORMULACIÓN ANUAL DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO, CON UNA PERSPECTIVA DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL" para el año Fiscal 2018, la cual toda la información del Presupuesto elaborado corresponde a la registrada y trasmitida a la Dirección General de Presupuesto Público.
Que, el Presupuesto Institucional de Apertura año 2018 de la Municipalidad Provincial de Chincha asciende a S/ 35'295,128.00 soles tanto en los Ingresos como en los Egresos a nivel de Programa Presupuestales por las diferentes categorías, Actividades y Proyectos.
Que, dentro  del Proyecto de Presupuesto, se encuentra las transferencias del Impuesto de Promoción Municipal del Impuesto al Rodaje no Reembolsable de Fondo de Compensación Municipal, por la suma de S/. 11´705,490.00 soles y se ha dispuesto que estas estén destinadas en un 95%  S/. 11´120,215.00 soles para financiar los gastos corrientes de la entidad y el 5% S/. 585,275.oo soles, para financiar proyectos de inversión pública.
Estando a lo expuesto,en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, los regidores del Concejo Municipal con el voto por UNANIMIDAD de los miembros presentes, efectuado en la Sesión Extraordinaria de fecha27 de Diciembre de 2017, con la dispensa de lectura y aprobación de acta.
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR el Presupuesto Institucional de Apertura año 2018 de la Municipalidad Provincial de Chincha que asciende a S/ 35'295,128.00 soles tanto en los Ingresos como en los Egresos a nivel de Programa Presupuestales por las diferentes categorías, Actividades y Proyectos, conforme al anexo adjunto, que forma parte del presente Acuerdo.
ARTICULO SEGUNDO.-  APROBAR  que el Fondo de Compensación Municipal FONCOMUN, por la suma de S/. 11´705,490.00 soles, se destinen en un 95%  (S/.11´120,215.00 soles)  para financiar los gastos corrientes de la entidad y el 5% (S/. 585,275.oo soles), para financiar proyectos de inversión pública.
ARTICULO TERCERO.- Encargar a la Gerencia de Planificación y Presupuesto de la Entidad, se sirva remitir el presente a las Instancias respectivas, para el cumplimiento de las normas sobre la materia.
ARTICULO CUARTO.- Encargar a la Secretaria General de la entidad, hacer de conocimiento el presente  a las Unidades Orgánicas de la Entidad que tengan relación con el cumplimiento del presente acuerdo y su publicación en el Diario de mayor circulación de la ciudad, así como derivarlo al Encargado de la Pagina Webb de la Municipalidad Provincial de Chincha, para su publicación en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Provincial: www. Munichinchagob.pe. el acuerdo con su anexo.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase
Ing. César Antonio Carranza Falla
Alcalde


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