ORDENANZA N° 045-2017-MPCH
Chincha Alta, 28 de
Diciembre de 2017
EL CONCEJO DE LA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
VISTO;
el Informe No. 484-2017-GM/MPCH, de fecha 21 de Diciembre de 2017, emitido por
la Gerencia Municipal, sobre emisión mecanizada de declaración jurada y
liquidación del impuesto predial para el ejercicio fiscal 2018.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 74° de la
Constitución Política del Perú, reconoce a los gobiernos locales la potestad
tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas (arbitrios,
licencias y derechos municipales, dentro de su jurisdicción y con los límites
que señala la ley.
Que,
el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el
Artículo Único de la Ley N° 30305,
concordante con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica
de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que los gobiernos locales son los órganos de gobierno local. Tienen
autonomía política, administrativa y económica en los asuntos de su
competencia; con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, el Artículo 9° de la Ley
Orgánica de Municipalidades en cuanto se refiere a las atribuciones del Concejo
Municipal, refiere que, Corresponde al Concejo Municipal, (...) 8.
"Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los
acuerdos".
Que, de Artículo 40°, de la Ley
27972 Ley Orgánica de Municipalidades, en cuanto
a las ORDENANZAS; señala que “Las ordenanzas de las
municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia,
son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura
normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización
interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos
y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifican,
suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y
contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley.
Que, con Informe No.
1270-2017-GAT/GM/MPCH, de fecha 20 de Diciembre de 2017, la Gerencia de
Administración Tributaria de la Entidad, remite el Plan de Trabajo sobre proyecto
de emisión
mecanizada de declaración jurada y liquidación del impuesto predial para el
ejercicio fiscal 2018, el cual será un complemento en los proyectos ya emprendidos
por la actual administración. El Plan de trabajo tiene una duración de 02 meses
que estará orientado principalmente a establecer mecanismos de hacer llegar a
la ciudadanía su declaración jurada por el pago de Impuesto Predial y Arbitrios
Municipales; por tanto cuenta con un Informe Técnico que consta de aspectos generales, metodología
del Costeo, Costo Total del Servicio,
Metodología de Distribución y la Estimación de los Ingresos.
Que, con Informe No.
3193-2017-GAJ/MPCH, de fecha 21 de Diciembre de 2017, la Gerencia de Asesoría
Jurídica de la Entidad, informa que la Cuarta Disposición Final del Texto Único
Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N°
156-2004-EF, faculta a las municipalidades a cobrar por el derecho de emisión
mecanizada de actualización de valores determinación de impuesto y de recibos
de pagos correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un monto no
mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada
ejercicio, en cuyo caso esta valorización sustituye la obligación de
presentación de declaraciones juradas; por lo que recomienda se eleve el
presente al Concejo Municipal para su aprobación, la misma que debe
materializarse a través de la Ordenanza respectiva, con el requisito de
publicidad para su vigencia conforme a lo señalado en el artículo 109° de la
Constitución Política del Perú.
Estando
a lo expuesto, con el voto por
UNANIMIDAD efectuado en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha21 de Diciembre
de 2017, con la dispensa de lectura y aprobación de acta, a las facultades
conferidas por la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; se aprueba la
siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS MONTOS POR EL
SERVICIO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE
VALORES Y DETERMINACIÓN DE TRIBUTOS MUNICIPALES
CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2018 EN LA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Artículo
Primero.- Aprobar fijar el monto de S/. 10.02 soles,
por el servicio de Emisión Mecanizada de actualización de valores del Impuesto
Predial y arbitrios Municipales, que deberán abonar los contribuyentes en el ejercicio
2018. Además por cada predio adicional se abonará S/. 4.01 soles; cuyo monto se
cancelará conjuntamente con la primera cuota del Impuesto Predial del ejercicio
2018, por las consideraciones indicadas.
Artículo
Segundo.- Encargar a la
Gerencia de Administración Tributaria y Sub Gerencia de Recaudación el
cumplimiento de la presente Ordenanza.
Artículo
Tercero.- La presente ordenanza
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial de
la Provincia.
REGÍSTRESE,
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Ing.
César Antonio Carranza Falla
Alcalde
0 comentarios:
Publicar un comentario