ORDENANZA
N° 033-2017 – MPCH
Chincha Alta, 02 de Octubre
de 2017.
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA;
VISTO, el Informe No. 3033-2017-GPP/MPCH, de fecha 11 de
setiembre de 2017, presentado por la Gerencia de Planificación y Presupuesto,
sobre modificación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la
Entidad.
CONSIDERANDO:
Que,
el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el
Artículo Único de la Ley N° 30305,
concordante con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica
de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que los gobiernos locales son los órganos de gobierno local. Tienen
autonomía política, administrativa y económica en los asuntos de su
competencia; con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en
el artículo 9° numeral 8) establece. Son atribuciones del Concejo Municipal
"Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los
Acuerdos", de igual modo, el artículo 39° establece; "Los Concejos
Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas
y Acuerdos".
Que, con la Ordenanza
N° 032-2017-MPCH de fecha 19 de Setiembre 2016 se Modifica el Reglamento de
Organización y Funciones — ROF y el Manual de Organización y Funciones —MOF,
donde se creó la División Servicios Generales y Control Patrimonial dentro de
la Sub Gerencia de Logística.
Que, con Informe No.
02930-2017-GPP/MPCH, de fecha 28 de agosto de 2017, el (e) de la Gerencia de
Planificación y Presupuesto de la Entidad,
comunica que en el Reglamento de Manual y Funciones se había programado
la Sub Gerencia de Servicios Generales y Control Patrimonial que estaba
encargada de Programar, organizar, coordinar, ejecutar y controlar las
actividades relacionadas con la administración de inmuebles, maquinarias y
equipos, mobiliario y enseres y otros bienes. También le corresponde suministrar
los servicios de transporte, conservación, mantenimiento y seguridad; por tanto
en vista que la Sub Gerencia de
Logística no tiene personal especializado para asumir el cargo de las funciones
en mantenimiento de maquinarias de Limpieza Pública; recomienda; que se
considere en el ROF y MOF vigente, que las Funciones para ejecutar el
mantenimiento de las maquinarias de Limpieza Pública sean Administradas por la
Gerencia de Servicio al Ciudadano en la Sub Gerencia de Gestión Ambiental,
Saneamiento y Salud y en la División de Limpieza Pública — Parques y Jardines y
Salubridad.
Que, con Informe No.
3033-2017-GPP/MPCH, de fecha 11 de setiembre de 2017, el (e) de la Gerencia de
Planificación y Presupuesto de la Entidad, comunica que con Informe N°
1757-2017-SGL/MPCH de fecha 16 de agosto del 2017, la Sub Gerencia de Logística,
por intermedio de la Gerencia Municipal, remite los antecedentes y análisis
sobre la operatividad de las Maquinarias de Limpieza Pública, en vista que la
Sub Gerencia de Logística no tiene personal especializado para asumir el cargo
de las funciones en mantenimiento de maquinarias de Limpieza Pública; por lo
que al tener conocimiento de los antecedentes y análisis remitidas por la Sub
Gerencia de Logística, sobre las Maquinarias de Limpieza Pública, se ha
realizado la modificación del Reglamento de Organización y Funciones ROF,
correspondiendo a la Gerencia de Servicios al Ciudadano la administración de la
operatividad de las Maquinarias de Limpieza Pública y es necesario poner en
conocimiento al Concejo Municipal para su aprobación referente a la modificación
del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), correspondiente a la Sub Gerencia
de Logística sobre las Maquinarias de Limpieza Pública, que se está
considerando en la Gerencia de Servicios al Ciudadano, Sub Gerencia de
Saneamiento, Salud y Gestión Ambiental, Articulo 104°, numeral 26 y 27.
Estando a lo expuesto, a lo aprobado por
unanimidad en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de setiembre de 2017, con
la dispensa de la lectura y aprobación del Acta y a las facultades conferidas
por la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, se expide la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR la modificación de la Ordenanza No. 032-2017-MPCH; donde se
modificó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), respecto a que se consideró la Sub Gerencia de Logística
a cargo de las Maquinarias de Limpieza Pública;
considerando las funciones a cargo de Gerencia de Servicios al Ciudadano,
Sub Gerencia de Saneamiento, Salud y Gestión Ambiental, Articulo 104°,
numeral 26 y 27, que se adjunta en
anexo y forma parte de la presente
ordenanza.
ARTICULO SEGUNDO.-
Encargar el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Servicios al
Ciudadano y a la Secretaria General la publicación de la presente ordenanza en
el Diario de la localidad y sus anexos en la Página Webb de la Entidad www.municipalidadchincha.gob.pe
ARTÍCULO TERCERO.-
Hacer de conocimiento la presente a las Unidades Orgánicas de la Entidad para
los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Ing.
CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
Alcalde
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