ORDENANZA
N° 040-2017 – MPCH
Chincha
Alta,29 de Noviembre de 2017.
EL
CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA;
VISTO;
el Informe No. 4715-2017-GSC/MPCH, de fecha 22 de
Noviembre de 2017, presentado por el Gerente de Servicios al Ciudadano, sobre
Feria Navideña autorizada en el Ex Estadio Félix Castillo Tardío de propiedad
de la Municipalidad Provincial de Chincha.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del
Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley N° 30305 señala que Las
municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local.
Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia en concordancia con lo establecido en el Artículo II del Título
Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades.
Que, el Artículo 9°
de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que, en cuanto a las
atribuciones del Concejo Municipal, corresponde al concejo municipal, entre
otros, 8. Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto
los Acuerdos 29. Aprobar el régimen de administración de sus bienes y
rentas, así como el régimen de administración de los servicios públicos locales.
Que, el Artículo 40°
de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, establece Las ordenanzas de
las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia,
son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa
municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la
regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las
materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa.
Que, el Artículo 83°
de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en materia de
abastecimiento y comercialización de productos y servicios, señala que las
municipalidades, ejercen las siguientes funciones: señala en el numeral 4.
Funciones específicas compartidas de las municipalidades distritales: (...)
4.1. Promover la realización de ferias de productos alimenticios, agropecuarios
y artesanales, y apoyar la creación de mecanismos de comercialización y consumo
de productos propios de la localidad.
Que, con Ordenanza
No. 038-2017-MPCH, se autorizó con el carácter de Temporal y Excepcional la
realización de la Feria Navideña 2017, desde el día 15 de diciembre de 2017 al
08 de Enero de 2018 , la misma que estará ubicada en el Centro Poblado Pueblo
Nuevo, Etapa III, del distrito de Pueblo Nuevo, Provincia de Chincha – Ica,
entre Av. Dos de Mayo, Jr. 23 de Mayo, Jr. Ica y Av. 12 de Octubre – Ex Estadio
Félix Castillo Tardío.
Que, con la finalidad
de establecer la disposición aplicable y pertinente, de índole técnicos y
legales que regulen el debido desarrollo de la actividad comercial en este caso
la Feria Navideña 2017; considerando que estas ferias temporales y ocasionales
constituyen un mecanismo idóneo de comunicación y promoción comercial que
permite mejorar el acceso del público; dejándose establecido, que una vez vencido
el plazo los comerciantes que ocupen los puestos eventuales, deberán desalojar
inmediatamente, por ser un bien de propiedad municipal que conforme a los
artículos 55 y 56° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades., el
Artículo 70° de la Constitución Política del Perú, el artículo 73° de la misma
norma fundamental y en lo establecido por el artículo 923° del Código Civil,
son bienes inalienables e imprescriptibles, que conforme a la Ley N° 30230,
serán objeto de ejecución de desalojo directo con la intervención de las Autoridades
que mencionan dicha norma nacional.
Que, con Informe No.
1213-2017-SGRDDC/MPCH, de fecha 20 de Noviembre de 2017, el Ing. Rony Reyes
Checcllo, Sub Gerente de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil de la
Municipalidad Provincial de Chincha,
remite el Plan de Contingencia, para la realización de la Feria Navideña
en el Ex Estadio Félix Castillo Tardío, en el predio ubicado en el Centro
Poblado de Pueblo Nuevo, Etapa III del distrito de Pueblo Nuevo, Provincia de
Chincha, de área 51410.10 m2; para fines que se tomen las previsiones correspondientes
para la instalación de la feria referida.
Que, con Informes de
vistos, la Gerencia de Servicios al Ciudadano recomienda entre otros que la
Subgerencia de Fiscalización y Control Urbano, se encargue de verificar el
cumplimiento de las condiciones de las autorizaciones otorgadas, así como de
observar no se incurra en las prohibiciones establecidas en la presente
Ordenanza. - La Subgerencia de Gestión de Riesgo de Desastres, se encargará de
realizar inspecciones inopinadas a efectos de verificar el cumplimiento de
condiciones de seguridad a efectos de prevenir cualquier desastre o siniestro.
.- La Gerencia de Administración Tributaria, se encargara del cobro del
alquiler de los puestos, que serán canceladas en la Caja de la Sub Gerencia de
Tesorería, el mismo que será como pago único por lo que dure la feria
navideña.
Que, asimismo la
Gerencia de Servicios al Ciudadano, teniendo en cuenta que la Municipalidad
Provincial de Chincha, va hacer el Organizador de la Feria Navideña 2017, esta
genera costos operativos, por lo que los detalla de la siguiente manera:
Pago a la Empresa ELECTRODUNAS S/. 4500.00
Elaboración de Expediente Técnico S/. 600.00
Trabajos de instalación y desinstalación y cableado de
postes S/. 5000.00
Cercado rustico (costalillo y palos) del perimétrico
del terreno S/. 3000.00
Publicidad del evento S/ 3000.00
Logística para trazado de stands S/ 3000.00
Así mismo la
Municipalidad Provincial de Chincha asumirá con su personal la limpieza pública
y seguridad mientras dure la Feria Navideña 2017.
Que, conforme al análisis de gastos a realizarse en la
Feria Navideña 2017, sugiere que los costos de alquiler sean de la siguiente
manera, de acuerdo al plano de lotización que adjunta:
- Alquiler de Stand de las secciones A, B, C,
D, E, F,G con medidas
2.50 mts. x 3.00 mt. S/.
100.00
- Alquiler de Stand de las
secciones restantes con medidas
2.50 mt. x 3.00 mt. S/. 50.00
- Alquiler de Stand para venta de
pavos S/. 100.00
Que,
una vez que el inquilino conduzca el stand adquirido, se sugiere cumplirá las siguientes
obligaciones:
-
El horario de venta será de 08:00 hasta las 23:00 horas.
-
Mantener el lugar limpio y ordenado dentro de un radio de 2.00 ml del
puesto autorizado.
-
No interrumpir con mercadería el tránsito peatonal en los pasadizos.
Que, los conductores de los
puestos deberán tomar en cuenta las siguientes prohibiciones:
- Se encuentra prohibida la venta
de juegos pirotécnicos.
- Se encuentra prohibida la venta
de artículos de origen ilegal (piratería de Cd, DVD, etc.) o que carezcan de
registro sanitario (licores, panetones, etc.).
- En cuanto a la seguridad se encuentra
prohibida la utilización de cables mellizos.
- El consumo de bebidas alcohólicas
en la vía pública.
- El incurrir en alguna de las
prohibiciones establecidas en el presente artículo implica la cancelación de la
autorización otorgada, dando lugar al inicio del procedimiento sancionador,
deviniendo en el decomiso de la mercadería.
- Los conductores de los puestos
serán responsables de los daños que se ocasionen a terceros en el desarrollo de
las actividades comerciales.
Que, con Informe
Legal No. 3024-2017-GAJ/MPCH, de fecha 22 de Noviembre de 2016, la Gerencia de
Asesoría Jurídica de la Entidad, de conformidad con las normas legales
invocadas recomienda que el presente se derive al Pleno del Concejo Municipal
para su autorización de dicha feria con el CARÁCTER DE TEMPORAL Y
EXCEPCIONAL en el periodo propuesto, y en predio de propiedad municipal
terreno del Estadio "Félix Castillo Tardío", bien Inmueble de
propiedad municipal inscrita en el
Registro de la Propiedad Inmueble de Chincha a favor de la Municipalidad
Provincial de Chincha, dedicados a la Venta de Juguetes, Panetones, Chocolates,
Leches, Champagnes, Bebidas gasificadas, conservas, ropa, zapatos y otros
afines; ESTABLECIENDOSE LA PROHIBICION de la venta y comercialización de
juegos pirotécnicos en la feria navideña, DETERMINANDOSE los derechos a
pagar por cada puesto de venta de la Feria Navideña 2017; ESTABLECIENDOSE que
una vez vencido el plazo de vigencia de dicha feria a que se hace referencia en
el Informe de la Gerencia de Servicios al Ciudadano, deberán desocupar
inmediatamente, vencido el día 08 de Enero de 2018, bajo apercibimiento de
desocupación por uso ilegal, con las acciones inmediatas y prerrogativas establecidas
a favor del
Gobierno Local por la
Ley; ENCARGANDOSE a la Gerencia de Servicios al Ciudadano, Gerencia de Administración
Tributaria, Sub Gerencia de Fiscalización, Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana
Municipal y Policía Municipal y al Procurador Público Municipal el
Cumplimiento de la presente Ordenanza; así como a la Secretaria General, la
publicación y difusión de la Ordenanza, conforme a ley.
Que, en Sesión
Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 27 de Noviembre de 2017, se aprobó
otorgarle facultades al Alcalde para que evalué un lugar adecuado en Ex Estadio
Félix Castillo Tardío, donde se realizara la Feria Navideña, para que funcionen
juegos mecánicos con la finalidad de que el Publico acuda a la Feria referida;
así como también se separe por el termino de siete días de publicada la presente,
seis (06) Stand en el lugar preferencial que el costo es de S/.100.oo soles,
puedan ser estos ser adquiridos previo pago por personas con Discapacidad.
Además sea persona natural o jurídica solo podrá adquirir como máximo 3 Stand
en la denominada Feria Navideña 2017.
Estando a lo
expuesto, a lo aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria de Concejo
de fecha 27 de Noviembre de 2017, con dispensa de la lectura y aprobación del
Acta y a las facultades conferidas por la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades;
se ha aprobado la siguiente:
ORDENANZA
QUEAMPLIA LOS ALCANCES DE LA FERIA NAVIDEÑA 2017 A CARGO DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE CHINCHA
ARTICULO 1°.- ESTABLECER que la Feria Navideña 2017, que se autorizó con el Carácter de Temporal y
Excepcional con Ordenanza No. 038-2017-MPCH, desde el día 15 de diciembre de
2017 al 08 de Enero de 2018; los puestos serán dedicados a la venta de
Juguetes, Panetones, Chocolates, Leches, Champagnes, Bebidas gasificadas, conservas,
ropa, zapatos y otros afines, de acuerdo al plano de distribución temporal que
en anexo forma parte de la presente Ordenanza.
ARTICULO
2°.-DETERMINAR que los costos de
alquiler sean de la siguiente manera, de acuerdo al plano de lotización que
adjunta:
con medidas 2.50 mts.
x 3.00 mt. S/.
100.00
- Alquiler de Stand
de las secciones restantes
con medidas 2.50 mt.
x 3.00 mt. S/. 50.00
- Alquiler de Stand
para venta de pavos S/.
100.00
- Además sea persona natural o jurídica, solo podrá
adquirir como máximo 3 stand en la denominada Feria Navideña 2017.
- El horario de venta será de 08:00 hasta las 23:00
horas.
- Mantener el lugar limpio y ordenado dentro de un
radio de 2.00 ml del puesto autorizado.
- No interrumpir con mercadería el tránsito peatonal en
los pasadizos.
ARTICULO 3°.- ESTABLECER
las siguientes prohibiciones:
- Se encuentra prohibida la venta
de juegos pirotécnicos.
- Se encuentra prohibida la venta
de artículos de origen ilegal (piratería de Cd, DVD, etc.) o que carezcan de
registro sanitario (licores, panetones, etc.).
- En cuanto a la seguridad se
encuentra prohibida la utilización de cables mellizos.
- El consumo de bebidas alcohólicas
en la vía pública.
- El incurrir en alguna de las
prohibiciones establecidas en el presente artículo implica la cancelación de la
autorización otorgada, dando lugar al inicio del procedimiento sancionador,
deviniendo en el decomiso de la mercadería.
- Los conductores de los puestos
serán responsables de los daños que se ocasionen a terceros en el desarrollo de
las actividades comerciales.
- Los puestos serán identificados
hasta un números de 3, que podrán ser adquiridos con el respectivo DNI, la
persona (natural o jurídica, RUC), puestos que una vez identificados, pagados,
no podría ser modificado ni cambiado, NI MENOS TRASPASADO. De haberse producido
el traspaso la Policía Municipal desocupara el Puesto que corresponde.
ARTICULO 4°.- FACULTAR al señor Alcalde Provincial dicte las disposiciones
reglamentarias y complementarias, que puedan resultar pertinentes para la mejor
aplicación de la presente ordenanza; así como evaluar un lugar adecuado en Ex
Estadio Félix Castillo Tardío, donde se realizara la Feria Navideña, para que
funcionen juegos mecánicos, con la finalidad de que el Publico acuda a la Feria
referida; así como también se separe por el termino de siete días de publicada
la presente, seis (06) Stand en el lugar preferencial que el costo es de
S/.100.oo soles, puedan estos ser adquiridos previo pago por personas con Discapacidad.
ARTICULO 5°.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios al Ciudadano, el control,
registro y ubicación de los puestos a cada una de las personas naturales y/o
jurídicas que adquieran los puestos temporales con el personal a su cargo en el
mismo predio del campo ferial; teniendo en cuenta el Plano de Distribución de
Puestos, que en anexo forma parte de la presente Ordenanza.
ARTICULO 6°.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria acotar los
derechos establecidos en el artículo cuarto de la presente ordenanza,
estableciendo que el pago de los derechos aprobados por ocupación de puestos,
debe efectuarse en Caja de la Entidad, ubicado en la sede del Palacio
Municipal; reportándose el informe de los pagos efectuados en el día a la
Gerencia del Servicio al Ciudadano para que proceda a la ubicación de la
persona natural y/o jurídica, del puesto por el cual pago en el campo ferial,
conforme se precisa en el artículo 6° de la presente ordenanza.
ARTICULO 7°.- APROBAR el Plan de
Contingencia, para la realización de la Feria Navideña en el Ex Estadio Félix
Castillo Tardío, realizado por Sub Gerente de Gestión del Riesgo de Desastres y
Defensa Civil de la Municipalidad Provincial de Chincha; el mismo que adjunto
forma parte de la presente ordenanza.
ARTICULO 8°.- Hacer de conocimiento la presente ordenanza al Procurador
Publico Municipal de la Municipalidad Provincial de Chincha para que inicie las
acciones legales de desocupación con el auxilio de la Policía Nacional,
conforme a ley, de las personas que vencido el plazo de desocupación a que se
hace referencia el Artículo 1°, o sea el 8 de enero de 2017 no hubieren
cumplido con la desocupación del predio de propiedad municipal.
ARTICULO 8°.- Encargar a la Sub Gerencia de Riesgo de Desastres, se encargue
de realizar inspecciones inopinadas a efectos de verificar el cumplimiento y
condiciones de Seguridad; a efectos de prevenir cualquier desastre o siniestro.
ARTICULO 9°.-Encargara la Gerencia de Servicios al Ciudadano, Gerencia de
Administración Tributaria, Sub Gerencia de Fiscalización, Sub Gerencia de
Riesgos y Desastres, Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana Municipal y Policía
Municipal y al Procurador Público Municipal el Cumplimiento de la
presente Ordenanza; así como a la Secretaria General, la publicación y difusión
de la Ordenanza, conforme a ley.
POR TANTO:
Regístrese,
publíquese, comuníquese y cúmplase
Ing. César Antonio Carranza Falla
Alcalde
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