ACUERDO
No. 049-2017-MPCH
Chincha
Alta, 24 de Julio de 2017
EL
ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto;
EL Informe No. 329-2017-GM/MPCH, de fecha 24 de Julio de 2017, sobre Fraccionamiento
REPRO AFP.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política
del Perú, modificado por el Artículo
Único de la Ley 30305,
señala que las municipalidades
provinciales y distritales son los
órganos de gobierno local.
Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, los artículos 25, 26,
27 y 30 del Subcapítulo II del Régimen de Reprogramación de pago de Aportes
Previsionales al Fondo de Pensiones (REPRO-AFP) del Decreto Legislativo N° 1275
que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia fiscal de los
Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, establecen que el Concejo Regional/Concejo Municipal podrá acordar acogerse al régimen de
reprogramación de pago de los aportes previsionales al Fondo de Pensiones del
Sistema Privado de Pensiones que no fueron cancelados en su oportunidad por los
Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales al 31 de diciembre de 2015, en
concordancia con las disposiciones que reglamentan la implementación y
funcionamiento del régimen de reprogramación de pago de aportes previsionales
al fondo de pensiones (REPRO-AFP) y las disposiciones que establezca para ello
la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), así como autorizar a la
Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía
y Finanzas (DGETP) para que proceda a la afectación de los recursos destinados
al pago de las Cuotas de la deuda fraccionada hasta su total cancelación, con
cargo a los recursos que dichos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales determinen,
siempre que tales recursos se centralicen y administren a través de la Cuenta
Única del Tesoro Público, sujeto a las restricciones vigentes respecto al uso
de los recursos;
Que, a la fecha la
Municipalidad Provincial de Chincha, mantiene una deuda por aportes
previsionales a las AFP: como sigue: a la AFP Integra por la suma de S/.
1´072,124.40 soles, a la AFP Prima por la suma de S/. 24,157.20 soles, a la AFP
Profuturo por la suma de S/. 487,329.60 soles, respectivamente, conforme se
evidencia de la deuda conciliada a través del AFPnet;
Que, el Concejo de la
Municipalidad de la Provincia de Chincha, considera oportuno para la
sostenibilidad fiscal de su Pliego
Presupuestal, presente a través del AFP net la solicitud de acogimiento
al pago fraccionado previsto en el Sub Capítulo I del Capítulo IV del Decreto
Legislativo N° 1275.
Estando a los alcances del
Decreto Legislativo N° 1275 y sus Disposiciones que Reglamentan la
implementación y funcionamiento del régimen de reprogramación de pago de aportes
previsionales al fondo de pensiones (REPRO-AFP), Decreto Supremo 168-2017-EF y
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales, Ley No. 27867; el Concejo Municipal en Sesión
Extraordinaria de Concejo de fecha 24 de Julio de 2017, aprobó por unanimidad y
con dispensa de la lectura y aprobación del acta, se aprobó el siguiente:
ACUERDÓ:
Artículo
Primero.- SOLICITAR el
acogimiento al REPRO-AFP a través del AFP net sobre la deuda por aportes
previsionales, así como los conceptos que se generen hasta la fecha de
presentación de la solicitud, establecido por el Decreto Legislativo N° 1275 y
sus disposiciones reglamentarias, así como por la Resolución de la SBS No. 2678-2017-SBS, hasta por el número de 120 Cuotas mensuales se detallan en
la Tabla I del presente acuerdo.
Artículo
Segundo.- AUTORIZAR a la
DGETP para que afecte, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos
Determinados del (Rubro 07 FONCOMUN) del tipo de Recurso A y a la fuente de
Financiamiento Recursos Directamente Recaudados (Rubro 09) del tipo de Recurso
09 centralizados y administrados a través de la Cuenta Única del Tesoro
Público, los recursos que percibe para destinarlo al pago de las Cuotas de la
Deuda Fraccionada, hasta su cancelación, en el orden de prelación que se
indica; afectándose a la Unidad Ejecutora No. 300974 de la Municipalidad Provincial
de Chincha con RUC No. 20146898697.
ORDEN DE
PRELACION
|
FUENTE DE
FINANCIEMIENTO
|
RUBRO
|
TIPO DE
RECURSO
|
1
|
RECURSOS
DETERMINADOS
|
07
|
A
|
2
|
RECURSOS
DIRECTAMENTE RECAUDADOS
|
09
|
09
|
Artículo
Tercero.- DISPONER que la
Gerente Municipal de la Municipalidad Provincial de Chincha, adopte las
acciones administrativas necesarias para GARANTIZAR que los recursos indicados
en el artículo SEGUNDO precedente, cubran la totalidad del valor de cada una de
las Cuotas que corresponde a la Deuda Fraccionada por aportes previsionales,
materia del acogimiento al REPRO-AFP, bajo responsabilidad.
Artículo
Cuarto.- DISPONER que el Gerente Municipal a través del Sub Gerente de Recursos Humanos, presente dentro del plazo
de ley la solicitud de acogimiento al REPRO-AFP establecido en el Subcapitulo
II del Capítulo IV del Decreto Legislativo No. 1275, sus disposiciones reglamentarias y en la Resolución de la SBS correspondiente.
Artículo Quinto.- DISPONER que con la debida anticipación a las fechas de vencimiento
de las Cuotas establecidas en el respectivo cronograma emitido por el AFPnet,
se efectúe el registro de la afectación presupuestal y financiera de las
obligaciones correspondientes, en el Sistema Integrado de Administración Financiera
(SIAF-SP), con arreglo a la normatividad del Sistema Nacional de Presupuesto y
Sistema Nacional de Tesorería, según corresponda.
Artículo
Sexto.- DISPONER que el
Gerente Municipal cumpla con todos sus extremos con el presente Acuerdo en su
debida oportunidad, bajo responsabilidad.
TABLA I
Unidad Ejecutora No. 300974
Municipalidad Provincial de Chincha con RUC No. 20146898697
RAZON SOCIAL
|
RUC
|
DEUDA NOMINAL
|
ACTUALIZACION POR
RENTABILIDAD
|
INTERESES DE FRACCIONAMIENTO
|
DEUDA FRACCIONADA
|
PLAZO (MESES)
|
CUOTA MENSUAL
|
Municipalidad Provincial de Chincha
|
20146898697
|
386 813.48
|
1´088
283.54
|
495 327.66
|
1´583 611.20
|
160
|
13 196.76
|
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
Ing.
César Antonio Carranza Falla
Alcalde
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