ORDENANZA No. 010
-2017-MPCH
Chincha Alta, 10 de mayo del 2017.
EL
ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto;
el Acta de la Comisión de Educación, Cultura y Seguridad
Ciudadana, relacionado con la propuesta para la ampliación de la Ordenanza No.
022-2015-MPCH, del 26 de junio de 2015, donde se regula el otorgamiento de reconocimiento, estímulos y protocolos en
la Municipalidad Provincial de Chincha.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política
del Perú, modificado por el Artículo
Único de la Ley 30305,
señala que las municipalidades
provinciales y distritales son los
órganos de gobierno local.
Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, dentro de este contexto, es necesario tener en
consideración que, conforme a la Ley Orgánica de Municipalidades, en lo que
respecta al Concejo Municipal, se considera en el Artículo 5° -tercer
párrafo-"El concejo municipal ejerce funciones normativas y fiscalizadoras";
luego en su Artículo 8. Considera como una de sus atribuciones como la de,
"Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los
acuerdos".
Que, en cuanto se refiere a las atribuciones y
obligaciones de los Regidores, el Ar-tículo 10°, señala taxativamente lo siguiente Corresponden a los regidores las siguientes atribuciones y obligaciones: 1.
Proponer proyectos de ordenanzas y acuerdos.
Que, teniendo en consideración que la Municipalidad
Provincial de Chincha, como gobierno local, promueve el desarrollo local, así
como el desarrollo humano en la jurisdicción, reconociendo el esfuerzo de las
personas naturales y jurídicas, personas o presentantes que
visitan la ciudad de instituciones públicas o privadas de la sociedad en general,
sean en acciones de gobierno, o que con sus logros y acciones contribuyan a
enarbolar los valores morales, así como también de aquellas que intervienen,
como factor humano, en el ínterin de la labor diaria que cumple el gobierno
local dentro de las funciones específicas otorgadas por la ley.
Que, es necesario e imprescindible que la
Municipalidad Provincial de Chincha, cuente con un instrumento técnico que
facilite normar el sistema de Estímulos, Reconocimientos, Distinciones y
Condecoraciones, con los cuales se reconocerán la labor de las personas
naturales, jurídicas, organismos locales, nacionales e internacionales que con
su aporte humanístico, científico, tecnológicos y otros que destacan a nivel
nacional e internacional, que contribuyen al desarrollo, progreso y renombre de
la Provincia de Chincha.
Que, con Ordenanza No. 022-2015-MPCH, se aprobó el reglamento del otorgamiento de
Reconocimientos, Estímulos y Protocolo en la Municipalidad Provincial de
Chincha, la misma que consta de nueve artículos y una Disposición Final y
Complementaria; donde en el Numeral III
Normas Generales. 3.1 se nombra los reconocimientos hasta el 3.1. 8; por lo
tanto de acuerdo a documentos de vistos, la Comisión de Educación, Cultura y
Seguridad Ciudadana con dictamen No. 07-2017-CECSC/MPCH, solicita que
dichos reconocimientos deben de
ampliarse con los ítem No. 3.1.9 hijo Ejemplar de Chincha; 3.1.10 Hijo
destacado de Chincha y 3.1.11 Hijo Adoptivo de Chincha
Estando a lo expuesto a lo aprobado por unanimidad en
Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 12
de abril del 2017 y a las facultades conferidas por la Ley 27972 Ley Orgánica
de Municipalidades, se aprueba la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO
PRIMERO.- MODIFICAR la Ordenanza No.
022-2015-MPCH, de fecha 26 de junio de 2015, que aprueba el Reglamento para el
otorgamiento de Reconocimientos, Estímulos y Protocolo en la Municipalidad
Provincial de Chincha; en el sentido que debe considerarse en el numeral III
Normas Generales, los ítems No. 3.1.9
hijo Ejemplar de Chincha; 3.1.10 Hijo destacado de Chincha y 3.1.11 Hijo
Adoptivo de Chincha; ratificando y quedando subsistente
todo lo demás que lo contiene.
ARTICULO
SEGUNDO.- Hacer de conocimiento
la presente ordenanza a las unidades orgánicas de la entidad para los fines
pertinentes.
REGISTRESE,
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
César
Antonio Carranza Falla
Alcalde
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