martes, 30 de mayo de 2017

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO


ORDENANZA Nº 012 - 2017 - MPP

Pisco, 22 de Mayo de 2017
POR CUANTO:
EL CONCEJO  DE LA MUNICIPALIDAD  PROVINCIAL DE PISCO.
VISTO, En Sesión  Ordinaria  de  fecha  19 de Mayo de 2017,  el  Informe  N°  234-2017-MPP-OGPPR,  de  la Oficina  General  de  Planificación,  Presupuesto  y Racionalización,  y el  Proyecto  de Ordenanza que  modifica  el  Reglamento  de  Organización  y Funciones  y crea  la  Unidad  de  Programación Multianual de inversiones, de la  Municipalidad Provincial  de Pisco y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad  con  lo  dispuesto  en el  artículo  194º  de la  Constitución  Política  del Perú,  concordante  en el Artículo  II  del Título  Preliminar de la  Ley Orgánica  de Municipalidades - Ley  Nº  27972,  los  Gobiernos  Locales gozan de autonomía  política,  económica  y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1252, se crea el  Sistema Nacional de Programación Multianual  y Gestión  de Inversiones  como  sistema  administrativo  del  Estado,  con  la  finalidad de orientar el  uso  de los  recursos  públicos  destinados a  la  inversión  para  la  efectiva  prestación de servicios y la  provisión  de la  infraestructura  necesaria  para  el desarrollo  del país y deróguese la  Ley  Nº 27293,  Ley del Sistema  Nacional de Inversión  Pública.
Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2017-EF,  se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo   Nº  1252,   Decreto  Legislativo  que  crea  el  Sistema   Nacional  de   Programación Multianual  y Gestión  de  Inversiones y deroga  la  Ley Nº  27293,  Ley del  Sistema  Nacional  de Inversión Pública.  el  cual  consta  de  dieciséis  artículos,  seis  Disposiciones Complementarias Finales, cuatro  Disposiciones Complementarias Transitorias,  una  Disposición Complementaria Derogatoria, y tres Anexos que forman parte  integrante de dicho  Reglamento.
Que,  mediante  Informe  Nº  234-2017-MPP-OGPPR,  de fecha  08  de  Mayo  del  2017,  la Oficina General de  Planificación,  Presupuesto y Racionalización,  informa que en aplicación al Decreto Legislativo N° 1252, a  su Reglamento N°  D.S. 027-2017-EF, se ha  procedido a  emitir el informe  técnico  y  que  de  acuerdo  a   los  antecedentes,  análisis  y  conclusiones,  señala  lo siguiente: "que  al amparo de dicha normativa se hace necesario crear la Unidad Orgánica de la Municipalidad Provincial de Pisco llamada UNIDAD DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL DE INVERSIONES,  dependiente  de  la  Oficina  General  de  Planificación,  Presupuesto  y Racionalización,  que  se encarga  de realizar las funciones  que señala  el Artículo  7° del D.S. 027-2017-EF,  señala  además   "Así  mismo  de  debe agregar a la Sub Gerencia   de  Estudios  y Formulación  de  Proyectos  las  funciones   señaladas  en  el  Artículo  8º y a   la  Sub  Gerencia  de Inversiones Públicas,  las funciones  señaladas en el Artículo 9º del  D.S. 027-2017-EF.
Que, mediante Informe  N°  738-2017-MPP/OGAJ,  de  fecha  10  de  Mayo  del  2017,  la Oficina  General  de Asesoría  Jurídica,  es de opinión que  todo lo expuesto se  encuentra  dentro del  marco legal.
Teniendo   en  consideración  lo  expuesto  y en  uso  de  las  facultades  conferidas  por  la Constitución  Política del  Perú y la  Ley Orgánica de  Municipalidades,  el Concejo  Municipal  por UNANIMIDAD de votos y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, ha aprobado  la siguiente Ordenanza:
ORDENANZA MUNICIPAL  QUE MODIFICA  El REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Y CREA LA UNIDAD  DE PROGRAMACIÓN MUL TIANUAL DE INVERSIONES EN  LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO.
Artículo  Primero.-  DEJESE  SIN  EFECTO  La  Oficina  de  Programación  e  Inversiones  establecida  en el Reglamento de Organización y Funciones de la  Municipalidad Provincial de Pisco.
Artículo  Segundo.- CREAR  la Unidad  de Programación  Multianual  de Inversiones   dependiente  de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Racionalización.
Artículo  Tercero.- MODIFIQUESE  los Artículos 58º,  59º, 64º, 65º, 128º,  131º y 133º del Reglamento de Organización  y Funciones  de la  Municipalidad  Provincial  de Pisco  aprobado  con  Ordenanza  Nº 019-2015-MPP, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente ordenanza.
Artículo  Cuarto.- DISPONER  la  publicación en  el diario  local, en los paneles  de  la  Municipalidad Provincial de Pisco y en la  Página Web de la  Municipalidad Provincial  de Pisco.
POR TANTO:
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE,  PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Tomás Villanueva Andía Crisóstomo
Alcalde



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