ORDENANZA
Nº 012 - 2017 - MPP
Pisco, 22 de Mayo de 2017
POR CUANTO:
EL
CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO.
VISTO,
En Sesión Ordinaria de
fecha 19 de Mayo de 2017, el Informe N°
234-2017-MPP-OGPPR, de la Oficina
General de Planificación, Presupuesto
y Racionalización, y el Proyecto
de Ordenanza que modifica el
Reglamento de Organización
y Funciones y crea la Unidad
de Programación Multianual de
inversiones, de la Municipalidad Provincial de Pisco y;
CONSIDERANDO:
Que,
de conformidad con lo
dispuesto en el artículo
194º de la Constitución
Política del Perú, concordante
en el Artículo II del Título
Preliminar de la Ley
Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los
Gobiernos Locales gozan de
autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que,
mediante Decreto Legislativo Nº 1252, se crea el Sistema Nacional de Programación
Multianual y Gestión de Inversiones como
sistema administrativo del
Estado, con la
finalidad de orientar el uso de los
recursos públicos destinados a
la inversión para
la efectiva prestación de servicios y la provisión
de la infraestructura necesaria
para el desarrollo del país y deróguese la Ley Nº
27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública.
Que,
mediante Decreto Supremo Nº 027-2017-EF,
se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto
Legislativo que crea
el Sistema Nacional
de Programación Multianual y Gestión
de Inversiones y deroga la Ley
Nº 27293, Ley del
Sistema Nacional de Inversión Pública. el
cual consta de
dieciséis artículos, seis
Disposiciones Complementarias Finales, cuatro Disposiciones Complementarias Transitorias, una
Disposición Complementaria Derogatoria, y tres Anexos que forman
parte integrante de dicho Reglamento.
Que, mediante
Informe Nº 234-2017-MPP-OGPPR, de fecha
08 de Mayo
del 2017, la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Racionalización, informa que en aplicación al Decreto
Legislativo N° 1252, a su Reglamento
N° D.S. 027-2017-EF, se ha procedido a
emitir el informe técnico y
que de acuerdo
a los antecedentes,
análisis y conclusiones,
señala lo siguiente:
"que al amparo de dicha normativa
se hace necesario crear la Unidad Orgánica de la Municipalidad Provincial de
Pisco llamada UNIDAD DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL DE INVERSIONES, dependiente
de la Oficina
General de Planificación, Presupuesto
y Racionalización, que se encarga
de realizar las funciones que
señala el Artículo 7° del D.S. 027-2017-EF, señala
además "Así mismo de debe agregar a la Sub Gerencia de
Estudios y Formulación de Proyectos las
funciones señaladas en
el Artículo 8º y a
la Sub Gerencia
de Inversiones Públicas, las
funciones señaladas en el Artículo 9º
del D.S. 027-2017-EF.
Que,
mediante Informe N° 738-2017-MPP/OGAJ, de
fecha 10 de
Mayo del 2017,
la Oficina General de Asesoría
Jurídica, es de opinión que todo lo expuesto se encuentra
dentro del marco legal.
Teniendo en
consideración lo expuesto
y en uso de
las facultades conferidas
por la Constitución Política del
Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo
Municipal por UNANIMIDAD de votos y con la dispensa
del trámite de lectura y aprobación de actas, ha aprobado la siguiente Ordenanza:
ORDENANZA
MUNICIPAL QUE MODIFICA El REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Y
CREA LA UNIDAD DE PROGRAMACIÓN MUL
TIANUAL DE INVERSIONES EN LA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO.
Artículo Primero.- DEJESE
SIN EFECTO La
Oficina de Programación
e Inversiones establecida
en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Pisco.
Artículo Segundo.- CREAR
la Unidad de Programación Multianual
de Inversiones dependiente de la Oficina General de Planificación, Presupuesto
y Racionalización.
Artículo Tercero.- MODIFIQUESE los Artículos 58º, 59º, 64º, 65º, 128º, 131º y 133º del Reglamento de
Organización y Funciones de la
Municipalidad Provincial de Pisco
aprobado con Ordenanza
Nº 019-2015-MPP, conforme al anexo que forma parte integrante de la
presente ordenanza.
Artículo Cuarto.- DISPONER la
publicación en el diario local, en los paneles de
la Municipalidad Provincial de
Pisco y en la Página Web de la Municipalidad Provincial de Pisco.
POR TANTO:
REGÍSTRESE,
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Tomás
Villanueva Andía Crisóstomo
Alcalde






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