ORDENANZA MUNICIPAL Nº
003-2017-MDTM
Tambo de Mora, 27 de Abril del 2017
POR
CUANTO:
El Concejo Municipal de la Municipalidad
Distrital de Tambo de Mora en sesión extra ordinaria celebrada el 27 de Abril
del 2017 visto el Informe N° 005-STSC-MDTM-2017 presentado por la Secretaria
Técnica de Seguridad Ciudadana y la Opinión Legal N°
054/JAL–MDTM-2017, mediante el cual la Jefatura de Asesoría Legal pone a
consideración el Proyecto de Ordenanza Municipal que ratifica el Plan Local de
Seguridad Ciudadana ypor unanimidad acordó APROBAR el proyecto de Ordenanza
Municipal que ratifica el PLAN LOCAL
DE SEGURIDAD CIUDADANA ARTICULADO y ACTUALIZADO DEL AÑO 2017de la Municipalidad
distrital de Tambo de Mora;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución
Política del Estado, modificada por las leyes de Reforma Constitucional, Leyes
Nº 27680, Nº 28607, y Nº 30305, reconoce que los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos propios de su competencia,
en concordancia con el artículo II, del Título Preliminar de la Ley Nº 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el artículo 13º de la Ley del Sistema
Nacional de Seguridad Ciudadana - Ley Nº 27933 modificada por Ley Nº 30055 señala
que “Los Comités Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de
formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana,
así como de ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la
política nacional diseñada por CONASEC”;
Que, el Reglamento de la Ley del Sistema
Nacional de Seguridad Ciudadana establece en su artículo 26º que los Comités
Distritales de Seguridad Ciudadana son una instancia de diálogo, coordinación y
elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas
a la seguridad ciudadana en el ámbito distrital. Articula las relaciones entre
las diversas entidades del sector público y el sector privado que forman parte
del SINASEC a nivel distrital. Cuenta con una Secretaría Técnica. Por su parte
el artículo 28º del mismo cuerpo legal establece que son funciones del Comité
Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) además de las establecidas en la Ley
Nº 27933 y sus modificatorias las siguientes: a. Aprobar el Plan Distrital de
Seguridad Ciudadana (PDSC);
Que, mediante Informe
N° 001-2017-MDTM-JSC el Secretario Técnico del CODISEC del distrito de Tambo de
Mora remite el “Plan local de Seguridad Ciudadana 2017”, aprobado en Sesión
Ordinaria el 27 de febrero del 2017, bajo la presidencia
del Señor Alcalde Jesús Amado Espinoza Crisóstomo y con el Quórum reglamentariopor todos los miembros que conforman el Comité
Distrital de Seguridad Ciudadana, a efectos de que sea ratificado por el
Concejo Municipal mediante Ordenanza conforme establece la Ley del Sistema
Nacional de Seguridad Ciudadana, expresando que sea aprobado y ratificado, a
fin de que sea remitido a las instancias Superiores, y a la Dirección General
de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior.
Que, del mismo cuerpo normativo se establece
en el Artículo 40º que “…las ordenanzas de las municipalidades provinciales y
distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter
general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal…”, por medio de
las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y
supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la
municipalidad tiene competencia normativa (...)”;
Que, el artículo 30º del Reglamento de la Ley
del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana señala, que como Secretaría Técnica
del CODISEC, la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital,
o el órgano que haga sus veces, tiene las siguientes funciones: (...) e)
Presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan de Seguridad Ciudadana
aprobado por el CODISEC para su ratificación mediante Ordenanza Municipal
(...);
En uso de las facultades conferidas por los
artículos 9º y 40º de la Ley Nº 29792 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el
voto Unánime de los miembros del Concejo Municipal y la dispensa del trámite de
lectura y aprobación del acta, se aprueba la siguiente:
ORDENANZA
QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA PARA EL AÑO 2017 DEL DISTRITO
DE TAMBO DE MORA.
ARTÍCULO
PRIMERO.- RATIFICAR el Plan Local de Seguridad
Ciudadana para el año 2017 del Distrito de Tambo de Mora, presentado por la
Secretaría Técnica de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital de
Tambo de Mora.
ARTÍCULO
SEGUNDO.- ENCARGAR al Secretario Técnico del
CODISEC – Tambo de Mora, realizar las acciones que sean necesarias para el
cumplimiento de las actividades programadas en el presente plan.
ARTÍCULO
TERCERO.- DISPONERla publicación de la
presente Ordenanza en el Diario Oficial El Diario de la Localidad conforme a
los procedimientos establecidos en la Ley Orgánica de Municipalidades.
REGÍSTRESE, PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Jesús Amado Espinoza Crisóstomo
Alcalde
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