ORDENANZA MUNICIPAL N° 005-2017/MDPN
Pueblo Nuevo, 26 de Abril del 2017
LA
ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO – CHINCHA.
POR CUANTO;
EL
CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO – CHINCHA.
VISTO:
En Sesión Ordinaria del Concejo de fecha 25 de abril del
2017, el Informe N° 007-2017-OSC/MDPN de
la Oficina de Seguridad Ciudadana, donde
solicitan ratificar el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2017; Carta N° 00089-2017/GM/MDPN de la Gerencia
Municipal; el Informe Legal N°201-2017
–MDPN – ALE/EJZ y el Informe N° 009–GM/MDPN– 2017 y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del
Perú, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales, son los
órganos de Gobierno Local con autonomía Política, Económica y Administrativas
en los asuntos de su competencia.
Que, de acuerdo a lo establecido por el artículo 9o,
numeral 8 de la Ley N° 27972, le corresponde al Concejo Municipal aprobar,
modificar o derogar las ordenanzas;
Que, mediante Ley N° 27933 se crea el Sistema Nacional de
Seguridad Ciudadana, como sistema funcional encargado de asegurar el
cumplimiento de las políticas públicas, que orientan la intervención del Estado
en dicha materia, para garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad y el
cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional
a fin de generar paz social y proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades;
Que, el artículo 13° del citado dispositivo establece que
los Comités Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de formular
los planes, programas, proyectos y directivas de Seguridad Ciudadana, así como
ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la Política Nacional
Diseñadas por CONASEC;
Que, según artículo 8o del Decreto Supremo N°
011 -2014-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 27933 los Comités
Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC) son uno de los componentes del
mencionado Sistema, constituyen una instancia de dialogo, coordinación y elaboración
de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la
seguridad ciudadana, en el ámbito Distrital; son presididas por el Alcalde
Distrital de la jurisdicción respectiva, recayendo la Secretaria Técnica en la
Gerencia de Seguridad Ciudadana correspondiente;
Que, al respecto la Sub - Gerencia de Seguridad
Ciudadana, mediante Informe N° 007-2017- OSC/MDPN del 30 de marzo de 2017
indica que en Sesión del CODISEC del 30 de marzo del 2017 a hora 16:00 pm, se
aprobó el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2017 Actualizado y Articulado al
Programa Presupuestal 0030, el mismo que se encuentra alineado a los objetivos
del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al año 2021, Plan Nacional de
Seguridad Ciudadana 2013-2018, motivo por el cual requiere la ratificación por
parte del Concejo Municipal;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el literal del
artículo 30° del Decreto Supremo N° 11-2014-IN, que aprueba el Reglamento de la
Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, la Secretaria
Técnica del CODISEC del Distrito de Pueblo Nuevo, presenta al Concejo Municipal
el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2017 Actualizado y Articulado al Programa
Presupuestal 0030, para su ratificación;
Que, estando a lo dispuesto por el numeral (8) del
artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, y contando con el VOTO UNANIME de los Señores Regidores
presentes, el Consejo Municipal aprobó lo siguiente:
ORDENANZA
QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2017 ACTUALIZADO Y ARTICULADO
AL PROGRAMA PRESUPUESTAL 0030
Artículo 1o.- Ratificar el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2017
Actualizado y Articulado al Programa Presupuestal 0030, aprobado por el Comité
Distrital de Seguridad Ciudadana del Distrito de Pueblo Nuevo, el mismo que
como Anexo I, forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal.
Artículo 2°.- Encargar a la SubGerencia de Seguridad Ciudadana el cumplimiento
de la presente Ordenanza; a la Secretaría General su publicación en el diario local,
y a la Oficina de Tecnología de la Información su publicación en el Portal Institucional.
Artículo
3°.- Dejar sin efecto
cualquier otra disposición que se anteponga a la presente Ordenanza Municipal.
Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cúmplase
CPC. PATRICIA ROXANA TORRES SANCHEZ
ALCALDESA
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