ORDENANZA MUNICIPAL Nº003-2017-MDCHB
Chincha
Baja, 10 de Marzo del 2017
EL
CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHA BAJA
POR
CUANTO:
El Concejo Municipal del Distrital de Chincha
Baja en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha 07 de marzo del 2017
VISTO.-
El
Informe Nº 057-2017-MDCHB/GM de Gerencia Municipal, Informe Legal Nº
098-2016-OAJ/MDCHB DE LA Oficina de Asesoría Jurídica; y el Informe de Presupuesto
Nº 0048-2017-MDCHB/OPP de la Oficina de Planificación y Presupuesto, referente
al Proyecto de Ordenanza Municipal QUE APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO DE
APLICACIÓN DE MULTAS Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS (RAMSA) Y EL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIÓN
Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS (CUISA), y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe Legal
N°098-2016-OAJ/MDCHB emitido por la Oficina de Asesoría Legal, y el Informe de
Planificación y Presupuesto N° 0048-2017-MDCHB/OPP se dispone la aprobación del
Reglamento de Aplicación de Multas y Sanciones Administrativas (RAMSA) y el
Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUISA), llevándose a
cabo reuniones permanentes con los encargados de las unidades orgánicas;
Que, es tarea permanente reforzar la relación
entre el municipio y la sociedad, en el marco de un ejercicio de la ciudadanía
que utiliza los mecanismos de democracia directa y democracia representativa
generando compromisos y responsabilidades compartidas, creando conciencia
respecto de los derechos y las obligaciones de los ciudadanos como contribuyentes
y como actores en el funcionamiento del Estado y en el desarrollo colectivo;
Que, de conformidad con el Artículo 192º de
la Constitución Política del Estado, las Municipalidades tienen atribución para
aprobar su organización interna y su presupuesto;
Que, de conformidad con los numerales 1 y 2
del Artículo 195º de la Constitución Política del Perú, modificada mediante Ley
Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV
– Descentralización: los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía
local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en
armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo;
Que, de acuerdo al Artículo 40º de la Ley Nº
27972 precisa que las Ordenanzas de las Municipalidades provinciales y distritales,
en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor
jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se
aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de
los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia
normativa;
Que, de acuerdo al Artículo 9º de la Ley Nº
27972 señala que es atribución del Concejo Municipal aprobar el reglamento de
organización interior y funcionamiento del gobierno local; así mismo en su Artículo
8º señala que los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones
que de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan
actividades de funcionamiento del Sector Público; así como a las normas técnicas
referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos
del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio;
El Reglamento de Aplicación Multas y
Sanciones Administrativas (RAMSA) y Cuadro Único de Infracciones y Sanciones
Administrativas (CUISA). Obedece a la Ley del Procedimiento Administrativo
General Nº 27444 en su Artículo 230º
numeral 3, consigna el Principio de
Razonabilidad.- Las autoridades deben prever
que la comisión de la conducta sancionable no resulte más ventajosa para el
infractor que cumplir las normasinfringidas o asumir la sanción; así como que
la determinación de la sanción considere criterios como la existencia o no de
intencionalidad, el perjuicio causado, las circunstancias de la comisión de la
infracción y la repetición en la comisión de infracción;
Estando a lo dispuesto por el numeral 8) del
Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo
Distrital de la Municipalidad Distrital de Chincha Baja con el voto unánime de
sus miembros aprobó lo siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE
MULTAS Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS (RAMSA) Y CUADRO ÚNICO DE INFRACCIÓN Y
SANCIONES ADMINISTRATIVAS (CUISA) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHA BAJA
Artículo
1º.- APROBAR el nuevo instrumento de gestión Reglamento de
Aplicación de Multas y Sanciones Administrativas (RAMSA) y Cuadro Único de
Sanciones Administrativas (CUISA) que como anexo forman parte integrante de la
Ordenanza que consta de 56 páginas y 54 artículos.
Artículo 2º.- FACÚLTESE al
Señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía expida las normas
reglamentarias que fueran necesarias para la aplicación dela presente
Ordenanza.
Artículo 3º.-DERÓGUESE la
Ordenanza Municipal 01-2009-MDCHB y sus modificatorias, así como todas aquellas
disposiciones municipales que se opongan a la presente disposición.
Artículo 4º.- RESPECTO a
algún vacío legal que se pueda advertir en el reglamento, será de aplicación lo
establecido en la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General,
Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y otras normas pertinentes.
Artículo 5º.- Los
procedimientos sancionadores iniciados antes de la entrada en vigencia de la
presente ordenanza, se regirán por la normatividad anterior hasta su
conclusión, no obstante son aplicables a los procedimientos en trámite, las disposiciones
generales del presente reglamento contenidas en el Titulo I.
Artículo 6º.- APROBAR
como anexo II de la presente Ordenanza, los siguientes formatos: acta de
constatación, notificación preventiva, acta de ejecución inmediata, acta de
clausura temporal, acta de clausura definitiva, acta de retención, acta de decomiso,
acta de eliminación, acta de retiro, acta de paralización de obra, acta de
suspensión y/o cancelación de eventos, acta de demolición, y acta de ejecución
de obra.
Artículo 7º.- ENCARGAR el
cumplimiento de la presente Ordenanza a las unidades orgánicas competentes de
la Municipalidad de Chincha Baja.
Artículo 8º.- La
presente Ordenanza entrara en vigencia el día siguiente de su publicación en el
diario de mayor circulación en la jurisdicción.
POR
TANTO: Mando
Regístrese,
publíquese, comuníquese y cúmplase.
Oscar
William Rojas Ormeño
Alcalde
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