martes, 28 de febrero de 2017

Poder Judicial declara inadmisible recurso de queja presentado por Alejandro Toledo


A RESOLUCIÓN QUE RATIFICÓ PRISIÓN PREVENTIVA DE 18 MESES EN SU CONTRA DEFENSA LEGAL DE EXMANDATARIO INCUMPLIÓ EN SU PEDIDO CON ANEXAR DOCUMENTOS QUE EXIGE LA NORMA PROCESAL
La Primera Sala Penal de Apelaciones declaró inadmisible el recurso de queja presentado por la defensa de expresidente Alejandro Toledo Manrique contra la resolución que ratificó los 18 meses de prisión preventiva en su contra por los delitos lavado de activos y otros en agravio del Estado.
El referido tribunal --que preside Inés Villa Bonilla e integrado por Sonia Torre Muñoz y Rómulo Carcausto Calla--, consideró que la defensa legal del exmandatario incumplió, en su solicitud, con presentar todos los documentos que exige la norma procesal para que proceda su análisis.
La resolución puntualiza que la queja vulneró el principio de taxatividad (referido a la seguridad jurídica e igualdad en aplicación de la ley) que rige en materia de impugnaciones del Código Procesal Penal, al no anexarse en la misma el requerimiento de prisión preventiva en contra de Toledo Manrique.
Cabe señalar que existe jurisprudencia uniforme relacionada a este caso particular por parte de la Primera Sala Penal de Apelaciones en anteriores resoluciones, por lo que, frente al incumplimiento de lo establecido en el CPP, el recurso presentado por el expresidente no pudo prosperar.
La queja de Toledo Manrique fue formulada contra la resolución N°3 dictada el 16 de febrero pasado por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional a cargo de Richard Concepción Carhuancho.
Ese despacho declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto contra la orden de prisión preventiva en contra del expresidente vinculado a la receptación de coimas entregadas por la empresa Odebrecht.



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