ORDENANZA MUNICIPAL N°
011-2016-MDGP/A
Grocio Prado 11 de octubre de 2016.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE GROCIO PRADO.
VISTOS:
El Acuerdo de Concejo
N° 11-2016-MDGP/A, mediante el cual se hace de conocimiento lo acordado en
Sesión Ordinaria de fecha 29 de septiembre de 2016; habiéndose tenido a la
vista el Informe N° 015-2016-MDGP/GM,Opinión Legal N° 095-2016-ALI-MDGP de la
Oficina de Asesoría Legal, Informe N° 0653-2016-MDGP/RRHHde la Jefatura de Recursos
Humanos e Informe N° 113-2016-MDGP/PRESUP, de la Sub Gerencia de Planeamiento y
Presupuesto; mediante los cuales proponen la aprobación de los Instrumentos de
Gestión de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado;
CONSIDERANDOS:
Que, de conformidad
con el artículo 194° de la Constitución Política, concordante con el artículo II del TítuloPreliminar de la Ley N° 27972, las
municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, el numeral 3) del
artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece como
atribuciones del Concejo Municipal, aprobar el régimen de organización interior
y funcionamiento del gobierno local;
Que, en Sesión
Ordinaria Número Tres, de fecha 13 de febrero del año 2016, el Pleno de Concejo
Municipal, aprobó la Restructuración de los Documentos de Gestión de la Municipalidad
Distrital de Grocio prado;
Que, en cumplimiento
al Acuerdo mencionado en el considerando precedente, se celebró el Contrato de
Locación de Servicios con la empresa MAROLVAC
CONSULTORES S.A.C. para la elaboración de los Documentos de Gestión tales
como: Estructura Orgánica, Reglamento de Organización y Funciones – R.O.F.,
Manual de Organización y Funciones – M.O.F., Cuadro de Asignación de Personal –
C.A.P. y Reglamento Interno de Trabajo – R.I.T.;
Que,
medianteMemorándum N°
01968-2016-MDPG/A, conteniendo el Oficio N° 023-2016/MAROLVAC/GG, su fecha, 26
de septiembre del presente año, el Consultor formaliza la entregade los
proyectos de Ordenanza de los documentos objeto de contratación;
Que, para la
aprobación del Reglamento de Organización de Funciones, el artículo 29° del
D.S. N° 043-2006-PCM, que Aprueba losLineamientos para la elaboración y aprobación
del
Reglamento de
Organización y Funciones - ROF, establece que debe ampararse en el Informe
Sustentatorio;
Que,
revisado los antecedentes de los citados Documentos de Gestión de esta comuna, se tiene que datan
del año 2012, pues esto se corrobora teniendo a la vista la Ordenanza Municipal
N° 007-2012/MDGP/A, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones
(R.O.F.), Ordenanza N° 008-2012/MDGP/A, que aprueba el Manual de Organización y
Funciones (M.O.F.) y, el Cuadro de Asignación de Personal (C.A.P.) aprobado por
Ordenanza Municipal N° 009-2012-MDGP/A;
Que,
el Reglamento de Organización y Funciones (R.O.F.) y el Manual de Organización
y Funciones(M.O.F.) fueron modificados parcialmente mediante Ordenanza N°
007-2016-MDGP/A que aprueba la creación de la Unidad del Centro de Integración del
Adulto Mayor – C.I.A.M., y se le asigna sus respectivas funciones, asimismo se
asignan nuevas funciones a la Unidad de OMAPED;
Que, producto de la
petición realizada inicialmente por el Subgerente de Administración y Finanzas
y, secundado por la máxima autoridad edil; se procedió a la revisión y análisis
de los Instrumentos de Gestión a los que se tuvoacceso, el proceso consistió en efectuar modificaciones y adecuaciones a la
Estructura Orgánica yel Reglamento de Organización y Funciones, en concordancia
con las nuevas normas sobre modernización del Estado, competencias asignadas
por diferentes entes sectoriales mediante leyes específicas, y por la necesidad
de complementar órganos de nivel consultivo, como por eliminar y fusionar
unidades orgánicas; el proceso se
enmarca en lo establecido en el artículo 31° del D.S. N° 043-2006-PCM, es decir
elaborar un nuevo Reglamento de Organización y Funciones por modificación
parcial de la Estructura Orgánica;
Que, la Ley N° 27658 -
Ley Marco de Modernización de la Gestión de Estado declara al Estado peruano en
proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades,
organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública
y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;
Que, el artículo 4° de
la Ley N° 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión de Estado, establece
que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad
fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal,
de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y
optimizando el uso de los recursos públicos;
Que,
el artículo 9° del D.S. N° 043-2006-PCM, prevé la naturaleza del ROF, señalando
que el Reglamento de Organización y Funciones es el documento técnico normativo
de gestión institucional de una entidad que establece: a) La estructura orgánica de la entidad; b) Las funciones generales y específicas de la entidad y de cada
uno de sus órganos y unidades orgánicas y c)
Las relaciones de coordinación y control entre órganos, unidades orgánicas y
entidades cuando corresponda;
Que, la necesidad de
aprobar el Reglamento de Organización y Funciones (R.O.F.) y su Estructura
Orgánica propuestos se ajustan a lo establecido en los incisos d) y f) del artículo
28° del D.S. 043-2006-PCM que Aprueba Lineamientos para la Elaboración y Aprobación
del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de
la Administración Pública;
Que, mediante Informe
N° 113-2016-MDGP/PRESUP, emitido por el Subgerente de Planeamiento y
Presupuesto, se manifiesta que habiendo realizado el seccionamiento de los
Proyectos de los Documentos de Gestión y correspondiente análisis a cada una de
ellas, en regla general manifiesta que no existiría fundamentos de
improcedencia que impidan su implementación, por cuanto se encuentran amparadas
con las respetiva normativa; manifestado que las modificaciones realizadas no
están generando incremento presupuestal alguno; de lo que se desprende que el
Informe sustentatorio se sujeta a lo establecido en el Artículo 33° D.S. N°
043-2006-PCM, exigido para casos de reorganización de entidades por
modificación parcial de estructura orgánica, señalado en el Artículo 31° de la
norma legal acotada;
Que, mediante Opinión
Legal N° 95-2016-ALI-MDGP, de la Oficina de Asesoría Legal, se concluye que
existe el suficiente sustento de hecho y derecho que amparan los Proyectos de
Ordenanzas de los Documentos de Gestión, encontrándonos inmersos dentro de la
política nacional de modernización de la gestión pública al 2021, donde la
Municipalidad Distrital de Grocio Prado busca una gestión por resultados de tal
manera que exista simplificación administrativa y una organización
institucional acorde a su realidad, dejando a consideración del Peno de Concejo
su aprobación;
Que, mediante Informe
N° 015-2016-MDGP/GM, se hace de conocimiento que los Proyectos de los
Documentos de Gestión no contienen duplicidad de funciones entre los órganos de
la entidad y entre ésta y las demás entidades públicas que actúan en el ámbito
nacional y, que en aplicación del Principio de Razonabilidad y al Principio de
Simplicidad traslada lo actuado a fin de que se sirva ordenar a quien
corresponda la elaboración y publicación de la Ordenanza respectiva. Dándose
cumplimiento a la exigencia del artículo 33° del Decreto Supremo N°
043-2006-PCM;
Que, el numeral 3.2
del artículo 3° del D.S. N° 004-2008-PCMque Aprueba el Reglamento de Ley N°
29091 - Leyque Modifica el Párrafo 38.3 del artículo 38° de la Ley N° 27444,
Ley del Procedimiento Administrativo General y Establece la Publicación de
Diversos Dispositivos Legales en el Portal del Estado Peruano y en Portales
Institucionales, establece que “las Entidades se encuentran obligadas a
publicar en el portal del Estado Peruano (www.peru.qob.pe) y en sus portales
institucionales, los siguientes documentos:a)
Reglamento de Organización y Funciones (ROF), b) Cuadro para Asignación de Personal (CAP)…”;
Estando a la
conformidad otorgada por la Gerencia Municipal, Subgerencia de Planeamiento y
Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Legal, ratificadas en el Acuerdo de Concejo
Municipal N° 011-2016-MDGP/A y, en concordancia con lo establecido en el numeral
3) del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; se
aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Y LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GRO
CIO
PRADO.
ARTÍCULO
PRIMERO.- APROBAR el Reglamento de
Organización y Funciones (R.O.F.) de la Municipalidad Distrital de Grocio
Prado, que consta de Cinco (05) Títulos,Nueve(09) Capítulos, Doscientos Cinco (205) artículos y Cinco(05) Disposiciones Complementarias; su
correspondiente Organigrama estructural
anexo, el cual forma parte de la presente Ordenanza Municipal.
ARTÍCULO
SEGUNDO.- DEROGAR la Ordenanza Municipal
N° 007-2012-MDGP/Aque Aprueba el Reglamento de Organización y Funciones.
ARTÍCULO
TERCERO.- DEROGAR laOrdenanza
N° 007-2016-MDGP/A que aprueba la creación de la Unidad del Centro de
Integración del Adulto Mayor – C.I.A.M., le asigna sus respectivas funciones,
asimismo se asignan nuevas funciones a la Unidad de OMAPED, modificando
parcialmente las Ordenanzas Municipales N° 007-2012-MDGP/A y 008-2012-MDGP/A.
ARTÍCULO
CUARTO.- DISPONER la publicaciónde la presente Ordenanza
Municipal en el Diario Oficial de la Localidady en el Portal Institucional de
la Municipalidad Distrital de Grocio Prado.
ARTÍCULO
QUINTO.- DISPONER que la vigencia de la presente Ordenanza Municipal es a
partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial, por tanto se
encarga a la Gerencia Municipal y Subgerencias, desarrollar su implementación a
partir de dicha fecha.
REGÍSTRESE,
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Luis
Alfredo Tasayco Tasayco
Alcalde
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