jueves, 13 de octubre de 2016

Municipalidad Distrital de Grocio Prado


ORDENANZA MUNICIPAL N° 011-2016-MDGP/A
Grocio Prado 11 de octubre de 2016.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO.
VISTOS:
El Acuerdo de Concejo N° 11-2016-MDGP/A, mediante el cual se hace de conocimiento lo acordado en Sesión Ordinaria de fecha 29 de septiembre de 2016; habiéndose tenido a la vista el Informe N° 015-2016-MDGP/GM,Opinión Legal N° 095-2016-ALI-MDGP de la Oficina de Asesoría Legal, Informe N° 0653-2016-MDGP/RRHHde la Jefatura de Recursos Humanos e Informe N° 113-2016-MDGP/PRESUP, de la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; mediante los cuales proponen la aprobación de los Instrumentos de Gestión de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado;
CONSIDERANDOS:
Que, de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política, concordante con el artículo II del TítuloPreliminar de la Ley N° 27972, las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el numeral 3) del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece como atribuciones del Concejo Municipal, aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local;
Que, en Sesión Ordinaria Número Tres, de fecha 13 de febrero del año 2016, el Pleno de Concejo Municipal, aprobó la Restructuración de los Documentos de Gestión de la Municipalidad Distrital de Grocio prado;
Que, en cumplimiento al Acuerdo mencionado en el considerando precedente, se celebró el Contrato de Locación de Servicios con la empresa MAROLVAC CONSULTORES S.A.C. para la elaboración de los Documentos de Gestión tales como: Estructura Orgánica, Reglamento de Organización y Funciones – R.O.F., Manual de Organización y Funciones – M.O.F., Cuadro de Asignación de Personal – C.A.P. y Reglamento Interno de Trabajo – R.I.T.;
Que, medianteMemorándum N° 01968-2016-MDPG/A, conteniendo el Oficio N° 023-2016/MAROLVAC/GG, su fecha, 26 de septiembre del presente año, el Consultor formaliza la entregade los proyectos de Ordenanza de los documentos objeto de contratación;
Que, para la aprobación del Reglamento de Organización de Funciones, el artículo 29° del D.S. N° 043-2006-PCM, que Aprueba losLineamientos para la elaboración y aprobación del
Reglamento de Organización y Funciones - ROF, establece que debe ampararse en el Informe Sustentatorio;
Que, revisado los antecedentes de los citados Documentos de  Gestión de esta comuna, se tiene que datan del año 2012, pues esto se corrobora teniendo a la vista la Ordenanza Municipal N° 007-2012/MDGP/A, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (R.O.F.), Ordenanza N° 008-2012/MDGP/A, que aprueba el Manual de Organización y Funciones (M.O.F.) y, el Cuadro de Asignación de Personal (C.A.P.) aprobado por Ordenanza Municipal N° 009-2012-MDGP/A;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones (R.O.F.) y el Manual de Organización y Funciones(M.O.F.) fueron modificados parcialmente mediante Ordenanza N° 007-2016-MDGP/A que aprueba la creación de la Unidad del Centro de Integración del Adulto Mayor – C.I.A.M., y se le asigna sus respectivas funciones, asimismo se asignan nuevas funciones a la Unidad de OMAPED;
Que, producto de la petición realizada inicialmente por el Subgerente de Administración y Finanzas y, secundado por la máxima autoridad edil; se procedió a la revisión y análisis de los Instrumentos de Gestión a los que se tuvoacceso, el proceso consistió en efectuar modificaciones y adecuaciones a la Estructura Orgánica yel Reglamento de Organización y Funciones, en concordancia con las nuevas normas sobre modernización del Estado, competencias asignadas por diferentes entes sectoriales mediante leyes específicas, y por la necesidad de complementar órganos de nivel consultivo, como por eliminar y fusionar unidades orgánicas; el proceso se enmarca en lo establecido en el artículo 31° del D.S. N° 043-2006-PCM, es decir elaborar un nuevo Reglamento de Organización y Funciones por modificación parcial de la Estructura Orgánica;
Que, la Ley N° 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión de Estado declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;
Que, el artículo 4° de la Ley N° 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión de Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos;
Que, el artículo 9° del D.S. N° 043-2006-PCM, prevé la naturaleza del ROF, señalando que el Reglamento de Organización y Funciones es el documento técnico normativo de gestión institucional de una entidad que establece: a) La estructura orgánica de la entidad; b) Las funciones generales y específicas de la entidad y de cada uno de sus órganos y unidades orgánicas y c) Las relaciones de coordinación y control entre órganos, unidades orgánicas y entidades cuando corresponda;
Que, la necesidad de aprobar el Reglamento de Organización y Funciones (R.O.F.) y su Estructura Orgánica propuestos se ajustan a lo establecido en los incisos d) y f) del artículo 28° del D.S. 043-2006-PCM que Aprueba Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública;
Que, mediante Informe N° 113-2016-MDGP/PRESUP, emitido por el Subgerente de Planeamiento y Presupuesto, se manifiesta que habiendo realizado el seccionamiento de los Proyectos de los Documentos de Gestión y correspondiente análisis a cada una de ellas, en regla general manifiesta que no existiría fundamentos de improcedencia que impidan su implementación, por cuanto se encuentran amparadas con las respetiva normativa; manifestado que las modificaciones realizadas no están generando incremento presupuestal alguno; de lo que se desprende que el Informe sustentatorio se sujeta a lo establecido en el Artículo 33° D.S. N° 043-2006-PCM, exigido para casos de reorganización de entidades por modificación parcial de estructura orgánica, señalado en el Artículo 31° de la norma legal acotada;
Que, mediante Opinión Legal N° 95-2016-ALI-MDGP, de la Oficina de Asesoría Legal, se concluye que existe el suficiente sustento de hecho y derecho que amparan los Proyectos de Ordenanzas de los Documentos de Gestión, encontrándonos inmersos dentro de la política nacional de modernización de la gestión pública al 2021, donde la Municipalidad Distrital de Grocio Prado busca una gestión por resultados de tal manera que exista simplificación administrativa y una organización institucional acorde a su realidad, dejando a consideración del Peno de Concejo su aprobación;
Que, mediante Informe N° 015-2016-MDGP/GM, se hace de conocimiento que los Proyectos de los Documentos de Gestión no contienen duplicidad de funciones entre los órganos de la entidad y entre ésta y las demás entidades públicas que actúan en el ámbito nacional y, que en aplicación del Principio de Razonabilidad y al Principio de Simplicidad traslada lo actuado a fin de que se sirva ordenar a quien corresponda la elaboración y publicación de la Ordenanza respectiva. Dándose cumplimiento a la exigencia del artículo 33° del Decreto Supremo N° 043-2006-PCM;
Que, el numeral 3.2 del artículo 3° del D.S. N° 004-2008-PCMque Aprueba el Reglamento de Ley N° 29091 - Leyque Modifica el Párrafo 38.3 del artículo 38° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y Establece la Publicación de Diversos Dispositivos Legales en el Portal del Estado Peruano y en Portales Institucionales, establece que “las Entidades se encuentran obligadas a publicar en el portal del Estado Peruano (www.peru.qob.pe) y en sus portales institucionales, los siguientes documentos:a) Reglamento de Organización y Funciones (ROF), b) Cuadro para Asignación de Personal (CAP)…”;
Estando a la conformidad otorgada por la Gerencia Municipal, Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Legal, ratificadas en el Acuerdo de Concejo Municipal N° 011-2016-MDGP/A y, en concordancia con lo establecido en el numeral 3) del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; se aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Y LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GRO
CIO PRADO.
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (R.O.F.) de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, que consta de Cinco (05) Títulos,Nueve(09) Capítulos, Doscientos Cinco (205) artículos y Cinco(05) Disposiciones Complementarias; su correspondiente Organigrama estructural anexo, el cual forma parte de la presente Ordenanza Municipal.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DEROGAR la Ordenanza Municipal N° 007-2012-MDGP/Aque Aprueba el Reglamento de Organización y Funciones.
ARTÍCULO TERCERO.- DEROGAR laOrdenanza N° 007-2016-MDGP/A que aprueba la creación de la Unidad del Centro de Integración del Adulto Mayor – C.I.A.M., le asigna sus respectivas funciones, asimismo se asignan nuevas funciones a la Unidad de OMAPED, modificando parcialmente las Ordenanzas Municipales N° 007-2012-MDGP/A y 008-2012-MDGP/A.
ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER la publicaciónde la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial de la Localidady en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado.
ARTÍCULO QUINTO.- DISPONER que la vigencia de la presente Ordenanza Municipal es a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial, por tanto se encarga a la Gerencia Municipal y Subgerencias, desarrollar su implementación a partir de dicha fecha.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Luis Alfredo Tasayco Tasayco

Alcalde

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