ORDENANZA
MUNICIPAL N° 012-2016-MDGP/A
Grocio Prado 11 de octubre de 2016.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE GROCIO PRADO.
VISTOS:
El Acuerdo de Concejo
N° 11-2016-MDGP/A, mediante el cual se hace de conocimiento lo acordado en
Sesión Ordinaria de fecha 29 de septiembre de 2016; habiéndose tenido a la
vista el Informe N° 015-2016-MDGP/GM, Opinión Legal N° 095-2016-ALI-MDGP de la
Oficina de Asesoría Legal, Informe N° 0653-2016-MDGP/RRHH de la Jefatura de Recursos
Humanos e Informe N° 113-2016-MDGP/PRESUP, de la Sub Gerencia de Planeamiento y
Presupuesto; mediante los cuales proponen la aprobación de los Instrumentos de
Gestión de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado;
CONSIDERANDOS:
Que, de conformidad
con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el
artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, las municipalidades
tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, el numeral 3) del
artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece como
atribuciones del Concejo Municipal, aprobar el régimen de organización interior
y funcionamiento del gobierno local;
Que, en cumplimiento
del Acuerdo de Concejo Número Tres de fecha 13 de febrero del 2016, se procedió a la contratación de los servicios de
consultoría de la empresa MAROLVAC
CONSULTORES S.A.C. para la elaboración de los Documentos de Gestión tales
como:Reglamento de Organización y Funciones – R.O.F.,Estructura Orgánica, Manual de Organización y Funciones – M.O.F.,
Cuadro de Asignación de Personal – C.A.P. y Reglamento Interno de Trabajo –
R.I.T.;
Que, mediante
Ordenanza Municipal N° 011-2016-MDGP/A, de fecha 11 de octubre del presente
año, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (R.O.F.) y la Estructura Orgánica de la
Municipalidad Distrital de Grocio Prado;
Que,
corresponde mediante el presente acto aprobar los Documentos de Gestión complementarios
como son Manual de Organización y Funciones (M.O.F.), que es un documento
normativo de gestión institucional en el cual se establecen operativamente y
con detalle las funciones, actividades y tareas específicas de las diferentes
Unidades Orgánicas, permitiendo a los diferentes niveles jerárquicos el
conocimiento integral de la organización y funciones generales de cada cargo
contribuyendo de esta manera a mejorar los canales de comunicación y
coordinación;
Que, con respecto al
Cuadro para Asignación de Personal (C.A.P.), mediante Resolución de Presidencia
Ejecutiva N° 152-2014-SERVIR/PE, se precisa en su Numeral 5.6 Reordenamiento de Cargos, señalándose
taxativamente lo siguiente: El
reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional que se genere por la
eliminación o creación de cargos, que no incidan en un incremento del
presupuesto de la Entidad, no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del
CAP Provisional. El reordenamiento de cargos podrá aprobarse mediante
Resolución o dispositivo legal que corresponda al Titular de la Entidad, previo informe del órgano responsable a
que se refiere el punto 5.2.1 de la presente Directiva;
Que, dicho numeral
prescribe “La conducción del proceso de
elaboración y formulación del CAP Provisional de las Entidades es responsabilidad del órgano de recursos
humanos con opinión técnica favorable del órgano encargado de racionalización
o de los que hagan sus veces”.
Que, estando a los
enunciados precedentes, mediante Informe N° 0653-2016-MDGP/RR.HH, el Jefe de
Recursos Humanos señala que las modificaciones y rotaciones realizadas han sido
evaluadas por cada Subgerencia y sus respectivas Unidades Orgánicas y se
encuentran amparadas en la Ley de Modernización de la Gestión del Estado N°
27658, para asegurar un servicio más eficaz y eficiente a los usuarios,
solicitando su aprobación;
Que, respecto del
Reglamento Interno de Trabajo (R.I.T.), este documento tiene por objeto
establecer las reglas y normas de conducta laboral que deben observar y cumplir
obligatoriamente todo trabajador de la Municipalidad, a fin de lograr los
objetivos estratégicos de la institución;
Que, el artículo 4° de
la Ley N° 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión de Estado, establece
que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad
fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal,
de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y
optimizando el uso de los recursos públicos;
Que, mediante Informe
N° 015-2016-MDGP/GM, se hace de conocimiento que los Proyectos de los
Documentos de Gestión no contienen duplicidad de funciones entre los órganos de
la entidad y entre ésta y las demás entidades públicas que actúan en el ámbito
nacional y, que en aplicación del Principio de Razonabilidad y al Principio de Simplicidad
traslada lo actuado a fin de que se sirva ordenar a quien corresponda la elaboración
y publicación de la Ordenanzarespectiva. De esta forma se da cumplimiento a la
exigencia del artículo 33° del Decreto Supremo N° 043-2006-PCM;
Que, el numeral 3.2
del artículo 3° del D.S. N° 004-2008-PCM, que Aprueba el Reglamento de Ley N°
29091 - Ley que Modifica el Párrafo 38.3 del artículo 38° de la Ley N° 27444,
Ley del Procedimiento Administrativo General, y Establece la Publicación de Diversos
Dispositivos Legales en el Portal del Estado Peruano y en Portales Institucionales,
establece que “las Entidades se encuentran obligadas a publicar en el portal
del Estado Peruano (www.peru.qob.pe) y en sus portales institucionales, los
siguientes documentos: a) Reglamento
de Organización y Funciones (ROF), b)
Cuadro para Asignación de Personal (CAP)…”;
Estando a la
conformidad otorgada por la Gerencia Municipal, Jefatura de Recursos Humanos,
Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Legal, ratificadas
en el Acuerdo de Concejo Municipal N° 011-2016-MDGP/A y, en concordancia con lo
establecido en el numeral 3) del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades; se aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE APRUEBA EL MANUAL DE ORGANIZACIÓN
Y
FUNCIONES (M.O.F.), CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL (C.A.P.) Y REGLAMENTO
INTERNO DE TRABAJO (R.I.T.) DE
LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO.
ARTÍCULO
PRIMERO.- APROBAR el Manual de Organización y Funciones (MOF) de la
Municipalidad Distrital de Grocio Prado, el mismo que consta de Dos (02) Títulos, Siete (07) Capítulos, Quince
(15) Subcapítulos, Treinta y Cinco
(35) Secciones y Cincuenta y Cinco
(55) artículos.
ARTÍCULO
SEGUNDO.- APROBAR el Cuadro de
Asiganción de Personal (C.A.P.) de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado,
el mismo que consta de Un Título de Presentación, Un Título de Generalidades,
Un Detalle de Estructura Orgánica y Cuatro (04) anexos.
ARTÍCULO
TERCERO.- APROBAR el Reglamento Interno de Trabajo (R.I.T.)de la Municipalidad Distrital de
Grocio Prado, que consta de Quince (15) Títulos, Noventa y Tres (93) artículos, Nueve
(09) Disposiciones Finales y Cinco(05) Disposiciones Complementarias.
ARTÍCULO
CUARTO.- DEROGAR la Ordenanza Municipal
N° 008-2012-MDGP/A que Aprueba el Manual de Organización y Funciones (M.O.F.).
ARTÍCULO
QUINTO.-
DEROGAR la Ordenanza
Municipal N° 007-2016-MDGP/A que modifica parcialmente la Ordenanza Municipal
N° 008-2012-MDGP/A.
ARTÍCULO
SEXTO.- DISPONER la publicaciónde la presente Ordenanza
Municipal en el Diario Oficial de la Localidady en el Portal Web Institucional
de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado.
ARTÍCULO
SÉPTIMO.- DISPONER que la vigencia de la presente Ordenanza Municipal es a
partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial, por tanto se
encarga a la Gerencia Municipal y Subgerencias, desarrollar su implementación a
partir de dicha fecha.
REGÍSTRESE,
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Luis
Alfredo Tasayco Tasayco
Alcalde
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