DECRETO
Nº 009 -2016-MPP
Pisco,
11 de julio de 2016
EL
ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO
CONSIDERANDO:
Que,
el artículo 192º de la Constitución Política del estado, concordante con el
artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que,
mediante Ordenanza Nº 020-2015-MPP, se aprobó la ORDENANZA MUNICIPAL QUE
DISPONE EL EMBANDERAMIENTO GENERAL Y OBLIGATORIO DE LAS VIVIENDAS,
INSTITUCIONES PÚBLICAS, PRIVADAS Y ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES EN LA
JURISDICCION DEL RADIO URBANO DE LA PROVINCIA DE PISCO;
Que,
el Artículo Tercero de la precitada Ordenanza faculta al Alcalde para dictar
las disposiciones complementarias necesarias para la aplicación adecuada de la
norma;
Que,
en este contexto, el 28 de julio próximo se conmemora el 195º Aniversario de la
Proclamación de la Independencia del Perú;
Que,
es política de la actual gestión, fomentar e incentivar el espíritu cívico y
cultural que afirme en la conciencia del vecindario el sentimiento de
peruanidad y respeto a nuestros símbolos nacionales;
Estando
en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 20º numeral 6) de la Ley
Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
ARTICULO
1º.- Disponer el EMBANDERAMIENTO GENERAL OBLIGATORIO de los inmuebles del
Cercado de Pisco, desde el 18 al 31 de Julio de 2016, con motivo de conmemorarse
el 195º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú.
ARTICULO
2º.- ENCOMENDAR a los vecinos del Cercado de Pisco, la limpieza y conservación
de sus predios, como muestra de respeto a nuestro Aniversario Patrio.
ARTICULO
3º.- ENCARGAR a la Unidad de Relaciones Públicas e Imagen Institucional la
difusión del presente Decreto.
ARTICULO
4º.- DISPONER que las diversas Unidades Orgánicas de la Municipalidad velen por
el cumplimiento del presente Decreto.
POR TANTO
Mando se
Registre, Publique y Cumpla.
Tomás
Villanueva Andia Crisóstomo
Alcalde
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