sábado, 25 de junio de 2016

Municipalidad Distrital de Chavín


Chavín, 23 de Junio  2016
ANEXO I
MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHAVÍN. 
Artículo 1.-Incorporación de los incisos  l), m), n), o), p), q), r), s), t), u), v), w), x), y), z), aa), bb), cc) dd) y ee) al Artículo 111.- Funciones de la Divisiónde Agua Potable y Alcantarillado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF); quedando redactado de la siguiente manera:
“Articulo 111.- Funciones de la División de Agua Potable y Alcantarillado.
l)     Planificar y promover el desarrollo de los servicios de saneamiento en el distrito, de conformidad con las leyes y reglamentos sobre la materia.
m)   Programar, coordinar, ejecutar y supervisar las acciones de capacitación a usuarios y operadores del servicio de agua y saneamiento de su distrito, en concordancia con las metodologías y contenidos de capacitación diseñados y/o actualizados por el ente rector
n)    Velar por la sostenibilidad de los servicios de saneamiento existente en el distrito.
o)    Administrar los servicios de saneamiento del distrito a través de operaciones especializados u organizaciones comunales.
p)    Promover la formación de organizaciones comunales (JASS, comités u otras formas de organización) para la administración de los servicios de saneamiento, reconocerlas y registrarlas.
q)    Brindar asistencia técnica y supervisar a las organizaciones comunales administradoras de servicios de saneamiento del distrito.
r)     Resolver en su instancia administrativa los reclamos de los usuarios de los servicios de saneamiento.
s)    Disponer las medidas correctivas que sean necesarias respecto al cumplimiento de las obligaciones de las organizaciones comunales prestadoras del servicio de agua y saneamiento.
t)     Evaluar en coordinación con el Ministerio de Salud la calidad del agua que brindan los servicios de saneamiento existente en el distrito.
u)    Operar y mantener actualizado el registro de coberturas y estado situacional de servicio de saneamiento.
v)    Brindar apoyo técnico en la formulación e implementación de proyectos integrales de agua y saneamiento, en sus componentes de infraestructura, educación sanitaria, administración, operación y mantenimiento y en aspectos ambientales de acuerdo a su competencia.
w)   Atender, coordinar, supervisar, controlar y evaluar la correcta formulación y aplicación del Texto Único de Procedimiento Administrativos (TUPA), en el ámbito de su competencia.
x)    Presenta ante la instancia competente la información que corresponda ser presentada o publicada en cumplimiento de las normas de transparencia.
y)    Elabora el manual de procedimientos administrativos de la unidad orgánica a su cargo.
z)    Elabora con oportunidad la información correspondiente al ámbito de su competencia para la rendición de cuentas del resultado de gestión del titular del pliego, para la contraloría general de la república, procesos de presupuesto participativo, audiencias públicas, entre otros.
aa)  Propone la mejora de procesos y de procedimientos en su área, propendiendo a la mejora continua de los mismos, a través de Directivas y Manuales de Procedimientos, elaborados en coordinación con las áreas competentes.
bb)  Supervisar el servicio de agua y saneamiento de su jurisdicción.
cc)  Registrar el seguimiento y evaluación de la prestación del servicio.
dd)  Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de las normas legales y las funciones que le sean asignadas por el Alcalde o el Concejo Municipal.
ee)  Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de las normas legales y las funciones que le sean asignadas por el Alcalde o el Concejo Municipal.”
Prof. Raúl Solano De la Cruz
ALCALDE



   

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