Chavín, 23 de Junio 2016
ANEXO
I
MODIFICACIÓN
DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CHAVÍN.
Artículo
1.-Incorporación de los incisos l), m), n), o), p), q), r), s), t), u), v),
w), x), y), z), aa), bb), cc) dd) y ee) al Artículo 111.- Funciones de la
Divisiónde Agua Potable y Alcantarillado del Reglamento de Organización y Funciones
(ROF); quedando redactado de la siguiente manera:
“Articulo
111.- Funciones de la División de Agua Potable y Alcantarillado.
l) Planificar
y promover el desarrollo de los servicios de saneamiento en el distrito, de
conformidad con las leyes y reglamentos sobre la materia.
m) Programar,
coordinar, ejecutar y supervisar las acciones de capacitación a usuarios y
operadores del servicio de agua y saneamiento de su distrito, en concordancia
con las metodologías y contenidos de capacitación diseñados y/o actualizados
por el ente rector
n) Velar
por la sostenibilidad de los servicios de saneamiento existente en el distrito.
o) Administrar
los servicios de saneamiento del distrito a través de operaciones especializados
u organizaciones comunales.
p) Promover
la formación de organizaciones comunales (JASS, comités u otras formas de
organización) para la administración de los servicios de saneamiento, reconocerlas
y registrarlas.
q) Brindar
asistencia técnica y supervisar a las organizaciones comunales administradoras
de servicios de saneamiento del distrito.
r) Resolver
en su instancia administrativa los reclamos de los usuarios de los servicios de
saneamiento.
s) Disponer
las medidas correctivas que sean necesarias respecto al cumplimiento de las
obligaciones de las organizaciones comunales prestadoras del servicio de agua y
saneamiento.
t) Evaluar
en coordinación con el Ministerio de Salud la calidad del agua que brindan los
servicios de saneamiento existente en el distrito.
u) Operar
y mantener actualizado el registro de coberturas y estado situacional de servicio
de saneamiento.
v) Brindar
apoyo técnico en la formulación e implementación de proyectos integrales de
agua y saneamiento, en sus componentes de infraestructura, educación sanitaria,
administración, operación y mantenimiento y en aspectos ambientales de acuerdo
a su competencia.
w) Atender,
coordinar, supervisar, controlar y evaluar la correcta formulación y aplicación
del Texto Único de Procedimiento Administrativos (TUPA), en el ámbito de su competencia.
x) Presenta
ante la instancia competente la información que corresponda ser presentada o
publicada en cumplimiento de las normas de transparencia.
y) Elabora
el manual de procedimientos administrativos de la unidad orgánica a su cargo.
z) Elabora
con oportunidad la información correspondiente al ámbito de su competencia para
la rendición de cuentas del resultado de gestión del titular del pliego, para
la contraloría general de la república, procesos de presupuesto participativo,
audiencias públicas, entre otros.
aa) Propone
la mejora de procesos y de procedimientos en su área, propendiendo a la mejora
continua de los mismos, a través de Directivas y Manuales de Procedimientos,
elaborados en coordinación con las áreas competentes.
bb) Supervisar
el servicio de agua y saneamiento de su jurisdicción.
cc) Registrar
el seguimiento y evaluación de la prestación del servicio.
dd) Las
demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de las
normas legales y las funciones que le sean asignadas por el Alcalde o el
Concejo Municipal.
ee) Las
demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de las
normas legales y las funciones que le sean asignadas por el Alcalde o el
Concejo Municipal.”
Prof. Raúl
Solano De la Cruz
ALCALDE
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