viernes, 20 de mayo de 2016

PODER JUDICIAL DEL PERÚ


Corte Superior de Justicia de Ica
  

La Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Ica, en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de mayo del año dos mil dieciséis, tomó acuerdo por unanimidad con respecto a la propuesta de conversión de la Segunda Sala Civil Permanente de la provincia y Corte Superior de Justicia de Ica en Sala Mixta Permanente de la misma provincia y Corte, lo cual se pone a conocimiento de la opinión pública:
Primero.- Reconocer las esforzadas acciones y gestiones realizadas por el señor Presidente del Poder Judicial doctor Víctor Ticona Postigo, para que se respete la autonomía de sus órganos jurisdiccionales y se optimice el servicio de justicia.
Segundo - Expresar nuestra preocupación por las diversas disposiciones adoptadas por la Oficina de Productividad Judicial, quien tiene como objetivo fortalecer y optimizar el desempeño de los órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal, monitoreando permanentemente los Órganos Jurisdiccionales Transitorios, evaluando el avance de la descarga procesal; dado que viene adoptando medidas (propone traslado, conversión de Órganos Jurisdiccionales) que en vez de optimizar el servicio, perjudica la producción de los Órganos Jurisdiccionales de las Cortes Superiores, dado que no se implementan medidas pertinentes, ni observan los índices actuales de carga procesal y la realidad de cada sede judicial.
Tercero.- Enterados de la propuesta del señor Henry Arturo Díaz Del Olmo Díaz, Jefe de la Oficina de Productividad Judicial, elevada al Despacho del doctor José Luis Lecaros Cornejo, Presidente del Equipo Técnico Institucional de implementación del Código Penal, para la conversión de la Segunda Sala Civil Permanente de la provincia y Corte Superior de Justicia de Ica en Sala Mixta Permanente de la misma provincia y Corte; en base a una carga irreal de la Segunda Sala Penal de Apelaciones y Liquidadora de Ica, que no se refleja en la realidad; EXPRESAMOS nuestro rotundo rechazo a dicha propuesta por no guardar relación con la realidad objetiva de la carga procesal, la cual afectaría la producción de las Salas Superiores.
Cuarto.- Invocamos al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y Presidente del Poder Judicial, que se respete la autonomía y especialización de los órganos jurisdiccionales y que se apliquen medidas acorde con la realidad procesal, con la finalidad de optimizar el servicio de justicia.

 Ica, mayo de 2016
ALEJANDRO JOSÉ PAUCAR  FELIX      ALFREDO APARCANA URIBE

              PRESIDENTE                               SECRETARIO DE  LA PRESIDENCIA
  Corte Superior de Justicia de Ica                Corte Superior de Justicia de Ica





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