viernes, 27 de mayo de 2016

Municipalidad Provincial de Chincha


ACUERDO DE CONCEJO No. 036-2016-MPCH
Chincha Alta, 26 de Mayo de 2016
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; el Informe No. 1392-2016-GAT/MPCH, de fecha 25 de mayo de 2016, presentado por la Gerente de Acondicionamiento Territorial, sobre apertura de la calle Nueva (entre la Av. Alfonso Ugarte y Calle Gerardo Sotelo), del distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha, Departamento de Ica.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales  son órganos de gobierno local, tienen  autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Artículo 41° de la Ley N° 27972, dispone que los acuerdos son decisiones que toma el concejo referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
Que, el Art. 1° del Decreto Legislativo N°1192 tiene por objeto establecer el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de Obras de Infraestructura de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70° de la Constitución Política del Perú.  Es de interés público primordial la Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de Obras de Infraestructura. Asimismo el  Art. 4.1.de la citada norma define a la Adquisición: Es la transferencia voluntaria de la propiedad del inmueble necesario para la ejecución de la Obra de Infraestructura, del Sujeto Pasivo a favor del Beneficiario como resultado del trato directo. El numeral 4.4. Expropiación: Es la transferencia forzosa del derecho de propiedad privada sustentada en causa de seguridad nacional o necesidad pública, autorizada únicamente por ley expresa del Congreso de la República a favor del Estado, a iniciativa del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales y previo pago en efectivo de la indemnización justipreciada que incluya compensación por el eventual perjuicio, conforme al artículo 70 de la Constitución Política del Perú y las reglas establecidas en el presente Decreto Legislativo. Y, el numeral 4.7. Interferencias: Son las instalaciones existentes a cargo de empresas o entidades prestadoras de servicios públicos y otras instalaciones o bienes que se encuentren dentro del área del derecho de vía o de ejecución de Obras de Infraestructura. Incluyen de manera no limitativa, a los bienes muebles e inmuebles que sirven para la prestación directa e indirecta del servicio público, los paneles, canales, paraderos, señalización, semáforos.
La norma orientada a la ejecución de proyectos de inversión pública, prioriza el trato directo como parte de las acciones de saneamiento legal de terreno para las acciones propias como el presente caso el Gobierno Local.
Que, la División de Catastro Urbano de la Municipalidad Provincial de Chincha,  mediante Informe N° 381­-2016- SDCU/DCU/MPCH de fecha  24 de Mayo de 2016, informa que la apertura de la Calle Nueva desde la Avenida Alfonso Ugarte hasta la calle Gerardo Sotelo involucra la afectación de propiedades privadas con saneamiento físico – legal inscritas en los Registros Públicos, por lo cual la apertura de esta Vía, se debe orientar al procedimiento hacia un proceso de expropiación por necesidad pública.
Que, con Informe No. 0930-2016-SDCU/DCU/MPCH, de fecha 25 de Mayo de 2016, la SubDivisión de Catastro Urbano, informa que se ha realizado el levantamiento topográfico de la calle Nueva (entre la Av. Alfonso Ugarte y Calle Gerardo Sotelo) encontrando una sección existente de 12.00 ml de ancho, haciendo de conocimiento que la apertura de la mencionada calle abarca parte de la propiedad de la familia Falcone, la misma que cuenta con cercos de material tradicional (adobe) debidamente saneado en los registros Públicos Partida No. 11034098; Asimismo se encontró una construcción de aproximadamente 455.00 m2 en plena Vía Publica (Calle Nueva) construcción realizada por el Grupo Educativo Universidad Privada Autónoma de Ica, la misma que no cuenta con Licencia de Construcción, la cual fue notificada con la Notificación de Infracción Administrativa N°000459 de fecha 23.02.2016, por construir en la Vía Pública, que estando a la copia literal adquiridas, la construcción realizada se encuentra en la vía pública por lo que es necesario la Apertura de la Calle Nueva que se encuentra cerrada por esta construcción indebida y de acuerdo al trabajo técnico realizado se está proponiendo una sección de 12.00 ml para la mencionada calle,  la misma que generara la afectación sobre una sola propiedad aledaña a la calle (propiedad de la familia Falcone) que la apertura de la Calle Nueva permitirá una sola alterna para el ordenamiento del tránsito vehicular para descongestionar calles aledañas incrementando el crecimiento de la ciudad; por lo que adjunta copias literales, plano perimétrico de las propiedades; informe ratificado por la División de Control Urbano, Catastro, Margesí de Bienes y AAHH.
Que, con Informe No. 1392-2016-GAT/MPCH, de fecha 25 de Mayo de 2016, el Gerente de Acondicionamiento Territorial de la Entidad, teniendo en consideración los informes emitidos por los  órganos técnicos como son la División de Desarrollo Urbano, la División de Control Urbano, División de Control Urbano, Catastro, Margesí de Bienes y AAHH; OPINA que a través de Acuerdo de Concejo Municipal se autorice al Señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Chincha, iniciar las acciones y gestiones que permita la apertura de la Calle entre la Av. Alfonso Ugarte y la Calle San Carlos, con las dimensiones señaladas en los planos que forman parte del Expediente, recomendándose que se autorice la recuperación del área pública destinada para Calle, entre la Calle San Carlos y Calle Gerardo Sotelo según las dimensiones indicadas en los planos que forman parte de los informes antes referidos.
Estando a lo expuesto, Informes Técnicos emitidos y en consideración a lo aprobado por unanimidad por los miembros del Concejo asistente en el presente acto en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 10 de Febrero de 2016,  con la dispensa del trámite y aprobación del Acta y a las facultades conferidas por la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar al Señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Chincha, Cesar Antonio Carranza Falla, iniciar las acciones y gestiones que permita la apertura de la Calle entre la Av. Alfonso Ugarte y la Calle San Carlos;  con las dimensiones señaladas en los planos que forman parte del  presente Expediente;  recomendándose que se autorice la recuperación del área publica destinada para Calle, entre la Calle San Carlos y Calle Gerardo Sotelo.
ARTICULO SEGUNDO.- Hacer de conocimiento la presente a las Unidades Orgánicas de la Entidad para los fines pertinentes.
ARTÍCULO TERCERO.- Encargar a la Secretaria General la publicación del presente  Acuerdo con las formalidades de Ley en el Diario de la Localidad y en la Página Web de la Institución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.

Ing. César Antonio Carranza Falla
Alcalde



   

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