ORDENANZA
N°. 016-2016 - MPCH
Chincha Alta, 16 de Mayo de
2016
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
VISTO;
la comunicación de fecha 24 de abril de 2016, presentado
por la Regidora Provincial, Lourdes Martínez Jonda, mediante el cual solicita
se conceda el fraccionamiento de deuda
por concepto de alquileres de tiendas comerciales, viviendas y derecho de uso
de mesas y puestos de los mercados de propiedad de la Municipalidad Provincial
de Chincha.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194 de la Constitución
Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley N° 30305, señala
que las Municipalidades tienen
autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia; en coherencia con el Artículo II del Título Preliminar de Ley Nº
27972, de acuerdo con el cual la autonomía que la Constitución Política del
Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos
de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento
jurídico.
Que, el Artículo 40° de la Ley N°27972, Ley 0rganica de Municipalidades,
en cuanto a las 0rdenanzas señala; “Las ordenanzas de
las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su
competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la
estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la
organización interna, la regulación, administración y supervisión de los
servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia
normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los
arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites
establecidos por ley”.
Que,
dada la propuesta formulada y considerando lo establecido en el artículo 10° de
la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades respecto a las ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DE LOS REGIDORES,
señala entre otros, que"Corresponden a los regidores las siguientes
atribuciones y obligaciones: 1. Proponer proyectos de ordenanzas y acuerdos; 2.
Formular pedidos y mociones de orden del día; 3. Desempeñar por delegación las
atribuciones políticas del alcalde; 4. Desempeñar funciones de fiscalización de
la gestión municipal; 5. Integrar, concurrir y participar en las sesiones de
las comisiones ordinarias y especiales que determine el reglamento interno, y
en las reuniones de trabajo que determine o apruebe el concejo municipal (...).
Que, de acuerdo a la comunicación
de vistos, el fraccionamiento de deuda
por concepto de alquileres de tiendas comerciales, viviendas y derecho de uso
de mesas y puestos de los mercados de propiedad de la Municipalidad Provincial
de Chincha, se debe de otorgar concediendo como
beneficio lo siguiente: 1.- Acceder al beneficio de fraccionamiento de deuda
del pago del 20% como cuota inicial a las deudas menores de S/.10,000.00 soles,
con un máximo de 12 cuotas mensuales de fraccionamiento. 2.- Acceder al beneficio
de fraccionamiento de deuda del pago del 20% como cuota inicial a las deudas mayores
de S/. 10,000.00 soles y menores de S/. 20,000.00 soles, con un máximo de 18
cuotas mensuales de fraccionamiento. 3.-
Acceder al beneficio de fraccionamiento de deuda del pago del 20% como
cuota inicial a las deudas mayores de S/. 20,000.00 soles, con un máximo de 24
cuotas mensuales de fraccionamiento. 4.-El no pago de 03 cuotas consecutivas
trae como consecuencia la perdida de beneficio de fraccionamiento de la deuda, procediéndose con las acciones legales que
correspondan para su cobranza y/o las Normas Legales que franqueen a la Entidad
Municipal. 5.- El presente beneficio tendrá la vigencia de 30 días para que se
acojan los administrados, luego del cual, se procederá con las Atribuciones de
Ley para su cobranza. 6.- Suspender toda Acción Legal y/o coactiva hasta que
culmine el plazo para su acogimiento del presente beneficio concedido en el
presente. Todo ello, con la intención de orientar a una mejora recaudación y
sincerar las cuentas y los activos de la Institución, en cuentas por cobrar, además
de las facilidades a los deudores para que honren su deuda y se pongan al día
en sus obligaciones, y derechos que tienen pendiente.
Que, con Informe Legal No.
4015-2016-GAJ/MPCH, de fecha 03 de Mayo de 2016, el Gerente de Asesoría
Jurídica de la Entidad, RECOMIENDA se
derive el presente al Pleno del Concejo Municipal para su trámite,
determinación, dictamen, conforme a ley.
Estando a lo expuesto, opinión legal, a lo aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de
Concejo de fecha 11 de mayo de 2016, con dispensa de la lectura y aprobación
del acta y a las facultades conferidas por la Ley 27972 Ley Orgánica de
Municipalidades, se expide la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO PRIMERO.-
Aprobar el fraccionamiento de deuda por
concepto de alquileres de tiendas comerciales, viviendas de propiedad
municipal; derecho de uso de mesas y puestos de los mercados de propiedad de la
Municipalidad Provincial de Chincha, de acuerdo a lo que se indica a continuación:
1.- Acceder al beneficio de
fraccionamiento de deuda con el pago del
20% como cuota inicial, a las deudas menores de S/.10,000.00 soles,
estableciéndose un máximo de 12 cuotas mensuales de fraccionamiento.
2.- Acceder al beneficio de
fraccionamiento de deuda con el pago del 20% como cuota inicial, a las deudas mayores de S/. 10,000.00 y
menores de S/. 20,000.00 soles, estableciéndose
un máximo de 18 cuotas mensuales de fraccionamiento.
3.- Acceder al beneficio de fraccionamiento de
deuda con el pago del 20% como cuota inicial,
a las deudas mayores de S/. 20,000.00 soles, estableciéndose un máximo de 24 cuotas mensuales de
fraccionamiento.
4.-
Establecer que el no pago de 03 cuotas consecutivas traerá como consecuencia la pérdida de beneficio de
fraccionamiento de la deuda,procediéndose con las acciones legales que
correspondan para su cobranza y/o las normas legales que franqueen a la Entidad.
5.- Suspender toda acción legal
y/o la acción coactiva hasta que culmine
el plazo de vigencia de la presente 0rdenanza.
ARTICULO SEGUNDO.- Establecer el plazo de 30 días
hábiles computados apartir del día siguiente de la publicación, para que se
acogan a este beneficio temporal.
ARTICULO TERCERO.- Encargar a la Gerencia de Rentas de la
Entidad, el cumplimiento de la presente 0rdenanza.
ARTICULO CUARTO.- Encargar a la Secretaria
General, la publicación de la presente Ordenanza, notificándose a las Unidades
Orgánicas de la Entidad, para los fines pertinentes.
Regístrese,
publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing.
CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
Alcalde
0 comentarios:
Publicar un comentario