miércoles, 25 de mayo de 2016

Municipalidad Provincial de Chincha


ACUERDO No. 034-2016-MPCH
Chincha Alta,   20 de mayo del 2016.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; el Oficio N° 036-2016-SBPCH/P, de fecha 15 de Abril de 2016, suscrito por la Profesora Carmela Puccinelli de Ruiz, en su condición de Presidenta  de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chincha, Ministerio de La Mujer y Poblaciones Vulnerables – Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar INABIF, por el cual remite su propuesta de permuta de bienes inmuebles.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales  son órganos de gobierno local, tienen  autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Código Civil Peruano, considera en el Artículo 1602, lo referente a la Permuta, señalando que: "Por la permuta los permutantes se obligan a transferirse recíprocamente la propiedad de bienes" siendo un contrato de naturaleza recíproca en función a la necesidad de los contratantes y el destino de los predios permutados.
Que, teniendo en consideración lo establecido en el numeral 29 Artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece lo siguiente: entre otras atribuciones del Concejo Municipal lo siguiente: 29. Aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas, así como el régimen de administración de los servicios públicos locales.
Que, el Artículo 41° de la Ley N° 27972, dispone que los acuerdos son decisiones que toma el concejo referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
Que, el tercer párrafo del Art. 9 de la Ley Nº 29151 Ley General del Sistema de Bienes Estatales establece que los actos que realizan los gobiernos locales, respecto de los bienes de su propiedad, así como los de dominio público que se encuentran bajo su administración, se ejecutan conforme a la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y a la presente Ley y su reglamento, en lo que fuera aplicable, estando obligados a remitir a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN información de los referidos bienes para su registro en el Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales - SINABIP.
Que, además el Art. 12 del D.S. Nº007-2008-VIVIENDA, Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, reproduce  de manera precisa la actuación municipal  respecto a los bienes de su propiedad.
Que, la Sociedad de Beneficencia Pública de Chincha remite  la propuesta de otorgar a la Municipalidad Provincial de Chincha el inmueble de su propiedad ubicado en la Av. Luis Gálvez Chipoco N° 148, Distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha, Ica, que tiene un área de 976.00 m2 el mismo que se encuentra debidamente registrado en la Partida Registral N° 11001265 del Registro de Predios de Chincha.
Que, la Municipalidad es propietaria del predio ubicado en la Av. Progreso N° 150, de esta ciudad inscrito en la Partida Registral N° 02007616 con un área de 2,729.70 m2., y que este terreno se encuentra frente a la Puerta N° 01 del Cementerio General Santo Domingo de Guzmán de propiedad de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chincha sin que se encuentre constituida servidumbre de paso, entre otras cosas, refiere.
Que, asimismo se refiere en el Oficio cursado, que el inmueble de la Municipalidad Provincial de Chincha se encuentra valorizado de acuerdo al auto-avalúo S/. 244,544.08 nuevos soles y el de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chincha se considera en su valor de autoevalúo la suma de S/. 140,544.00, montos que servirán de referencia para los efectos contables, notariales  y registrales.
Que, con Informe Legal No. 1056-2016-GAJ/MPCH, de fecha 27 de abril de 2016, el Gerente de Asesoría Jurídica de la Entidad, considera que es factible orientar el procedimiento a la propuesta indicada, es decir, a la Permuta, dando inicio al procedimiento previo,  encargándose a la Gerencia de Acondicionamiento Territorial elabore y evalúe la documentación técnica, que incluya la valorización y a la Gerencia de Asesoría Jurídica los documentos legales; recalcando que la decisión corresponde al Concejo Municipal, vía acuerdo de Acuerdo de Concejo conforme a la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Que, por informe No. 1129-2016-GAT/MPCH, de fecha 26 de abril de 2016, el Gerente de Acondicionamiento Territorial de la Entidad, el cual se emite teniendo en consideración el Informe No. 0538-2016-SDCU/DCU/MPCH, de la Sub División de Catastro Urbano y el Informe No. 1015-2016-DCU/GAT/MPCH, de la Jefatura de la División de Control Urbano, Catastro, Margesí de Bines y AA.HH, remite el informe de la Sub División de Catastro Urbano en el que adjunta los planos de ubicación, localización perimétrico y memoria descriptiva de ambos predios y los pagos del Impuesto Predial y opina que el presente sea evaluado y aprobado por las autoridades correspondientes y recomienda se proceda su evaluación según corresponda.
Que, por informe Legal No. 01057-2016-GAJ/MPCH, de fecha 27 de abril de 2016, el Gerente de Asesoría Jurídica de la Entidad, teniendo en consideración su informe Legal No. 1056-2016-GAJ/MPCH, respecto a la propuesta de Permuta de Inmueble efectuado a través del Expediente 7660-2015 cursado por la Sociedad de Beneficencia Pública de Chincha, el cual debe adjuntarse al presente; lo remite al Pleno del Concejo Municipal.
Estando a lo expuesto, Informe  de la Sub División de Catastro Urbano, División de Control Urbano, Gerente de Acondicionamiento Territorial, Gerente de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas por los artículos 39° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, los regidores del Concejo Municipal con el voto por UNANIMIDAD  de los miembros asistentes en dicho acto, efectuado en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha27 de abril de 2016; se aprueba el siguiente Acuerdo.
ACUERDO:
ARTICULO PRIMERO.- AUTORIZAR la permuta del predio ubicado en la Av. Progreso N° 150, de esta ciudad, inscrito en la Partida Registral N° 02007616 con un área de 2,729.70 m2, de propiedad de la Municipalidad Provincial de Chincha, con un valor según auto-avalúo S/. 244,544.08 soles, con el predio ubicado en la Av. Luis Gálvez Chipoco N° 148, Distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha, Ica, registrado en la Partida Registral N° 11001265, de  área de 976.00 m2, de propiedad de la Beneficencia Pública de Chincha, con un valor según auto-avalúo en la suma de S/. 140,544.00  soles.
ARTICULO SEGUNDO.-  AUTORIZAR   a la Gerente Municipal la suscripción de la Minuta y Escritura Pública que el presente acuerdo origine, en representación de la Municipalidad Provincial de Chincha, así como los documentos complementarios y/o aclaratorios que correspondan según la finalidad, precisando que los gastos notariales y registrales son de cargo de la Comuna provincial.
ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Secretaria General, hacer de conocimiento el presente Acuerdo de Concejo a la Beneficencia Pública,  con la debida nota de atención para la firma correspondiente de la Minuta y Escritura Pública correspondiente, y a las Unidades Orgánicas de la Entidad para los fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase
Ing. César Antonio Carranza Falla

Alcalde

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