martes, 17 de mayo de 2016

Municipalidad Distrital de Chincha Baja


ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2016-MDCHB
Chincha Baja, 13 de Mayo del 2016
EL ALCALDE DISTRITAL DE CHINCHA BAJA
VISTO:
El Informe N° 0190-2016-OPPyR, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y Racionalización, en la que solicita el inicio del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2017 de la Municipalidad Distrital de Chincha Baja.
POR CUANTO:
En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 12 de mayo 2016;
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Distrital de Chincha Baja, es un órgano de Gobierno Local, tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos que le confiere el artículo 194° de la Constitución Política del Perú;
Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en su artículo 53°, establece que las Municipalidades se rigen por sus Presupuestos Participativos anuales, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción;
Que, la Décimo Sexta disposición complementaria de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que las Municipalidades regularán mediante Ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos;
Que, los artículos 18° y 20° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, enuncian que los Planes y Presupuestos Participativos son de carácter territorial y expresan los aportes y participación  del sector público y privado, de las sociedades regionales y locales y la cooperación técnica internacional; dichas herramientas de inversión se elaboran y ejecutan en función a Planes de Desarrollo y Programas de Inversiones debidamente concertados, con sujeción a las normas técnicas del Sistema Nacional de Inversión Pública.
Que mediante la Ley Marco del Presupuesto Participativo N° 28056 y su reglamento aprobado por el D.S. N° 171-2003-EF; se establecen disposiciones que aseguren la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto de los gobierno locales;
Que el instructivo N° 0001-2010-EF/76.01 para el año fiscal 2010 y Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01, contiene entre otras, orientaciones para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo y considera que un aspecto principal para dicho proceso constituye los planes de desarrollo concertado como instrumento orientador para el cambio progresivo y continuo hacia mejores niveles en la calidad de vida de los habitantes de un territorio y de las capacidad para su desarrollo; permite fijar prioridades en el proceso del Presupuesto Participativo y soluciones a los problemas fundamentales. Asimismo, el instructivo define responsabilidades para una participación activa para los agentes participantes en la priorización de la inversión y en las soluciones a las necesidades fundamentales de la población.
Que, siendo el Presupuesto Participativo un proceso regulado por una norma general emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas con la finalidad de permitir la participación de la sociedad civil organizada en la determinación de proyectos que permitan el desarrollo del distrito y que el presente documento es un  complemento, cuyo objetivo es facilitar que el proceso se ejecute ordenadamente, se considera innecesaria su pre publicación; consecuentemente, la presente norma recoge, en su mayoría, aspectos regulados en los procesos de Presupuesto Participativo.
En uso de las facultades conferidas en los numerales 1 y 8 del Artículo 9º y el Artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972; con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se ha expedido la siguiente Ordenanza;

ORDENANZA QUE DISPONE Y REGLAMENTA EL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO FISCAL 2017

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Reglamento del Proceso de  Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2017 de la Municipalidad Distrital de Chincha Baja
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y Racionalización, Consejo de Coordinación Local, Equipo Técnico y órganos compe-tentes de la Municipalidad Distrital de Chincha Baja, el fiel cumplimiento de la presente ordenanza.
REGISTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Oscar William Rojas Ormeño

Alcalde 

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