jueves, 28 de abril de 2016

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA


Reglamento de Organización y Funciones (ROF) 2016, de la Municipalidad Provincial de Chincha
ORDENANZA MUNICIPAL N° 007-2016/MPCH
ARTICULO 121°DIVISION DE LA OFICINA MUNICIPAL DE ATENCION A LAS PERSONAS CON  DISCAPACIDAD (OMAPED)
Es el Órgano encargado de establecer mejores condiciones queconlleven a la integración plena y desarrollo integral de la Persona con Discapacidad.
Está a cargo de un servidor público con categoría de jefe y depende funcional y jerárquicamente de la Subgerencia de Servicios y Programas Sociales.
Que la Municipalidades Provinciales y Distritales contemplan en su Estructura Orgánica una Oficina Municipal de Atención a las Personas con Discapacidad y contemplan en su Presupuesto Anual los recursos necesarios para su funcionamiento e implementación de Políticas y Programas la cual tiene las siguientes funciones.
1.- Proponer que en la formulación, el Planeamiento y la Ejecución de las Políticas y Programas locales se considere de manera expresa las necesidades e intereses de las personas con discapacidad.
2.-Coordinar y supervisar la ejecución de los planes y programas nacionales en materia de discapacidad.
3.-Promover y ejecutar campañas para la toma de conciencia respecto de la persona con discapacidad, el respeto de sus derechos y de su dignidad y la responsabilidad del Estado y la Sociedad para con ella.
4.-Administrar el Registro Municipal de la Persona con Discapacidad en el ámbito de su jurisdicción, considerando los lineamientos emitidos por el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad.
5.-Difundir, fomentar y apoyar la formulación e implantación de Programas de prevención, educación, rehabilitación e integración social de las personas con Discapacidad.
6.-Fomentar la Integración Social mediante Actividades Culturales, deportivas y Recreacionales.
7.-Programar las visitas y verificar domicilios de las personas que soliciten diversas atenciones a personas con discapacidad.
8.-Elaborar objetivos y Metas orientadas a la Asistencia y     a personas con Discapacidad.
9.- Cumplir otras que le encomiende la Sub-Gerencia de Servicios y Programas Sociales relacionada con el ámbito de su competencia.






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