Acuerdo
de Concejo No. 021 -2016-MPCH.
Chincha
Alta, 29 de Marzo de 2016
EL
CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto;
el Informe No. 0123-2016-GM/MPCH, de fecha 23 de Marzo de 2016, de la Gerente
Municipal, sobre modificación de Acuerdo de Concejo No. 030-2015-MPCH.
CONSIDERANDO:
Que, el
Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Artículo 41°
de la Ley N° 27972, dispone que los acuerdos son decisiones que toma el concejo
referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional,
que expresan la voluntad del órgano de gobierno de practicar determinado acto o
sujetarse a una conducta o norma institucional.
Que, con Acuerdo de
Concejo No. 030-2015-MPCH, de fecha 24 de Abril de 2015, se aprobó….“Autorizar
al Ing. CESAR ANTONIO CARRANZA FALLA, Alcalde de la Municipalidad Provincial de
Chincha a firmar la Transacción Extra Judicial por Mutuo Acuerdo con el representante de los herederos de la causante
Carmen Yessenia Félix Bohórquez, como son:
Oscar Alexander Munayco Félix, Xiomara Magdalena Lucely Munayco Félix y
Carmen Rosa Munayco Félix; el mismo que consta de cuatro clausulas; cuya
síntesis es indemnizar con la suma de S/. 50,000.00 soles |por los daños y
perjuicios y la respectiva reparación civil a los herederos; para que el hecho
ocurrido adquiera la calidad de cosa juzgada a tenor de lo establecido en el
artículo 1302 del Código Civil.
Que, por Informe N°
035-2016-PPM/MPCH, de fecha 22 de Marzo del 2016, el Procurador Público
Municipal, informa sobre los hechos acaecidos el 04 de Noviembre del 2014,
donde ocurrió un accidente de tránsito en la que intervino el Camión Cisterna
de la Municipalidad Provincial de Chincha, señalando que se hace necesario el
pago del monto establecido en el Acuerdo de Concejo N°030-2015-MPCH, sin embargo al no existir representantes de los menores
beneficiados, sugiere que el acuerdo de concejo debe ser modificado para su
ejecución y que la entidad realice el pago o amortización en forma de
consignación a nombre del Juzgado Penal Unipersonal de Chincha.
Estando a lo expuesto, Informe del Procurador
Municipal, Gerente Municipal, a lo aprobado por unanimidad por los miembros del
Concejo asistente en el presente acto, con la dispensa del trámite y aprobación
del Acta.
ACUERDA:
ARTÍCULO
PRIMERO.- MODIFICAR el Acuerdo de Concejo No.
030-2015-MPCH, en el sentido que el monto a indemnizar por la muerte de la
causante Carmen Yessenia Félix Bohórquez, debe realizarse el pago o amortización en forma de consignación a
nombre del Juzgado Penal Unipersonal de Chincha; por no existir representantes
de los menores beneficiarios, conforme se menciona en el cuarto considerando
del presente acuerdo
ARTICULO
SEGUNDO.- Encargar al Procurador de la
Municipalidad Provincial de Chincha, realizar la consignación conforme a sus
atribuciones.
ARTÍCULO
TERCERO.- Hacer de conocimiento la presente a las
Unidades Orgánicas de la Entidad para los fines pertinentes.
ARTICULO
CUARTO.-Encargar a la Secretaria General la publicación
del presente acuerdo con las
formalidades de Ley en el Diario de la Localidad y en la Página Web de la
Institución.
Regístrese,
comuníquese y publíquese
Ing. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
Alcalde
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