sábado, 26 de marzo de 2016

Municipalidad Provincial de Chincha


Acuerdo de Concejo No.   019  -2016-MPCH.
Chincha Alta,   26 de Marzo de 2016
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; en Sesión Ordinaria  de Concejo de fecha 23 de Marzo de 2016, el acuerdo de Los Miembros en Pleno de la Municipalidad Provincial de Chincha, sobre Moción Censura, contra el Gerente de la Empresa SEMAPACH S.A. ABOGADO PEDRO MENDOZA ARIAS.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales  son órganos de gobierno local, tienen  autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Artículo 41° de la Ley N° 27972, dispone que los acuerdos son decisiones que toma el concejo referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
Que, el Concejo en Pleno “Lamentamos  tener que hacer este pronunciamiento, porque no hay que confundir a la Población, hay que hablar con la verdad, puesto que no habiendo entregado la Gerencia  de la Empresa SEMAPACH S.A. hasta la fecha a sus  accionistas; ni haber tomado medidas de prevención pese a que por Ley Nacional fue dictado una Ley de Prevención por el Fenómeno del Niño, por el exceso o por la escases; no ha hecho un Plan de Contingencia frente a la Escases de Agua que en este Verano – últimos tres meses, la población viene sufriendo por falta de este líquido elemento y el que tiene la suerte que llegue a su viviendas por  horas,  viene de mala calidad, atentando contra la salud de la ciudadanía, el Abogado PEDRO MENDOZA ARIAS, Gerente de la Empresa SEMAPACH S.A, debe dejar a disposición su cargo.
Que, este pronunciamiento los Miembros del Concejo Provincial de Chincha, lo efectúan  puesto que en los medios de Comunicación y la Población en General con mus marchas, nos tildan como culpables de esta negligencia, mal manejo, falta de conciencia humana que tiene este funcionario al frente de la Empresa SEMAPACH S.A. y que nosotros como accionistas mayoritarios no podemos hacer nada por la población; muy a pesar que desde el año 2015 y este año 2016 solicitamos se efectúen los trámites para que se entregue la Empresa,  para poner a nuestros representantes y que hubiéramos  podido  prevenir y apalear  este mal que la población viene sufriendo por la escases de agua.
Estando a lo expuesto, a lo aprobado por unanimidad por los miembros del Concejo, con la dispensa del trámite y aprobación del Acta.
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO.-CENSURAR a don PEDRO MENDOZA ARIAS, Gerente de la Empresa SEMAPACH S.A., por su ineficiencia y falta de Sensibilidad Humana para con la Población, por no haber tomado acciones frente a los acontecimientos que viene ocurriendo frente al Fenómeno del Niño, que en nuestra Provincia se ha manifestado con la Escases de Agua Potable.
ARTICULO SEGUNDO.-  Encargar a la Secretaria General la publicación del presente  acuerdo con las formalidades de Ley en el Diario de la Localidad y en la Página Web de la Institución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.
Ing. César Antonio Carranza Falla
Alcalde

   

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